Las pruebas de una infracción: ¿Cómo solicitarlas al Organismo?


Si has recibido una multa de tráfico y antes de decidir si pagar con descuento o recurrir quieres comprobar la infracción, lee este artículo porque te explicaremos cómo y cuándo solicitar esta información al Organismo y que no te cuente como recurso.

¿Cómo solicitar las pruebas de la infracción al organismo?

 

¿Se pueden solicitar pruebas al organismo sin que cuenten como recurso?

Son muchas las ocasiones en las que nos consultáis si mediante un recurso se podría solicitar al Organismo una fotografía, vídeo o el informe del agente sobre una infracción cometida, pues bien, os comentamos que efectivamente se puede, lo vimos en nuestro artículo “Las pruebas de la infracción: Notificaciones y recursos de multas”, pero de esta forma contaría como recurso, con lo que perderíamos la posibilidad de pago con descuento, y, quizás, no queremos llegar ahí con nuestra multa, sino ver más imágenes sobre las circunstancias de nuestra infracción, antes de decidir.

Nuestra recomendación es que antes de recurrir o de pagar, si deseamos ver las pruebas del Organismo sobre la infracción, las solicitemos personándonos directamente y realizando una instancia o solicitud. Puede ser que el Organismo disponga de ellas y nos la faciliten en el momento para que podamos revisarla, o bien, que puedan enviarnos una copia a nuestro domicilio.

Si nos las dan en el momento podremos hacer nuestras comprobaciones y decidir si continuamos con un recurso, o nos conviene más el pago, en función de dicha información.

 

Revisar la información de la notificación nos facilitará los pasos a seguir.

No está de más que hagamos hincapié en que debemos leer la información de la notificación que recibimos, pues es habitual que los Organismos limiten la entrega de fotografías o informes sobre la infracción en aquellas notificaciones, que dirigidas al titular del vehículo, solicitan que se identifique al conductor infractor, siendo en la notificación posterior, a nombre de éste, donde se facilite el material para las comprobaciones pertinentes de la infracción.

Esta situación es habitual cuando se trata de vehículos de alquiler (Renting o Rent a car), donde normalmente la primera notificación suele hacerse a nombre de la empresa titular del vehículo, o de la empresa arrendataria, por lo que puede ocurrir que no se adjunte a la notificación de dichas multas ni captación fotográfica ni el informe del cinemómetro, por ejemplo, pues se tratan de requerimientos de identificación.

Al igual que otros titulares de vehículos, las empresas realizarán la identificación de los conductores cuando así se solicite.

 

¿Por qué las empresas deben realizar la identificación de conductores?

La respuesta es sencilla, pues la información, que además constituye prueba, será la que determine si el conductor desea pagar o recurrir la multa, es decir que es fundamental para el conductor y no para la empresa.

Indistintamente de los casos expuestos, siempre sería conveniente que los conductores identificados esperen a que les llegue la notificación a su nombre y domicilio, para en ese momento decidir si proceden al pago o inician un recurso; incluso, porque puede ocurrir que si no se envían las pruebas, o lo que se envía no es correcto, el conductor puede solicitar más información de la manera que hemos comentado.

 

¿Tienes dudas sobre una multa y necesitas que te asesoren? Ponte en contacto con nuestro servicio de asesoramiento legal en multas a través de este formulario: Miratusmultas.com

 

4 comentarios en “Las pruebas de una infracción: ¿Cómo solicitarlas al Organismo?

  1. Vicente

    Hola, me han denunciado por hablar con el móvil, he firmado la denuncia , pero la matricula la han puesto mal, se han equivocado en una letra han puesto una H en lugar de F y el coche era de mi padre. Ha sido al policía local.Puedo reclamar?. Gracias de antemano

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas

      Hola Vicente:

      Te recomendamos la lectura de este artículo sobre ejemplos de defecto de forma para que compruebes la viabilidad de tu caso: Recurrir una multa por defecto de forma ¿Qué significa y cómo se aplica? (II)

      Te adelantamos que el tipo de error que comentas, lo puedes ver en los ejemplos del artículo, no es un defecto que anule la sanción, si no que se trata de un error subsanable por la Administración.

      Esperamos haber aclarado tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
    1. MTM - Miratusmultas

      Hola Miguel:

      La firma del boletín por parte del denunciado no implica conformidad, por lo que no es obligatorio que esta esté firmado para que pueda cursarse, con la copia entregada en mano se te ha notificado o puesto en tu conocimiento la infracción cometida y la sanción que corresponde.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder

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