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A través de su Apoderado o Representante, las empresas podrán delegar en terceros la gestión de procedimientos en materia de vehículos, conductores y sanciones que tengan la realizar con Tráfico: búsqueda de multas, alegaciones y recursos, consulta de puntos, ITV, seguros. Si quieres saber más, en este espacio te mantendremos al día.

Lo que debes saber sobre el Registro Electrónico de Apoderamiento: ¿Cómo activar un apoderamiento de la DGT?

El Registro Electrónico de Apoderamientos de la DGT es el instrumento mediante el cual, personas físicas o jurídicas, podrán inscribir los poderes que otorguen a terceros para actuar en su nombre ante la Dirección General de Tráfico, y a partir de hoy 7 de abril de 2014 estará disponible para activarlo.

Apoderamiento para la Gestión de la DEV

Apoderamiento para la Gestión de la DEV

Para activar esta representación será necesaria la presentación en las Jefaturas de Tráfico de documentación que identifique al representado y representante, junto con otras, como el tipo de servicio para los que se concede dicha representación, llamado Otorgamiento.

Tanto para empresas como para los conductores dados de alta en la Dirección Electrónica Vial, el apoderamiento o representación supone un servicio que les beneficia en la gestión de multas que se notifican a través de la DEV de la DGT.

Si tienes algunas dudas sobre lo que es el Registro de Apoderamiento Electrónico – REA te recomendamos leer nuestro artículo: “Lo que debes saber sobre el Apoderamiento Electrónico”, o bien visitar nuestra web www.apoderamientosdgt.com en donde tenemos información específica sobre este tema.

Lo que debes saber sobre el Registro Electrónico de Apoderamiento: ¿Sabías que las empresas pueden delegar la gestión de multas a un apoderado?

¿Qué es el Registro Electrónico de Apoderamientos?

Con el El Registro Electrónico de Apoderamientos – REA los representados o poderdantes (personas físicas o jurídicas), que posean un certificado digital vigente y reconocido por la DGT, podrán inscribir los poderes que otorguen a terceros para actuar en su nombre ante la Dirección General de Tráfico.

Registro Electrónico de Apoderamiento_BlogMiratusmultas

¿Quién podrá ser representado?

Pueden ser representados las personas físicas o jurídicas que necesita realizar trámites de la DGT.

¿Quién podrá ser representante?

Pueden actuar como representantes o apoderados:

– Colaboradores DGT: gestorías, aseguradores, empresas de gestión de multas.

– Representantes particulares sin personalidad jurídica.

– Un funcionario público.

¿Qué trámites podrán delegarse?

– Sobre vehículos, conductores y sanciones: (búsqueda de multas, alegaciones y recursos, consulta de puntos, ITV, seguros).

– Próximamente: matriculaciones, cambios de titularidad, renovaciones, etc.

¿Cómo puedo realizar un registro de apoderamiento?

Para registrar un apoderamiento de dos formas:

1. A través de un formulario online, seguro y gratuito al que puede acceder desde la web de la DGT (www.dgt.es). En ese caso únicamente necesita su certificado digital de empresa.

2. Presencialmente, en cualquier jefatura provincial.

 

Este Registro Electrónico para la DGTaún no está habilitado, pero desde el blog de Miratusmultas.com te mantendremos informados de los avances que se realicen para su implantación. También puedes visitar www.apoderamientosdgt.com en la que incluimos información específica del tema.

Dirección Electrónica Vial: nuevas formas formas de comunicarnos con Tráfico

La Dirección Electrónica Vial es la apuesta de innovación de la Dirección General de Tráfico para facilitar la gestión de multas a los ciudadanos. Tanto si eres una empresa como un conductor, existen cuestiones que debes tener en cuenta. Te ayudamos a resolverlas a continuación:

Dirección Electrónica Vial_Miratusmultas

1. ¿Qué la Dirección Electrónica Vial – DEV?

La DEV o Dirección Electrónica Vial es el sistema de notificación creado para sustituir la dirección de nuestro domicilio, por una dirección de correo electrónico. Así, las Administraciones con competencias en Tráfico dejarán de remitirnos notificaciones en papel y pasarán a enviárnoslas a nuestro correo electrónico o teléfono móvil.

2. ¿Qué tipo de notificaciones recibiré por la DEV?

Por la Dirección Electrónica Vial recibiremos todas las notificaciones y avisos relacionados con nuestro carné de conducir y vehículos de los que seamos titulares: notificaciones de procedimientos sancionadores, cuándo caduca el permiso de conducir, la ITV del vehículo, o, el seguro.

3. ¿Es obligatorio estar dado de alta en la DEV?

Si eres una persona física (conductor particular) no es obligatorio, sino completamente voluntario. En el caso de las personas jurídicas (empresas), si es obligatorio, por ser propietarios de vehículos o porque matriculen nuevos vehículos.

4. ¿Cómo me doy de alta en la DEV? ¿Es gratis?

Efectivamente, la suscripción y el registro en la Dirección Electrónica Vial son completamente gratuitos y puedes darte de alta de la siguiente forma:

  1. Entra en la web de la DGT: www.dgt.es
  2. Selecciona ir a la Sede electrónica
  3. Selecciona Dirección Electrónica Vial desde el menú o en las diferentes opciones que aparecen en pantalla.
  4. Selecciona Suscribirse a DEV y en la misma página, Cómo darse de alta en la DEV.
  5. Rellena el formulario, indicando el correo electrónico y tu número de teléfono móvil.

5. ¿Qué necesito para estar dado de alta en la DEV?

Recuerda que es necesario que tengas tu DNI electrónico, si te quieres registrar como conductor, o bien, certificado digital, si lo haces como empresa.

A parte de lo anterior, ten en cuenta los siguientes requisitos técnicos:

– Disponer de un ordenador con Windows (2000, XP, Vista, 7) o Linux como sistemas operativo:

– Tener como navegador en internet: Internet Explorer (versiones 6.0, 7.0 y 8.0) o Mozilla Firefox (versiones 2.X o superior).

– Acrobat Reader para leer los documentos adjuntos a los mensajes.

– Disponer de permisos en tu ordenador para instalar y ejecutar un componente de firma electrónica.

6. ¿Cómo funciona la DEV cuando ya estoy registrado?

Cuando tengas activa tu DEV, así será el proceso de notificación de una multa:

  1. La DGT te enviará una notificación a tu teléfono móvil y correo electrónico.
  2. A partir de ese momento dispondrás de 10 días para decidir si aceptas o rechazas la notificación, sistema parecido con las notificaciones en papel.
  3. Si eliges la opción “Leer” y ves el contenido del documento, puedes decidir qué gestión hacer: identificar al conductor, pagar o recurrir la sanción.
  4. Si decides rechazar la notificación, ésta se dará por hecha y el procedimiento sancionador continuará.
  5. Si por el contrario, ni lees ni rechazas la notificación, esto es, no la abres en el plazo de 10 días, que mencionamos en el punto 2, la notificación se entenderá como realizada y el procedimiento sancionador continuará.

7. ¿Qué ventajas tiene estar dado de alta en la Dirección Electrónica Vial?

Con este domicilio electrónico la Administración te provee de nuevas aplicaciones informáticas que te faciliten las gestiones en lo que a materia de tráfico y sanciones se refiere, así:

  1. Estarás mejor informado, no sólo de las multas que tengas, sino de otros servicios como conocer tu saldo de puntos, que te avisen de cuando caduca tu permiso de conducir, de la ITV o del seguro y otros, relacionados con tu vehículo.
  2. Evitarás sorpresas por multas que desconocías porque no te han llegado a tu domicilio por correo, y que te podrían restar puntos del carné.
  3. Por lo tanto, también evitarás la vía ejecutiva, la cual haría que Hacienda te cobrase las multas con recargo en el importe.
  4. Ahorrarás tiempo en desplazamientos, ya que podrás hacer las mismas gestiones de identificar, pagar o recurrir de forma más sencilla a través de Internet.

Si necesitas más información, recuerda que dispones de una temática específica sobre multas en este blog o en el espacio de preguntas frecuentes de Miratusmultas.com, seguro que te pueden ayudar.