El carnet de conducir tiene un periodo de vigencia, dependiendo del tipo de permiso del que se trate, y tras el que debemos realizar los trámites de renovación para poder conducir.
En este artículo repasaremos la información que necesitamos saber para renovar nuestro carnet de conducir, cuándo y dónde tramitarlo y la documentación que debemos aportar.
Periodos de vigencia según el tipo de permiso.
El permiso de la clase B es el que poseen los conductores en España en su gran mayoría. Si tienes este carnet debes proceder a su renovación cada 10 años, hasta los 65 años y, a partir de esta edad, cada 5 años.
En el caso de los permisos de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E, el periodo de vigencia es de 5 años, hasta los 65 años del conductor y, a partir de esta edad, este periodo se acorta a 3 años.
¿Cuándo perdemos la vigencia del carnet de conducir?
La vigencia del carnet es igual al periodo de validez, por lo que, si no hemos renovado el carnet antes del final de este periodo, nuestro permiso no estará vigente y la situación equivaldría a conducir sin carnet.
Otra forma de pérdida de vigencia es cuando perdemos todos los puntos del carnet.
Impedimentos en la renovación del carnet.
No podrás renovar el carnet si te encuentras en uno de estos dos casos:
- Privación por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
- Intervención, medida cautelar o suspensión del permiso o licencia, tanto se hayan acordado en vía judicial como administrativa.
¿Tengo que esperar a que se caduque el carnet para renovarlo?
No hace falta esperar a que se termine la vigencia del carnet para renovarlo, pues su pérdida de vigencia implica que no podemos conducir. No te multarán por tener el carnet caducado, pero sí por conducir con él caducado (200 € de sanción).
Puedes renovar tu carnet o licencia hasta 3 meses antes de la fecha de validez.
Soy extranjero y resido en España, ¿Cómo puedo renovar mi carnet?
Siempre que tengas un permiso de conducir expedido por un país de la Unión Europea, éste estará reconocido en toda la zona siempre que esté en vigencia, tengas edad para conducir, según la categoría del vehículo, y que no haya sido suspendido o revocado por el país de expedición.
Sin embargo, los permisos internacionales, provisionales o cualquier otro certificado, emitidos por tu país de origen, pueden no estar reconocidos en otros países de la UE, al ser expedidos solo en algunos países.
Si el permiso tiene una vigencia indefinida o superior a 15 años, deberás renovarlo, siempre y cuando tu residencia legal en España sea de 2 o más años (Directiva 2016/126/CE). Si este es tu caso, te recomendamos este artículo en el que hablamos sobre la renovación de un permiso europeo.
Dónde realizar la renovación del carnet y qué documentación debes aportar.
Podrás realizar el trámite en un Centro de Reconocimiento de Conductores o en una Jefatura de Tráfico, para este último recuerda que deberás solicitar cita previa.
Renovación en Centro Médico:
- Acreditación de identidad y residencia: Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
- Exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud Psicofísica.
- Pago de TASA IV.3: 23,50€
- Fotografía actualizada de 32 x 26 mm en color (el centro realiza la foto).
Renovación en una Jefatura de Tráfico:
- Solicitud oficial. Descargar
- Pago de TASA IV.3: 23,50€
- Informe de Aptitud Psicofísica telemático comunicado al Registro de Conductores realizado por un Centro de Reconocimiento de Conductores.
- Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
- Fotografía de 32 x26 mm en color.
- Talón-foto, firmado. Se obtiene en cualquier Jefatura Provincial o Local de Tráfico.
Renovación desde el extranjero:
Es recomendable que las solicitudes se cursen de través de las representaciones diplomáticas o consulares, pero pueden hacerse remitiendo la siguiente documentación a una Jefatura Provincial u Oficina Local de Tráfico:
- Talón-foto cumplimentado y firmado, con una fotografía.
- Informe de aptitud psicofísica expedido por un médico del país donde se encuentre el interesado y visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en dicho país con una fotografía reciente del solicitante.
- Copia del resguardo del pago de la TASA IV.3: 23,50€ (Más información)
Esperamos que este artículo aclare tus dudas relacionadas con este trámite. La última recomendación que te haremos es que no apures el plazo de caducidad de tu carnet, pues como hemos visto, conducir con el carnet caducado es una infracción por la que te pueden sancionar.
Fuentes:
– Dirección General de Tráfico: Renovación del Permiso y Licencia de conducción.
– Web Oficial de la Unión Europea: Reconocimiento y validez del permiso de conducir.