Hoy vamos a hablar de una parte de la gestión de multas que muchas veces no realizamos, algunas veces por el desconocimiento del proceso, y en otras, por nuestra impaciencia de solucionar la multa rápidamente pagándola. Hablamos de la identificación de conductores.
¿Si yo soy el dueño mi coche, también tengo que identificar al conductor?
No debemos asustarnos, no es un proceso nuevo, sino que esta es la denominación que recibe la acción de dar el nombre, número de identificación y los datos del domicilio de un conductor. En las empresas se está muy familiarizado con este término, por la cantidad de vehículos y conductores que se suele administrar; sin embargo, para los conductores particulares existe más confusión ya que por lo general son también propietarios.
En cualquier caso, el titular del vehículo, tanto si es una empresa como un particular, tiene la obligación de facilitar a la Administración la identificación del conductor del vehículo en el momento de la infracción, para lo que contará con un plazo de 20 días naturales.
Tipos de infracciones en las que se solicita identificar al conductor.
Es habitual que se solicite la identificación del conductor en el tipo de multas en las que no es posible la notificación en el acto, bien porque sea imposible por un agente detener el vehículo y entregar la multa al conductor, o bien, porque la infracción ha sido recogida automáticamente, por una cámara o un radar, como es el caso de las multas de velocidad o las de semáforo.
En estos casos, para la Administración se hace necesario conocer quién es el conductor responsable de la infracción, teniendo la matrícula como único dato para obtener dicha información, de ahí que se solicita al titular de vehículo que aporte esta información en la notificación de la multa que recibe. Como hemos comentado, debemos tener en cuenta que no siempre el titular del vehículo y su conductor son la misma persona, especialmente en el caso de empresas y más aún en el de compañías de alquiler de vehículos.
Posteriormente, con esta información, el Organismo sancionador notificará la multa al conductor responsable de la infracción, el cual procederá a su propia gestión, pago con descuento o recurso de la misma, según sus intereses.
¿Qué puede pasar si nos saltamos este paso?
Si el titular del vehículo incumple esta fase será responsable de una infracción por no identificar verazmente al conductor cuando se le ha requerido.
El Artículo 80 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial señala que el importe de estas infracciones “será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave”.
Un ejemplo de ello sería una multa por saltarnos un semáforo en rojo, actualmente sancionada con 200€, por la que podría llegar a pagarse 600€, independientemente de la multa original.
¿Debo identificar al conductor en todas las multas?
La propia notificación que recibamos nos informará si es necesario o no realizar este paso, ya que para muchas infracciones leves no es necesario realizarlo. De la misma manera, nos informarán de cómo devolver esta comunicación de datos.
¿Eres una empresa y necesitas ayuda con la gestión de multas en tu empresa? Visita nuestra web Miratusmultas.com e infórmate de cómo podemos ayudarte.
Soy madre de un niño menor de edad con discapacidad y su padre, del cual me separé hace años , ha comprado un vehículo a nombre de nuestro hijo y no ha manifestado ser el conductor habitual.
El vehículo lo compró sin informe de nada para su uso exclusivo y particular, no para el transporte habitual del niño.
La cuestión es que en caso de multa o responsabilidad penal el titular del vehículo es mi hijo menor de edad y al ser yo quien tiene la custodia exclusiva resulta que la responsable es la tutora.
Cómo puedo demostrar que el vehículo lo tiene su padre si él no quiere informar a la DGT que es el conductor habitual ?
Gracias
Hola Gloria:
En relación con tu consulta, te comentaremos que como tutora del menor puedes realizar la notificación del conductor habitual en la DGT.
Incluso, te recomendaríamos ponerte en contacto con un abogado que pueda asesorarte ante la posibilidad de que este tipo de actuaciones por parte del padre del niño continúen.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
El vehículo lo compró sin consultármelo ni informarme de nada. Me enteré a través de una notificación de la AEAT ya que él había pedido la reducción al 4% del IVA.
Hola Gloria:
Como te comentábamos en la respuesta anterior, no estaría de más que contactaras con un abogado especializado en temas de familia que te asesorara en tu caso.
Sentimos no poder ayudarte ya que, como puedes ver, en nuestro blog estamos especializados en multas de tráfico.
Un saludo.
Hola buenos días me an puesto una multa supuestamente x el móvil ya se que es mi palabra contra la suya pero mi pregunta era que en la multa que me dieron no me ponen los puntos que me van a quitar quería saber si me los pueden quitar o si hay alguna manera de recurrir al no informarme de los puntos que me van a quitar gracias y un saludo
Hola Danny:
Puedes manifestar este hecho ante el órgano instructor que te ha impuesto la denuncia, pero la ausencia de este dato no invalida la imposición de la infracción. Dependiendo del órgano que instruye el procedimiento sancionador, podría cursar nuevamente la notificación de la denuncia en tu domicilio con toda la información relevante, como la pérdida de puntos.
En nuestros artículos sobre los defectos de forma hablamos extensamente de ejemplos como éste. Te dejamos el enlace por si quieres revisarlo: Recurrir una multa por defecto de forma ¿Qué significa y cómo se aplica? (II)
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Hola! Le ha llegado una multa de velocidad de 150€ (reducida) y perdida de 2 puntos al titular de mi vehiculo (mi pareja) pero él no es el conductor habitual. De hecho esa multa me corresponde a mi, como puedo demostrar que la conductora era yo para que me quiten los puntos a mi? Muchas gracias!
Hola Carlota:
En la misma notificación que habéis recibido se debe indicar la forma en la que se han de devolver los datos del conductor infractor: los datos necesarios (Nombre completo, DNI/NIE, domicilio completo, etc) y la forma de envío al organismo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Me he identificado.¿cuánto tiempo tarda en recibir la cantidad que tengo que pagar de la multa?
Hola Juan Jesús:
Una vez cumplida con la identificación, queda en manos de la Administración hacer llegar la notificación al conductor en un plazo de aproximadamente 15 días o un mes, dependiendo de su propia capacidad para gestionarlo, ya que la legislación no establece un plazo preciso para hacerlo.
En esta notificación se te indicará, como bien comentas, la cantidad final en pagar o si se aplica el descuento del 50%.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
hola, me ha llegado una denuncia por no haberme identificado en una multa anterior de un radar, mi pregunta es, ¿puedo recurrirla usando como fundamento el artículo 28 de la CE en la que se dice que vulnera el Derecho de cualquier español a no declarar contra sí mismo por lo que obligar a identificarse como conductor es anti constitucional?
Hola Virginia:
En referencia a tu consulta, entendemos que el precepto constitucional en el que intentas fundamentar tu defensa es el Art. 24 de la Constitución, el cual garantiza la tutela judicial efectiva a toda persona en defensa de sus derechos e intereses legítimos. En este sentido, este articulado está configurado para ser de aplicación en los procesos que son judicializados en el ámbito penal, y la sanción descrita como «no cumplir con la obligación de proceder a la identificación de conductor» está amparada en una legislación de carácter Administrativo.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.
Hola!
Me han dejado en el buzón (es decir, correo ordinario) un requerimiento para notificar al conductor por una multa de velocidad. ¿Qué plazo tengo para hacerlo, es decir, cuándo empiezan a contar los 20 días si no sé cuándo se supone que me han notificado?
Gracias
Hola Daniel:
Nuestra recomendación es que revises la notificación que te han enviado por si señalan algún tipo de fecha como plazo. Si no es así, y ya está contando el plazo de 20 días naturales a partir del día después de ser notificado, no demores la comunicación de los datos del conductor y envíalos lo antes posible.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Buenos días, al coche de mi padre le llegó una multa para identificar al conductor y la identificación no la hizo él y además no es correcta. ¿Se puede volver a identificar correctamente al conductor que cometió la infracción?
Hola Elena:
Si se trata de una multa del Ministerio de Tratamiento Automatizadas de León y todavía no le ha llegado el incumplimiento a tu padre por no identificar, podrías haría un escrito diciendo lo que ha pasado e identificando al conductor correcto, más si tiene pérdida de puntos, no tienes nada que perder.
Por otro lado, también que entendemos de tu comentario que la notificación es para identificar al conductor, por lo se puede realizar la identificación. Quizás estás confundiendo una identificación de conductor por los datos que aparecen en el apartado de denunciado, en el que en primera instancia se añaden los nombres del titular del vehículo, que puede coincidir o no con el conductor infractor.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Buenas noches. Hemos recibido en casa una notificación de la DGT cuyo asunto, que aparece en un pequeño recuadro en una esquina, es «Petición de datos al titular para identificación del conductor». El caso es que el titular falleció hace ya algunos años y un familiar es el conductor habitual del vehículo. La multa es justa, por lo que estamos de acuerdo en pagarla, pero también nos preguntamos si eso nos supondría algún problema, y si, a pesar de pagarla, también tenemos que identificar al conductor o si nos pueden sancionar posteriormente por ello si no lo hacemos. En la denuncia también dice «En caso de conformidad con los hechos descritos y en el plazo de 20 días naturales puede proceder al pago de la multa» Independientemente de todo esto, esta misma semana iniciaremos los trámites para el cambio de titularidad. Muchas gracias de antemano.
Hola Sergio:
Nuestra recomendación es que si se solicita la identificación del conductor al titular, esta se realice, pues se evitará incurrir en multas de mayor importe por no incumplir con esta obligación.
Tras la identificación se volverá a notificar al conductor infractor y éste tendrá la posibilidad de pagar con descuento también.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Hola he recibido una notificación para identificar al conductor por una infracción de trafico por exceso de velocidad pero no se donde se mira el número de permiso de circulación para poder notificarlo gracias de antemano.
Hola Isabel:
Si se te solicita este dato para realizar la identificación de un conductor en una multa, esta información la encontrarás en el mismo documento de permiso de circulación del vehículo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Hola, hace poco llego una multa al titular de mi coche y ya me identifique como conductor en el momento de la infraccion. ¿Donde llegara la multa? A mi domicilio o al del titular? Gracias
Hola Samuel:
Tras la identificación, siempre se intentará notificar en el domicilio del conductor identificado. La multa puede llegar al domicilio facilitado cuando se aportaron los datos del conductor, o bien, al domicilio que conste asociado en tu carnet de conducir.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Me ha llegado la notificación de requerimiento para identificar al conductor de una multa.
La infracción fue cometida por un amigo al cual yo le presté el coche en Verano,soy particular,no tengo empresa.
Yo ya puse en conocimiento de ello al mismo y me ha facilitado sus datos para así remitirlos a quien corresponda y así abona la multa el.
Ahora bien;en la notificación existen dos sitios para rellenar;datos del conductor identificado y titular que identifica;en éste último piden DNI,NIF o CIE ,firma y sello……….se supone que el titular que identifica soy yo;que sello me están pidiendo?????
Hola Pablo:
Tal y como has comentado, si no eres una empresa, no tienes ningún sello que aportar. Con la firma del documento es suficiente.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.
Buenas noches.
Me ha llegado una multa por exceso de velocidad de un coche de empresa. La fecha de la denuncia es del 19/07 y yo dejé de trabajar para esta empresa en Junio.
¿cómo debo proceder?
No hay comunicación con la empresa. Es de Barcelona y yo vivo en Cádiz.
Gracias.
Hola Joaquín:
Según en el caso expuesto, puedes realizar unas alegaciones ante el Órgano Sancionador indicando que desde la fecha X dejaste de prestar servicios en dicha empresa, lugar donde tenías asignado el vehículo sancionado y que desde el día de la finalización del contrato no tienes disposición material del mismo; por lo que no procede la sanción impuesta como conductor responsable.
Para acreditar este hecho de finalización de la relación laboral puede aportar en tu escrito cualquier documento que lo acredite, con el que seguramente cuentas: Certificado de Empresa, Vida Laboral, Finiquito, Contrato Laboral, Reconocimiento de Prestación por Desempleo, ect.
Esperamos que la información te haya servido de ayuda.
Un saludo.
Mi novio me falsificó la firma de un certificado de correos de la dgt y fue a recogerlo con un pasaporte caducado que andaba por casa y por lo que he averiguado ,porque no he llegado a ver la carta ni de que existia y recogió una multa de exceso de velocidad donde había que identificar al conductor y no se hizo ahora me ha llegado a mi, puesto que soy la propietaria del vehículo una carta por correo ordinario con 900 e considerada muy grave ,puedo recurrir ?
Hola María:
Nuestra recomendación, es que si estás tan segura de lo ocurrido puedes denunciar los hechos, incluso en la multa que has recibido ahora a tu nombre por no identificar, puedes alegar los hechos de por qué no has tenido conocimiento hasta ahora, e identificar en este momento del procedimiento para que todo sea reconducido al infractor.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Hola, me ha llegado a casa una multa por cicurlar por una de esas calles con cámara en Madrid. El problema es que yo no conducia el coche ya que estaba trabajando, lo hacía un amigo extranjero que ya no está en el país y el cual dice que no quiere dar sus datos. Según tengo entendido, yo debo notificar que yo no conducia pero, que pasa si no puedo identificar al conductor? Estoy yo obligada a pagar esa multa aunque no conduciese?
Espero me podáis ayudar porque nose cómo actuar.
Gracias
Hola Mar:
Te dejamos el enlace a un artículo en el que hablamos de la responsabilidad subsidiaria en el pago de multas, pues te puede ayudar a resolver varias dudas en tu caso: Responsabilidad subsidiaria en el pago de multas de tráfico
Debes tener en cuenta que en caso de no identificar al conductor en la multa estarías incurriendo en una infracción mayor, por no identificar, que puede llegar al triple de la sanción actual: ¿Es necesario cumplir con la identificación del conductor en una multa?
Si efectivamente, en la notificación que has recibido se solicita la identificación del conductor deberás realizarla, compruébalo en la información de la notificación, ya que si no obligatorio puedes proceder al pago de la multa.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Me pusieron una multa hace un año, el caso es que me notificaron a otra dirección donde ya no vivía, y ahora pasados muchos más de los 20 días que hay para identificar al conductor me llega una carta de embargo de más de 600€ por infracción muy grave, tras haberlo anunciado en el BOE y demás.
El caso es que fuí a tráfico a preguntar y una asesoría que está al lado me dijo que me podía quitar la multa, eso sí pagándoles a ellos 200€. Mi duda es la siguiente:
¿Puedo recurrir esa multa porque me notificaron en un domicilio en el que ya no vívia si puedo demostrarlo? ¿Qu procedimiento debe seguir para que me quiten la multa?
Muchas gracias por adelantado.
Ah se me olvidaba, la multa fué en moto por no llevar el caso abrochado. Por otro lado siempre llevo el casco abrochado, ¿como puede demostrar el policía que no lo llevaba abrochado? Porque tampoco me parece justo, no se si tienen bonificaciones los agentes o algo por poner multas, pero si se ponen a multar así a cada moto que pasa si no se puede demostrar vamos listos.
Hola Sergio:
En el caso de denuncias realizadas por agentes de la autoridad, debes tener en cuenta que su palabra tiene presunción de veracidad y que estará en manos del denunciado probar que la infracción no se cometió en las circunstancias descritas por el agente. Para ello, será necesaria la aportación de pruebas que sustenten las alegaciones de nuestro recurso.
Te dejamos el enlace a un artículo sobre recursos de multas que te puede ser útil: ¿Son recurribles todas las multas?
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
Hola Sergio:
Te dejamos el enlace a un artículo en el que hablamos específicamente de lo que ha ocurrido en tu caso, no se reciben las notificaciones de la multa inicial, sin embargo sí llegan las de la multa en vía de apremio: ¿Por qué unas notificaciones de multas me llegan a casa y otras no?
Como podrás comprobar, esta circunstancia tiene su origen en la falta de actualización de los datos del conductor o del titular del vehículo en Tráfico, ya que si se intenta notificar sin éxito en un domicilio desactualizado en la DGT, la multa pasa a publicarse en el BOE, con el mismo valor de notificación que si se hubiera entregado físicamente. Cuando cambiamos de domicilio hay que actualizar nuestros datos en todos los organismos de los que podamos recibir notificaciones, no basta sólo con actualizar el padrón. Este es el error más común.
La opción de recurso en casos como el tuyo giran en torno a que nuestra dirección si está bien actualizada en Tráfico, sin embargo el organismo tomó una dirección antigua para notificar la multa. En este caso tendrías que probar que el cambio de domicilio si fue debidamente realizado en la DGT.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Muchas gracias por la respuesta. Como tendría que hacer el recurso y donde?
Hola Sergio:
Para realizar un recurso te recomendamos que contactes con un profesional que te asesore sobre la viabilidad de tu caso, las alegaciones y las documentación que puedes aportar.
Si estás interesado, te dejamos el enlace para que contactes con nuestro servicio de Asesoramiento legal a través de Miratusmultas.com
Un saludo.
Buenos dias.
Una cuestión: SI por motivos de trabajo, en este caso estar fuera de tu lugar de residencia unos dias, se te pasan los 20 dias de plazo para reconocer al conductor.
¿Exsiste alguna posibilidad de notificarlo a posteriori sin exponerte a una sanción administrativa?
La multa ya fué pagada en los plazos (reducida) y es de ayuntamiento no de DGT.
Gracias y un saludo.
Hola Carlos:
En relación con lo que nos comentas, una vez que la multa ha sido notificada al interesado el plazo para su gestión empieza a correr y a menos que se decida no hacer nada voluntariamente y teniendo en cuenta las consecuencias, no hay motivos para no hacerlo, por lo que sería difícil tener éxito alegando lo comentado en tu caso.
Por otro lado, si la multa ya ha sido pagada, quiere decir que la identificación no era obligatoria (por no tener asociada la infracción pérdida de puntos), por lo que el expediente ya se ha cerrado y no es necesario intentar la identificación del conductor.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.
Buenas.
A mi empresa le a llegado una multa mía por hablar por el móvil en el que no identifican al conductor por un policía a pie que estaba regulando el trafico escolar.
¿Hay alguna manera de librarse de ella? y si no fuera así ¿podría pagar la multa sin tener que identificar al conductor?
Posdata: En la multa creo que no dice que tenga que identificar al conductor.
Saludos y gracias
Hola David:
Según el tipo de multa que nos comentas, en la notificación recibida en la empresa sí se debe pedir la identificación del conductor en el momento de la infracción ya que es una infracción que conlleva la retirada de puntos en el carnet.
En caso de no realizarla la identificación recaería sobre la empresa una multa por no cumplir con la identificación requerida, tal y como puedes leer en este mismo artículo.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Hola,en mi caso en septiembre me pusieron una multa de 300 euros con la reducción 150 euros,y 2 puntos por circular por encima de lo establecido,fue un radar,me llegó la multa,identifiqué al conductor en este caso yo,fui a trafico a pagarla y me mandaron al banco para pagarla,todo correcto,hasta que hoy recibo una multa de 900 euros !! por no identificar al conductor,he ido a trafico y me han dado un papel para recurrirla,junto al recibo y las multas,ésto es una injusticia,espero que me la retiren…
Hola Enrique:
Debes adjuntar también la documentación que pruebe que realizaste la identificación, tal y como has comentado.
Lo habitual es que se realice la identificación y el pago por separado, es decir, realizamos la identificación del conductor y esperamos a que la multa sea notificada nuevamente a nombre del conductor. Con esta nueva notificación es cuando ya podremos realizar el pago o recurso.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Hola, llegó una notificación de una multa del Ayto. de Madrid a mi domicilio a finales de junio y la recogió mi hija de 24 años. La multa era por rebasar un semáforo en rojo, y se adjuntaba unas fotos como prueba de la sanción. La notificación era un requerimiento de identificación del conductor, pero no me la entregó y coincidió también que a los pocos días me fui de viaje, Ahora me ha llegado una notificación por el incumplimiento de identificar al conductor. Mi primera pregunta es si puedo alegar que yo no tuve conocimiento de la notificación inicial, a fin de que me lo puedan notificar nuvamente. Gracias de antemano
Hola Nuria:
Debes tener en cuenta que en el proceso de notificación cualquier persona puede recoger la notificación que envía el organismo, dejándose constancia de esta información en el expediente. Por tanto, la notificación ha sido correctamente notificada.
Te dejamos el enlace a un artículo en el que hablamos de este tema en profundidad: Notificaciones de multas: ¿Cómo deben informarme de una infracción?
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Tengo una «notificacion de denuncia e incoacion de expediente sancionador» en el que me dicen que tengo que pagar 100€ (50€ reducidos) por un exceso de velocidad. Tambien existen unas casillas para la identificacion del conductor.
El coche esta a nombre del dueño del coche (que no era quien conducia) que no tiene carnet.
Si se paga la mula sin identificaral conductor, tengo entendido que habra otra multa del triple del importe inicial, la pregunta es:
¿cuando llegue esa multa, ademas de pagarla hay que identificar al conductor o podria no hacerse nunca?
Hola Juan:
Dado que la multa de velocidad que te han impuesto no conlleva retirada de puntos, no hace falta que identifiques al conductor, si no que puedes proceder al pago y hacerlo también acogiéndote al plazo con descuento.
Si te identificas como conductor en esta multa, se te notificará otra a tu nombre en la que también se te dará plazo para pagar o recurrir y en ningún caso llegará una multa por no identificar.
Siempre recomendamos a nuestros clientes hacer la identificación, aunque en este tipo de multas específico no hace falta, pero de esta forma constará como infractor quien corresponde verdaderamente.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
resulta que en la multa no requieren la identificacion del conductor, sino que dice que en caso de que este no sea el propietario del vehiculo, se aporten sus datos
Teniendo en cuenta que el propietario del vehiculo no tiene carnet, ¿Que pasa si no se dan los datos del conductor que realizo la infraccion?
Hola Juan:
Como te hemos comentado, os recomendamos realizar la identificación del conductor, ya que en caso de no hacerlo se incurriría en otra multa por no cumplir con la obligación de identificar al conductor que puede alcanzar los 1.500€.
Un saludo.
Hola, buenas tardes.
Les comento mi caso :
A primeros de octubre mi empresa recibe una multa (saltarse semáforo rojo) para identificación de conductor. Pues bien, se les olvida y el día 22/12 fuero a tráfico y me dicen que han parado la multa y me han identificado como conductor y ha puesto un reclamación. El caso es que me dicen que puede pasar dos cosas.
1. En 40 días me llega la multa
2. Le llega a la empresa multa de 600 euros
Me dicen que si llega a la empresa la multa han hecho un escrito para que me la vuelvan a mandar a mi.
El caso es que yo siempre pierdo.
Quisiera saber si esto es posible, si se puede recurrir..
Muchísimas gracias
Hola José Luis:
Dado que la multa por rebasar un semáforo tiene pérdida de puntos, si el vehículo está a nombre de tu empresa, le ha llegado a la misma, dándole plazo para identificar al conductor infractor. Si no lo hace en el plazo debido, se le genera a la empresa otra multa con el doble o triple de la cuantía por no identificar y se anula la primera, eso si, los puntos no se los quitan a nadie.
Entonces, lo que está haciendo tu empresa es cumplir con la obligación de identificar al conductor, aportando tus datos. Si el organismo lo admite, te debe de llegar la multa a tu nombre pero con el importe inicial 200 euros (multa por rebasar un semáforo), y si el organismo no lo admite, le llegará a tu empresa la multa por no identificar en plazo de 600 euros, pero tú sólo eres responsable de la multa de semáforo, no la del incumplimiento por no identificar.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
Me pusieron una multa por exceso de velocidad, no me ponia importe, me pedian que identificara al conductor, rellene los datos y los mande por Fax y al cabo e 2 meses me llega una multa sancionadora por no identificar al conductor de 900€. Que puedo hacer? donde tengo que ir? Solo me indican un numero de telefono.
Y demostrando que identifique a conductor me puedo acojer a la reduccion de 50%?
Hola Carmen:
Según lo que nos has comentado, pueden existir dos situaciones: que hayas realizado la identificación fuera del plazo de 20 días naturales tras recibir la notificación, o bien, que la Administración no la haya recibido.
Nuestra recomendación es que contactes con el número del organismo facilitado y te informes sobre tu expediente. Si puedes demostrar que realizaste la identificación en plazo deberán retirar la multa por el incumplimiento y permitirte pagar la multa original con descuento.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
Buenos días,
Me gustaría hacer una consulta. A mi madre le ha llegado una multa de 300 euros por exceso de velocidad, pero no era ella la que conducía; junto a la multa le ha venido otro papelito para identificar al conductor. En el caso de que se identifique al conductor, y este no sea conductor habitual, ¿eso podría tener alguna consecuencia para la titular del coche por haber dejado el coche a una persona que no está inscrita como conductora habitual?
La persona que conducía asume la responsabilidad.
Muchísimas gracias y un saludo,
Beatriz
Hola Beatriz:
No existe ninguna consecuencia al realizar la identificación del conductor con otros datos distintos a los del titular del vehículo.
Efectivamente, como comentas, tras la identificación, se notificará la multa al conductor y este tendrá la responsabilidad sobre su gestión, recurso o pago con descuento, en el plazo de 20 días naturales.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
Hola en el mes de junio me vino un aviso de multa de velocidad, en una calle de 40 yo iva a 60 mi sorpresa es que la semana pasada cuando recibí la multa, paso de 300€ a 900€ por no identificar al conductor cosa que yo no sabía, por que es algo nuevo que an puesto creo ya que hace unos años me pusieron otra y al no identificar al conductor la pague yo que soy el propietario y conductor de el coche mi pregunta es ¿ puedo recurrir la multa ya que no me niego a pagar los 300 € de la misma pero 900 por no saber que hay que identificar al conductor me parece un abuso? Gracias
Hola Carlos:
Debes tener en cuenta que el hecho de que desconozcas la existencia de una determinada ley no te exime de su cumplimiento, y la identificación de conductores no es una medida nueva.
En este mismo artículo en donde dejas tu comentario podrás leer que la identificación del conductor es obligatoria cuando la infracción lleva aparejada la pérdida de puntos, quizás en en la multa antigua que nos mencionas te encontrabas en esta situación. De la misma manera, aún siendo el titular y conductor del vehículo, siempre que se solicite la identificación del conductor se deberá realizar.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
buenas tardes,soy el conductor habitual de un vehiculo no el propietario y en diciembre me di cuenta de que saltaba un radar de limite de velocidad a 80 kmts hora,vi publicada dicha sancion en el boe del pais vasco y consegui el numero de expediente para poder pagar dicha multa,fueron 50 euros ya que tenia el 50% de reduccion,mi pregunta es si ya esta terminado el proceso o si ya que no me llego ninguna notificacion a mi domicilio se debe de identificar al infractor de algun modo,al pagarlo a traves de internet y de una tarjeta bancaria ya van ahi mis datos,eso es suficiente?,gracias de antemano.
Hola Jesús:
Tal y como nos has comentado lo sucedido con la publicación de tu multa, entendemos que todo está correcto y que el expediente se ha cerrado tras el pago de la multa.
Sobre la identificación del conductor, dado el importe, entendemos que se trataba de una infracción de velocidad que no llevaba aparejada la pérdida de puntos, por lo que no sería necesaria la identificación.
Esperamos haber aclarado tus dudas.
Un saludo.
Hola:
Me llegó notificación para identificar al conductor por una infracción grave de exceso de velocidad (300€ sin descuento). El problema es que se me pasaron los 20 días naturales, lo hice 2 ó 3 días tarde (puedo alegar que si me sacaron una muela, se infectó, estuve de viaje,… pero vamos, que me despisté). Ahora me ha llegado la notifiación de la multa de 300€, pero aún no me ha llegado notificación de sanción por no identificar en plazo. Claro,serían 900€… Mi duda es: si pago la de 300€, estoy asumiendo que lo hice mal, y me imagino que no podré recurrir la de 900€ (que supongo me llegará); si recurro la de 300€, y gano (es una foto de radar), pues supongo que ya no tendría sentido la de 900€… Es decir, no sé si recurrir la de 300€ para evitar una posible sanción (que aún no me ha llegado) de la de 900€ o si no hay por donde coger lo de 900€, pagar ya la de 300€ (con la reducción del 50%). ¿Qué me recomendáis? (Aparte de estar más atento a las señales y respetar los límites de velocidad, por supuesto).
Gracias!
Hola Zacarías:
La normativa actual en materia de tráfico establece que el titular del vehículo está obligado a facilitar los datos identificativos de la persona que conducía el vehículo en el momento de la presunta infracción, independientemente de que la persona a identificar sea la misma que el titular del vehículo. Para ello, la ley establece un plazo de 20 días naturales para su identificación, desde que se realiza la notificación de manera fehaciente.
En este caso concreto, en la sanción descrita no viene reflejada la bonificación del 50 % y es de 300 euros por que se requiere para su identificación, una vez que esta identificación se realice, la sanción se volverá a cursar con la posibilidad de descuento del 50%.
Respecto a la identificación posterior, realizada fuera del plazo de los 20 días naturales, decir que hay organismos sancionadores que no llevan a raja tabla este aspecto y que permiten, en beneficio del administrado, la identificación posterior, uno o varios días más de los 20 días naturales que otorga la ley.
En este caso, lo más recomendable es que te pongas en contacto con el órgano sancionador para conocer si aceptaron la identificación del conductor finalmente, o no.
En caso de que te hayan generado la sanción por incumplimiento de la obligación de identificar (no aceptación de la identificación por su parte), y cuya cuantía asciende a 900 euros, ese será el momento procedimental en el que podrás realizar cuantas alegaciones estimes oportunas, así como acreditar lo manifestado, mostrando como prueba que tu voluntad fue la de identificar pero que no lo pudiste realizar en el plazo otorgado. La resolución dependerá de la voluntad de la Administración actuante.
Esperamos que esta información te haya servido de ayuda.
Un saludo.
Hola. Una consulta. Qué ocurre si no se sabe quién conducia el vehículo y no puedo identificar? En mi caso es una furgoneta que usamos dos o más personas. La carta puede llegar muchos días después y es muy difícil acordarse quién la llevaba.
Gracias.
Un saludo.
Hola Iván:
Como comentamos en este mismo artículo en donde dejas tu consulta, debe cumplirse con la obligación de identificar al conductor en caso de ser solicitada por la Administración.
Nuestra recomendación es indagar un poco más sobre quien conducía el vehículo el día de la infracción para poder identificar a un conductor y no incurrir en otra multa de mayor importe por no hacerlo.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
hola, una consulta, nos llegó a casa una multa cometida en el mes de septiembre, al parecer por saltarse un semáforo, tenemos que identificar a un conductor, lo que pasa es que el coche lo conducía mi tía (propietaria del vehículo) Pero mi tía falleció en diciembre, y la multa ha llegado ahora en enero, como procede en estos casos la DGT? Gracias
Hola Mireya:
En este caso, y para evitar cualquier incidencia, lo más recomendable es que se siga las indicaciones del letrado o notaría que esté llevando su testamentaria.
Un saludo.
Hola
Me llegó una multa a casa en noviembre por exceso de velocida con pérdida de puntos, por tanto tenía que identificar al conductor. El problema es que me encontraba durante todo ese mes trabajando en un barco en el Mar Báltico, de manera que no tenía internet ni cobertura durante buena parte del día, sólo durante algunas horas y algunos días.
Supe de la notificación porque mi hermana la recibió e intentó pagarla, pero no se lo permitieron por la necesidad de identificar al conductor. Intentó ponerse en contacto conmigo y cuando lo consiguió (por mi falta de cobertura) me envió un correo electrónico que le facilitaron en el Ayuntamiento (gestión de multas) al que envié mi DNI y la documentación de que disponía para demostrar que me encontraba fuera de España. En ese correo me indicaron que lo hiciera con certificado electrónico a otra página web. Como no disponía de certificado electrónico (ni cobertura en el barco) no pude hacer ninguna otra gestión.
Cuando llegué a España ya ha sido tarde, aunque no me ha sido aún notificada a mi domicilio, estoy esperando la multa de 900€.
Quiero recurrirla, aportando contrato de trabajo, tarjetas de embarque, correos electrónicos… qué posibilidades tengo de que retrotaigan la multa al momento de la primera notificación y den por válido mi intento por mail de cumplir con la obligación de identificar al conductor? No veo justo tener que pagar la multa de 900€. Me siento indefenso. Estoy conforme con la multa por exceso de velocidad, pero en absoluto lo estoy con lo demás.
Muchísimas gracias por su ayuda
Isabel
Hola Isabel:
En este sentido, podrías interponer recurso de reposición exponiendo todo lo acontecido, así como identificando en ese momento procedimental oportuno al conductor del vehículo.
Finalmente, la última palabra la tendrá la Administración actuante, no pudiendo garantizarte cual puede ser el resultado.
Para próximas ocasiones, te recomendamos que un familiar realice la identificación del conductor por escrito, y lo presente por registro de entrada dejando constancia de ello.
Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
Un saludo.
Buenos días, he recibido una multa por no identificar al conductor en plazo. La multa era por pasar un semáforo en rojo, del ayuntamiento de Oviedo. El importe de la multa inicial era de 200 euros + 4 puntos, y nunca me fue notificada, pero sí que apareció publicada en TESTRA, sin yo haberme enterado.
Ahora me viene por 600 euros, ya que se considera falta grave, y su cuantía por no identificar al conductor en tiempo y forma es el triple de la multa que la originó.
Mi pregunta es la siguiente, el vehículo está a mi nombre (un particular), y estoy pensando en pagar la multa y olvidarme del tema, pero ¿en caso de proceder al pago, tendría retirada de puntos del carnet? o ¿no habría retirada alguna de puntos, anulándose la primera multa?
Muchas gracias.
Hola Andrés:
Efectivamente, al hacerse cargo del pago del incumplimiento la primera multa quedaría son efecto y no se procedería a la retirada de puntos, porque no se han facilitado los datos del conductor infractor.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
Buenas noches,
Voy a comentar mi caso; Me enviaron una notificación de una multa por exceso de velocidad, detectado por un radar de tramo, pero en la notificación no vienen inmágenes, y tampoco que puedo interponer un recurso, al cabo de dos meses, llega una notificación de que el dueño del vehículo tiene que identificar al conductor; a esta notificación se puso un recurso argumentando que se necesita los datos completos de la supuesta infracción, (fotográfías, tipo de radar, hubicación de los mismos), y, caso contrario no podríamos identificar al conductor, tres meses después nos llega otra notificación, de que la multa por no identificar al conductor es de 900 €, a esta notificación se puso un recurso de reposición, tampoco respondieron, y hace 15 días nos ha llegado una notificación de que tenemos que pagar 900 €, mas los intereses. La pregunta es:
Si la supuesta infracción no está suficientemente justificada de que se ha cometido, pueden continuar solicitando la identificación del conductor?, ¿Es legal que continuén exigiendo el pago por la identificación del conductor, sin que hayan hechos probados de la infracción, en la que se basan para solicitar la identificación del conductor?, y, ¿Se puede recurrir en este caso al contencioso administrativo?
Esto se produce en el Ayuntamiento de Capellades- Barcelona.
Hola Edwin:
Como comentamos en este mismo artículo, en donde nos dejas tu consulta, es obligatorio cumplir con la identificación del conductor infractor cuando lo solicite el organismo denunciante, ya que de esta forma se evitaría incurrir en multas de mayor importe, como en vuestro caso.
Muchos organismos no incluyen toda la información de la infracción, entendiendo que esta es de interés para el conductor identificado, esperando que el titular (que puede coincidir o no con el conductor) únicamente se ciña a cumplir con la identificación.
En vuestro caso, a pesar de apreciar falta de información, podríais haber realizado la identificación del conductor, a la vez que se solicitaba esta información al organismo, o bien, esperar a que el conductor fuera notificado para comprobar si en esta comunicación dicha información si se adjuntaba, y a partir de allí, recurrir o pagar la multa con descuento.
Esperamos que nuestra respuesta os sirva de ayuda.
Un saludo.
Recibo multa por exceso de velocidad tramitada por policía local, 100€ con la reducción 50€ y no acarea puntos de sanción, la abolo mediante transferencia bancaria sin identificar conductor.
recibo mas tarde multa de 300€ por no ver identificado conductor, no me di cuenta. pero si no acarrea sanciones de puntos para que quieren identificar el conductor?
que solución tiene, GRACIAS
Hola Sergio:
Te recomendamos contactar con el organismo que emite la denuncia para comprobar si se trata o no de la misma infracción. En caso de tratarse de la misma, proceder a presentar la notificación que recibiste y en donde no se obliga a la identificación.
Un saludo.
Hola, mi padre (titular del vehiculo) ha recibido una multa por un mal estacionamiento (aparece en negrita que no supone pérdida de puntos) y él no conducía el coche sino yo. En la carta ponen que se identifique al conductor, por ello quería comentarle si ¿debe de pagar la multa tras identificarme como el conductor causante de la infracción? o ¿no es necesario que la pague él ya que ahora pasa a mí el problema y seré yo quien reciba la notificación y la termine pagando?.
Saludos
Hola José Manuel:
En este tipo de multas es habitual que se notifique al titular del vehículo, y dado que no tiene pérdida de puntos, una vez recibida por éste, se puede pagar, o identificar al conductor, para que dicho conductor pague la sanción cuando se notifique a su nombre.
Podéis elegir cualquiera de las dos opciones, pero una vez que se pague no será posible identificar.
Un saludo.
Hola: recibi una notificación de sanción en la que se me pedía identificar al conductor lo cual no tuve en cuenta por considerar que al ser yo mismo el propietario del vehículo y conductor, era innecesario. Al no hacerlo tampoco dentro de el plazo de 20 días, acabo de recibir una multa de el triple del importe (900 €) en la que se me indica que no tiene reducción del 50%. ¿Es recurrible dicha sanción? ¿Puedo alegar que no identifique al conductor por ser yo mismo y creerlo innecesario?
Gracias. Un cordial saludo.
Hola Francisco:
Tal y como comentamos en este artículo, la identificación del conductor es un proceso obligatorio si en la notificación que nos envía se solicita expresamente, independientemente de que el titular y el conductor infractor sean la misma persona.
Un saludo.
Buenas a todos ,
Gracias por toda la información de la web.
Mi duda es la siguiente: donde he de notificar que el conductor del coche es diferente al propietario del coche ? Se puede hacer por alguna web? Hay que ir a algún sitio… ? en mi caso conducía yo y el coche está nombre de mi madre, y “le” han quitado dos puntos. Me temo que el plazo de 10 días para notificar que conducía yo ya se me ha pasado, que debo hacer ahora? qué consecuencias puedo tener?
Ando perdida en todo esto.
Gracias y un saludo
Hola Meris:
Tal y como comentamos en este artículo, la identificación del conductor es un proceso obligatorio a cumplir si en la notificación que nos envía se solicita expresamente, pues se utiliza para determinar quién es el conductor infractor y derivar responsabilidades.
Dado que no se ha identificado a ningún conductor, se le enviará otra multa al titular del vehículo, por incumplimiento de la obligación de identificar.
Un saludo.
Es posible que te sancionen por ir a 101 km/h, con el limite a 70, y en realidad el limite es a 90km/h. Cuando haces un periplo para demostrar esto, en medias te piden la identificación del conductor, cuestión que no facilitas al entender que el origen de la multa esta mal, una vez demostrado la realidad del origen, trafico me sanciona por la no identificación. No es abusivo y recurrible ante los juzgados?
Hola César:
Tal y como comentamos en este artículo, la ley de Tráfico estable que realizar la identificación del conductor es un paso obligatorio en el caso de solicitarse y cuando la infracción cometida conlleva pérdida de puntos, por lo que si no se realiza se recibe una multa de mayor importe, como te ha pasado.
Un saludo.
Hola le ha llegado a un conocido una multa por rebasar la velocidad de 200km/h con un límite de vía de 120. Mi duda es si identifica a un extranjero que tiene nie y permiso de conducir español pero vive en el extranjero (rumania) que sucederá?
Hola Toni:
Tras la identificación del conductor, se le enviará a éste la comunicación de la multa para que proceda a su pago o recurso.
En el caso de la identificación de conductores extranjeros, debes tener en cuenta que se debe aportar copia de la autorización para conducir en España, incluso algunos organismos solicitan prueba de la estancia durante el periodo en el que se cometió la infracción.
En el caso de aportar datos erróneos, tal y como exponemos en este artículo, se estaría incumpliendo el deber de identificar, con la consecuente sanción económica.
Un saludo.
Hola buenas el tema es que no identificado bien al conductor y ahora me sancionan con 900 EU
El caso es que Le dejé el coche aún familiar y yo lo identifico a el pero el luego identifica a su tío porque iban juntos pero yo no tenia conocimiento de ello. Que hago??
Hola Jesús:
Debes tener en cuenta que es obligación del titular del vehículo identificar verazmente al conductor en el momento de la infracción. Es este el motivo por el que se te ha multado.
Un saludo.
Buenas
Cuando he leido este articulo tengo dudas sobre una multa que he hecho yo, pero yo no soy el propietario del coche (ahora esta en nombre de mi padre). El problema que el coche es nueva y los antiguos propietarios les ha llegado ellos primeros y mhe avisaron que tenia la multa, yo sabia que yo he hecho esta multa ( passar en un semaforo rojo). Yo le he facilitado mi identificación (DNI), pero el problema nos ha llegado la multa en casa y estaba en nombre de mi padre, yo sin preocupaciones he pagado la multa con mi targeta de debito en la pgina web del ayuntamiento de manresa (que yo vivo miy lejos de ahi) con la reduccion. Al cabo de un tiempo reviso los puntos de mi carnet y no me quitaron nada y en realidad le quitaron de mi padre. En realidad yo quiero que me quiten a mi porque soy yo que he hechl esta infracción, que debo hacer
Hola Imad:
Una vez que se ha realizado el pago de la multa el expediente sancionador se cierra y pasa a ejecutarse. En este caso, al haberse pagado una multa, se ha aceptado que quien constaba en la notificación era el conductor y por eso se le han retirado los puntos a éste.
Un saludo.
Hola soy propetario de un vehículo pero no tengo carnet en este caso es mi pareja quien lo conduce sienpre… en caso de no ser identificado en una multa de radar o aparcamineto quien es responsable de la multa si yo en este caso no tengo carnet y no conduzco nunca el vehiculo
Hola Ramón:
En relación con lo que nos comentas, te recomendamos siempre identificar al conductor infractor, ya que de lo contrario, como comentamos en este artículo serías responsable de una multa de mayor importe por no cumplir con este paso.
Un saludo.