Cuando estamos decididos a recurrir una multa de tráfico, muchas veces se nos olvida que para realizar unas buenas alegaciones no solo basta nuestra oposición, si no que debemos apoyarnos en pruebas fehacientes que las sustenten, pues, en el caso del derecho administrativo sancionador, la carga de la prueba recae sobre el denunciado.
Ante esta decisión, un profesional durante su asesoramiento, inmediatamente te hará la siguiente pregunta: “¿Dispones de alguna prueba documental fehaciente en contrario?”.
El significado y las razones de esta pregunta los veremos a continuación.