Esta es una duda muy frecuente relacionada con las notificaciones de multas entre empresas y conductores: ¿Por qué la primera notificación que recibo de una multa es ya una providencia de apremio, una notificación exigiéndome el pago íntegro de la multa, si no he recibido nada anteriormente? Es decir, por qué no ha llegado la primera notificación de la multa, dando plazo para recurrir o pagar y lo primero que se recibe es una notificación en fase ejecutiva.
Seguidamente, formulamos mentalmente esta otra cuestión: ¿Tengo posibilidades de recurrir esta notificación o debo pagarla directamente?
Daremos respuesta a estas dudas, ejemplificando los supuestos de notificación y recurso que nos podemos encontrar, a continuación.
¡La primera noticia que tengo y es de una multa en vía ejecutiva!
Los conductores a los que les hayan parado alguna vez y comunicado la infracción cometida en el acto estarán familiarizados con lo que vamos a comentar a continuación:
Cuando se impone una sanción en el acto a un conductor, los agentes solicitan la documentación, DNI, permiso de conducir o la documentación del vehículo, e introducen los datos en una PDA a través de la cual pueden ver la información que constan del vehículo en los Registros de la DGT (Registro de Vehículos y Registro de Conductores); por lo tanto, pueden saber quién tiene la titularidad, esto es si el vehículo pertenece al conductor o no, o está a nombre de una persona jurídica, etc. De esta forma, en función del tipo de multa del que se trate, si consta a nombre de una persona jurídica la notificación de denuncia será enviada posteriormente a ésta, que a su vez tendrá que identificar al conductor en el momento de la infracción.
Tras este paso pueden ocurrir tres supuestos relacionados con la entrega de la notificación:
1.- En el procedimiento administrativo cuando se aporta una dirección para un determinado expediente a efectos de notificaciones, el Organismo siempre ha de notificar todo lo referente a dicho expediente en esa dirección.
2.- Ocurre a veces, que cuando un Organismo intenta notificar una de denuncia, bien a una persona jurídica o bien a una persona física (conductor o autónomo), sin tener datos anteriores en un procedimiento, la dirección que se toma es la que aparece en los Registros de la DGT. De ahí la necesidad de que en todo momento dicha información esté actualizada para evitar la falta de notificación por dar como ausente o domicilio desconocido por Tráfico y, en estos casos, después del segundo intento en dicho domicilio, lo que hace el Organismo es notificar vía publicación en el BOE, BOP, TESTRA o TEU, lo cual es completamente legal.
Una vez publicada la sanción en dichos boletines se da por notificada, entendiendo que es obligación del administrado (persona física o jurídica) estar al tanto de dichas publicaciones.
No obstante, en este punto si cabe la posibilidad de recurrir la multa. Un ejemplo de ello es cuando no nos llega el primer requerimiento de identificación y nos llega directamente un incumplimiento por el doble o triple de la sanción por no haber identificado en tiempo y forma.
Nosotros tenemos perfectamente actualizado en Tráfico nuestro domicilio a efectos de notificaciones, lo cual podemos acreditar con un informe de Tráfico o con un justificante en el caso de un conductor que haya renovado su permiso de conducir y haya hecho constar su nuevo domicilio. En este supuesto, existe viabilidad de recurso aportando algún documento que corrobore que nuestro domicilio estaba perfectamente actualizado en Tráfico en la fecha de la infracción y consiguiente notificación, por lo que no entendemos por qué se ha notificado en otra dirección que no es la correcta o antigua.
3.- Puede ocurrir que no llegue ninguna notificación en vía administrativa a un denunciado y que sí que lleguen ya las notificaciones en vía de apremio. ¿A qué se debe esto?
Aquí entra en juego el Principio de Cooperación entre Administraciones Públicas. En vía voluntaria el Organismo no ha podido dar en ningún momento con el denunciado y entregar la notificación porque está tomando como referencia la dirección que aparece en los Registros de Tráfico que pueden estar actualizados o no, y cuando llega a vía de apremio pide colaboración a Hacienda. De ahí que muchas de estas providencias de apremio vengan directamente de una Delegación de Hacienda o de la Hacienda local.
¿Qué ha ocurrido? La explicación es sencilla. La Administración Tributaria se nutre de su base de datos, y aunque los datos del administrado no están actualizados en los Registros de la DGT, sí que lo están en la Agencia Tributaria, pues cuando una empresa o un conductor cambian de dirección lo normal es que actualicen esta información, que se realice una renovación del DNI en el caso de personas físicas, o que se actualicen a partir de sus Declaraciones de Hacienda, IVA, Impuestos de Sociedades, etc.
En este punto, precisamente en vía de apremio, también cabe la posibilidad de recurso por falta de notificación, si nos encontramos en el supuesto de que no nos ha llegado el requerimiento inicial, la notificación de denuncia por incumplimiento del deber de identificar o ninguna otra notificación anterior, solo hemos recibido el apremio o, incluso, una diligencia de embargo. En estos casos, la única vía de recurso es precisamente esta falta de notificación alegando que nuestro domicilio, en la fecha de la infracción, estaba correctamente actualizado en los archivos de la DGT y que a pesar de ello no hemos recibido nada.
Sin embargo, aquí entran en juego también otros motivos que podrían haber impedido la notificación, como es que no hayan sido efectuadas porque el domicilio en Tráfico estuviera incorrecto, sino por ausencia del administrado, esto es si el domicilio es correcto pero cuando se ha intentado la entrega no nos encontrábamos en dicho domicilio y Correos dio la notificación como “ausente”. Tras este primer intento, se efectúa un segundo, en el que si se vuelve a dar ausente se procede a la publicación en un boletín como hemos visto en el punto anterior.
No está demás recordar que, en estos casos, la viabilidad del recurso en vía administrativa es nula, dado que el domicilio era correcto, siendo la única vía de verificación pedir copia del expediente al organismo por el que nos puedan facilitar las copias de los acuses de recibo de todas estas notificaciones y comprobar si se han efectuado correctamente.
Como podemos observar, el problema se inicia cuando no mantenemos actualizados nuestros datos a efectos de notificación en Tráfico, pues no es suficiente con las modificaciones en el padrón cuando cambiamos de domicilio, sino que debemos actualizarlos en todos los organismos de los que podamos recibir comunicaciones, y, que en caso de no poder realizarse, los boletines electrónicos como el TEU serán medios válidos para realizar cualquier comunicación de nuestro interés.
Hola tengo una duda urgente
Hace poco me pusieron una multa por estacionamiento hace un mes y 10 dias , me dieron en mano una notificacion que pone que es exclusivamente informadora y que la multa se me entregara en el domicilio y ahi empezara el periodo para la reduccion . El caso es que no me llega , me he metido en varias webs para consultar multas y no aparezco por ningun lado , a un amigo que le multaron dias despues si le ha llegado , no se si esque alfinal no llegara o que pero estoy asustado a ver si me van a subir el precio
Hola Javier:
En relación con tu consulta, recordarte que las infracciones tienen mucho plazo para ser notificadas, si son de tipo leve el organismo tiene hasta 3 meses para notificarte la multa, y si son de tipo grave, hasta 6.
Por otro lado, sí es importante tener en cuenta en dónde se va a notificar, dado que este tipo de multas se notifican al titular del vehículo, por lo que es importante recordar si la información del domicilio del titular está actualizada en tráfico.
Te dejamos un artículo en el que hablamos de cómo se realizan las notificaciones, seguro que te aclara cualquier duda al respecto: Notificaciones de multas: ¿Cómo deben informarme de una infracción?
Un saludo.
Hola Natalia,
A mediados de febrero me vi implicada en accidente en autopista con el coche de mi hermano, hubo atestado de la guardia civil, pero resulta que hoy recibo mi primera notificación de la jefatura de tráfico y es la de «vía ejecutiva»!!, con lo que no he podido hacer el pronto pago y mi dirección es la misma desde que me saqué el carnet, no puedo recurrir en este caso?, que recurso es por cierto….muchas gracias.
Hola Eva:
De tu comentario podemos entender dos cosas, que pudieron notificarte la multa en el acto, o bien, notificarla en el domicilio de tu hermano, al ser éste el titular del vehículo.
Es importante que recuerdes si en el momento de los hechos te notificaron la multa en el acto, es decir si te entregaron la multa en mano, por lo cual ésta tenía valor de notificación y podías haberla pagado o recurrido, ya que no iba a ser notificada posteriormente. Podría ser factible, dado que estuvo la guardia civil presente.
Como habrás podido leer en este artículo, solo tendrías posibilidad de recurrir si existe algún defecto en el proceso de notificación.
Esperamos haber aclarado tus dudas.
Un saludo.
Hola,a mi marido le cogio el radar y le enviaron una carta a una direccion que el no estaba viviendo.
Y es la de de notificar al conductor, no teniamos constancia de la carta. Y el vehiculo multado lo hemos vendido y compremos otro y dejo la dirrecion donde vicimos ahora, y a los pocos dias nos biene la multa de 900€. Dicen que es grave por no indentificar al conductor.
Si a nosotros no nos llego la carta como lo ivamos a saber.
Hemos escriro una alegacion con la dirrexion incorrecta pero nos han contestado de que no hay pruebas suficientes.
Porfavor necesito tu ayuda nunca nos hemos topado con esto y no se que hacer..
Gracias
Hola Amal:
Como has podido leer en el artículo, esta situación puede originarse por haber sido imposible la notificación en el domicilio del interesado, pasando finalmente a publicarse en un boletín sin que pudierais tener conocimiento de ello; sin embargo, esta publicación tiene valor de notificación, por lo que el proceso de gestión de la multa continúa. De allí, que al no aportar los datos del conductor se pasara al incumplimiento.
Debéis recordar que una de las causas de no poder notificar es porque la dirección con la cuenta tráfico para realizar las notificaciones no se encuentra actualizada, como ha sido vuestro caso: Carné de conducir:¿Por qué debo tener actualizados mis datos en Tráfico?
Nuestra recomendación, como también comentamos en este artículo, es comprobar en el organismo cómo se realizó la notificación de la sanción, por si existiera alguna anomalía, por ejemplo que tuvierais la dirección correcta en tráfico y se hubiese utilizado otra para notificar la multa. En caso de estar todo correcto, la única vía es proceder al pago de la sanción cómo se indica en la comunicación recibida.
Te dejamos el enlace a un artículo relacionado con las notificaciones que os puede ser de ayuda en este caso: Notificaciones de multas: ¿Cómo deben informarme de una infracción?
Un saludo.
Hola Natalia,
Tengo una duda, seguro que me puedes ayudar.
Hace cosa de un mes me llega una providencia de apremio a mi casa con dirección «A» de la Agencia Tributaria de Madrid por importe de €10.394€, una barbaridad… La gran parte de estas multas son del año 2012 y 2013 por estacionar sin distintivo en lugar con límite horario.
Como son multas que me puso el Ayuntamiento de Madrid, me he dirigido al area de movilidad del citado Ayuntamiento a solicitar el expediente de cada una de las multas (casi 100). Me encuento que todas las multas han sido notificadas en la dirección «B»(donde ya no vivo desde hace 10 años), cuando tanto mi DNI como el coche al que han puesto todas las multas estan registrados en la dirección «A» y asi lo lleva siendo desde el 2010. Ademas viendo los expedientes, en la gran mayoria tan solo aparece una notficación, si bien es cierto porque se consideraba como desconocido.
El único pero es que el carnet de conducir si lo tengo registrado en la dirección «B».
Dicho esto, ¿puedo recurrir la multa por dirección erronea y/o falta de notificación?
Mil gracias
Hola José:
Precisamente la respuesta está cuando dices que el carnet de conducir lo tienes registrado en la dirección «B». Lo primero que debes hacer es cambiar dicha dirección dado que la dirección que toman las Administraciones Públicas, a la hora de realizar la notificación de una multa, es precisamente la dirección que consta en los Registros de la DGT, esto es, la que está asociada al carnet de conducir. Por tanto, sentimos mucho comentarte que recurrir dichas multas por esta razón sería infructuoso.
Te aconsejamos eso sí, que dada la cuantía a la que ascienden las multas, fracciones el pago, esto si lo puedes hacer antes de dilatarlo más y que procedan al embargo.
Te apunto el artículo de la nueva Ley de Tráfico donde se indica el domicilio a efectos de notificaciones: Art. 90 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial:
«En el caso de que el denunciado no la tuviese (la dirección electrónica vial), la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento y en su defecto, en el domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.»
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Hola!
He recibido una carta de la ORAL (Deputación de Pontevedra) para el pago de una multa por estacionamiento. El caso es que yo nunca he recibido esa multa, ni en el momento de la infracción (al parecer fue en Abril y me enteré hoy por dicha carta) ni he recibido nada a casa. En esa carta no figura ni foto de la infracción, ni datos de como reclamar la multa, ni nada. Incluso está mal puesta la dirección donde se produjo la infracción. Si figura el día de la multa, hora, agente (policia local), datos de mi coche, coste de la multa, etc. Pero, como he comentado, yo no tengo la multa, ¿qué tengo que hacer?, ¿puedo reclamarla?
Gracias!
Hola Jesica:
Efectivamente, puedes ponerte en contacto con el organismo y solicitar que te den información sobre tu expediente. De esta forma podrás conocer cómo y dónde se produjo la notificación de la multa (recuerda lo tratado sobre la actualización de los datos en tráfico que hemos visto en este artículo), así como los pasos a seguir, si como mencionas no se puede saber de forma clara en la notificación que has recibido.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Hola, a ver si me podrías ayudar con esto, porque no se que hacer ahora. Hace como unos 5 años que me mude de Madrid (dirección A) a Pinto (un municipio de Madrid (dirección B)). mi coche estaba registrado en la dirección de Madrid, pero cuando me mude, cambie la dirección en el ayuntamiento que tienen convenio con DGT y se puede hacer el trasmite en el ayuntamiento, me pudieron un par de sellos en el permiso de circulación. pero resulta que ahora me ha llegado una carta del ayuntamiento de madrid a otra dirección donde también estuve viviendo pero la dirección del coche nunca estuvo alli (dirección C) y dicha multa es una multa de 1400 E por no identificar al conductor. llame a la ayuntamiento y dijeron que las cartas habían estado llegando a la dirección de Madrid (dirección A, cosa que no entiendo si he cambiado la dirección. No se que hacer y que puedo hacer. Pagar la multa y reclamar o no pagar…… un saludo.
Hola Manuel:
Como has podido leer en este artículo, la recomendación de recurrir se basaría en que tu dirección en tráfico sí estaba estaba actualizada y que no debería haberse notificado en otra dirección distinta a la aportada por ti.
Si estás interesado en recurrir te recomendamos contactar con un profesional que te asesore en tu caso. Te dejamos el enlace para contactar con nuestros servicio de Asesoramiento Legal en caso de que lo necesites: Miratusmultas.com
Un saludo.
Buenas noches, con fecha 24 de febrero de 2016 me impusieron una multa por aparcar en una zona de carga y descarga en un horario que estaba prohibido. Me dejaron una notificación en el coche. Pasado un periodo de un mes o quizá más me pasé por la policía de local, sección tráfico de mi ciudad, para interesarme de la sanción ya que no me habían notificado nada hasta ese momento. Tras consultar mis datos me dijeron que no constaba ninguna multa a mi nombre y que tenía que esperar a que me lo notificaran, momento en el que tendría un plazo para pagar con un descuento. En el mes de octubre me llegó la primera notificación, en la que viene la multa con recargo. Me pasé de nuevo por tráfico y me informaron que con fecha 11 y 13 del mes de abril se habían pasado por mi domicilio y me habían dejado, supuestamente , una notificación que yo no recibí. Y mis dudas son: ¿Las 11:25 y las 12:30, es distinto tramo horario? ¿Cómo puedo justificar que no he recibido ninguna notificación en mi buzón? ¿Puedo recurrir la sanción?.
Muchas gracias por la respuesta.
Hola María:
Tenemos un artículo que trata expresamente lo que ha podido suceder en tu caso, te recomendamos que lo consultes antes de continuar con cualquier acción: ¿Por qué unas notificaciones de multas me llegan a casa y otras no?
Si la administración ha realizado los intentos de notificación, como te ha comentado, también es posible que ante la imposibilidad de entregarla, se haya publicado la multa en el TEU, lo cual tendría valor de notificación.
En el caso de recurso, te recomendamos contactar con un profesional que te asesore en tu caso, así como confirmar cómo se realizó el proceso de notificación por parte de la administración.
Puedes contactar con nuestro servicio de asesoramiento legal a través de Miratusmultas.com.
Un saludo.
Hola María,
En primer lugar, Felicidades por tu blog y por la enorme ayuda que prestas a los que andamos «algo perdidos» con cuestiones relacionadas con multas.
Mi duda:
Me llega una Notificación de apremio a mi domicilio actual (el que consta en Hacienda) ya con el recargo correspondiente.
Corresponde a una sanción de radar en Barcelona por exceso de velocidad con una moto de mi empresa. Supongo que se solicitó la identificación del conductor, y mi empresa me identificó a mi.
Lo extraño es que en la Dirección que consta en dos apartados del Documento de Apremio, la dirección que indican, no es la actual (Dónde lo he recibido), es la de mi domicilio anterior – y que aún consta en mi licencia de conducción y en mi DNI, pero con la salvedad de que han indicado el C.P. correcto (08757) pero han indicado «CORNELLA DE LLOBREGAT» en lugar de «CORBERA DE LLOBREGAT»…
No tengo conocimiento de que se haya intentado la notificación en «CORBERA» con cuyo inquilino tengo contacto, probablemente se intentó en «CORNELLA» dónde no me consta ninguna Calle Montseny.
¿Me podrías decir si tengo posibilidad de recurso?
Gracias anticipadas por tu ayuda.
Saludos,
Jaume
Hola Jaume:
Muchas gracias por tu comentario.
Nuestra recomendación es que contactes con el organismo para conocer dónde se ha realizado la notificación de la multa, pues en caso de que se haya intentado realizar en el domicilio que consta en tráfico no existiría ningún fallo por parte de la Administración, pues todas las notificaciones de infracciones de tráfico se realizan en la dirección que conste en la DGT. Una vez que pasan a vía de apremio, es cuando se notifica en la dirección que conste en Hacienda.
Por otro lado, también debes confirmar si la notificación se realizó por vía edictal, es decir si se publicó en el TEU, lo cual también tendría valor de notificación, permitiendo que el proceso continúe.
En este mismo artículo en donde dejas tu comentario, tratamos estos supuestos de notificación con más profundidad.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Hola
Yo tengo una duda, hace unos dias revise la pagina para ver si no tenia alguna multa, resulta que me aparece una desde agosto por lo cual tengo entendido que te tiene que llegar a tu domicilio cosa que no ha llegado, asi como la infraccion tiene vigencia, hasta apenas me di cuenta de ello, qee puedo hacer al respecto
Hola Adrián:
Es muy común a situación que te ha ocurrido y generalmente se debe a que tenemos desactualizados nuestros datos en tráfico, ya que es la dirección que conste en la DGT en donde se nos notificarán las comunicaciones relacionadas con multas de tráfico.
Nuestra recomendación es que contactes con el organismo que ha impuesto la multa y confirmes en que dirección se ha notificado, ya que si la dirección está correcta, la única razón de publicación en el boletín de la multa, es que ésta no se pudo entregar porque estuvieras ausente, por ejemplo.
Te dejamos el enlace a un artículo en el que hablamos en profundidad de este tema, seguro que te sirve de ayuda: ¿Cómo gestionar las multas publicadas en el TEU u otros boletines?
Un saludo.
Hola tengo una duda…el otro día di positivo en el deogotest, di positivo y me entregaron una multa que pone todos mis datos, el importe y los puntos…la pagué 4 días después en CaixaBank. Mi duda es…me va a llegar algo a casa? Tengo el recibo con la multa ya pagada.
Gracias
Hola Laura:
Por lo general, después del pago de una multa no se suelen recibir más comunicaciones sobre ella, pero esto depende de cada organismo y algunos sí comunican el cierre del expediente, por haberse abonado, al denunciado.
Esperamos haber aclarado tu duda.
Un saludo.
Buenas tardes,
tengo un embargo correspondiente a 3 multas (estacionamiento).
No me ha llegado ningún requerimiento ni notificación, pero vía telefónica me comentan qué multas son y al preguntar a que domicilio las envían me doy cuenta que solo ponen la calle y el número, no el piso ni la puerta.
Compruebo que la DGT si tiene bien la dirección. Compruebo padrón y también todo correcto.
Quisiera saber cómo puedo reclamar los recargos que se me han aplicado.
Muchas gracias.
Imma. (Barcelona)
Hola Imma:
Tal y como comentamos en este artículo, a tus alegaciones debes añadir un documento que confirme que en la DGT, los datos relacionados con el vehículo y tu carnet están bien actualizados y que, sin embargo, se intentó la notificación a dicha dirección con los datos incompletos.
Un saludo.
Hola buenos días,
Mi duda es sobre una multa por estacionar en zona azul, el pasado mes de julio me llego notificación procedente de la Agencia Tributaria de Sevilla indicándome que se seguía un procedimiento ejecutivo por no haber pagado una multa de zona azul del 2012, como era la primera vez que tenía noticia de esta multa, pues ni siquiera tenía ninguna notificación en el coche, solicito el expediente a la Agencia Tributaria de Sevilla.
Mi sorpresa se produce cuando veo que intentaron notificarme la multa a los dos meses en el domicilio que constaba en la DGT, siendo este un camino rural al que según tenía entendido no llegaba Correos, pues bien en la notificación pone el día y la hora en que intentaron notificarme, dando como resultado Ausente y de igual forma al día siguiente. Nunca me llegó nada por supuesto. Publican mi nombre en el boletín del ayuntamiento y claro tampoco me entero.
Al cabo de los años, me intentan notificar la providencia de apremio en el mismo domicilio rural (el cual era mi único domicilio) pero esta vez en el intento de notificación pone dirección incorrecta, no realizan otro intento y me notifican por edictos.
Y, por fin, este verano me llega la notificación a mi domicilio actual ya en la ciudad informándome del procedimiento de apremio que se sigue contra mi.
¿Cabría alguna posibilidad de recurrir de alguna manera? Ya que no entiendo si este domicilio es válido para realizar notificaciones o no, y si es así no entiendo como desde Correos lo consideraron válido una vez (llegando supuestamente a realizar dos intentos de notificación) e inválido la siguiente.
También me gustaría saber si vale la pena que pague la multa o mejor me espero a que me lo quiten de la cuenta ya que en teoría ya esta en marcha el procedimiento de embargo.
Muchas gracias de antemano.
Hola Paula:
Si en la última notificación que has recibido te dan la posibilidad de pagar, te recomendamos hacerlo para evitar otros recargos, o bien, seguir el procedimiento de embargo notificado.
Para entender mejor lo ocurrido con la notificación de la multa, te recomendamos leer el artículo completo en donde dejas tu comentario.
Un saludo.