Cada día es más habitual ver como entre el tráfico de las ciudades se mezclan ciclistas, motos y coches, todos compartiendo un mismo espacio. Sin embargo, seguimos sin considerarlas un vehículo, de ahí que a la hora de ser sancionados por alguna infracción, estas nos parezcan injustas o desproporcionadas.
A continuación, veremos cuáles son las infracciones más comunes que podemos cometer al ir en bicicleta y los motivos por los que pueden ser acciones sancionables.
Si vas en bicicleta debes respetar las normas de circulación.
Los usuarios de bicicletas no deben olvidar que al conducirlas sobre la calzada también deberán cumplir con las normas de circulación como el resto de usuarios, es decir, que deben respetar las señales de tráfico, tanto verticales como horizontales (stops, ceda el paso, pasos de peatones, etc.), los semáforos y las indicaciones de agentes regulando el tráfico.
Antes que pensar en evitar las multas, debemos pensar en nuestra seguridad, no respetar alguna señal puede tener consecuencias de mayor importancia.
Uso correcto de la calzada
Un ciclista debe circular por los carriles habilitados para bicicletas y en caso de no disponer de éste en su recorrido, puede hacer uso de la calzada (siempre por la derecha), evitando ir en sentido contrario a la circulación. En las zonas peatonales (de más de 5 m de ancho), debe respetarse la prioridad de paso de los peatones en pasos de cebra, carriles compartidos, aceras, etc.
Por la seguridad de todos los usuarios de la vía, debemos mantener una velocidad adecuada y no realizar maniobras peligrosas mientras se circula por zonas peatonales en bicicleta.
Al estacionar la bicicleta debemos hacerlo en los lugares habilitados para ello, en su defecto, podemos hacer uso del mobiliario urbano, siempre que no obstaculice el paso de peatones o vehículos. Eso sí, no está permitido atar las bicicletas a los árboles.
Mejor con casco.
Tras la última actualización de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, el uso del casco es obligatorio en menores de 16 años cuando circulen por ciudad, extendiéndose la obligación para todas las edades si se circula en carretera.
Su incumplimiento puede llevar aparejada una sanción de 200€.
Sin distracciones: ni móviles, ni auriculares.
Tampoco puede hacerse uso de móviles o llevar auriculares, aunque parezca un buen momento para escuchar nuestra playlist favorita, se nos olvida que una distracción por utilizar estos dispositivos puede tener graves consecuencias en nuestra seguridad, así como en nuestra economía, pues podemos ser sancionados por ello.
Sin una gota de alcohol.
Los ciclistas también pueden ser requeridos para realizar una prueba de alcoholemia o de drogas, pudiendo ser sancionados por superar las tasas de permitidas, como sucede con los conductores de otros vehículos. Recordemos que hablamos de infracciones muy graves.
Puntos del carnet y bicicletas
¿Se pueden perder puntos por una infracción de tráfico cometida en una bicicleta?
La respuesta es: Sí. Si somos sancionados por una infracción que conlleva la pérdida de puntos en el carnet de conducir, se nos puede sancionar con la detracción de puntos que corresponda . En el caso de no disponer de carnet, podrá ejecutarse la sanción de forma retroactiva cuando se obtenga.
Si eres un ciclista intenta evitar las acciones que hemos descrito, pues pueden ser consideradas infracciones contra las normas de tráfico; pero lo más importante, es que las prisas, o cualquier imprudencia, puede ocasionar un riesgo mayor en tu seguridad física y la del resto de usuarios de la vía.