Preguntas frecuentes sobre multas

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Lo que debes saber sobre las multas: infracciones notificaciones plazos y boletines oficiales.



  • ¿Cómo puedo saber si tengo una multa?

    En miratusmultas.com te ofrecemos una forma sencilla y gratuita de saber si te han puesto una multa: un buscador de multas en el que únicamente debes introducir la matrícula de tu vehículo para saber si tienes alguna multa, éste buscará en los boletines y TESTRA y te ofrecerá en segundos los resultados de los últimos 30 días.

    Empieza a utilizarlo ya y crea una alerta gratuita para que cuando encontremos alguna sanción sobre tu coche, te avisemos: Buscador de multas

  • ¿Qué tipos de infracciones existen?

    Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, según esta clasificación los importes de cada una de ellas varían:

    • Las infracciones leves están sancionadas con multas entre 0 a 91€.
    • Las infracciones graves están sancionadas con multas entre 92 y 301.
    • Las infracciones muy graves están sancionadas con multas entre 302 y 1500€.

    Excepciones:

    Incumplimiento de la obligación de identificar: se sancionaría con el doble previsto para la infracción original que la motivó, si es infracción leve; y, el triple, si es infracción grave o muy grave.

    Infracciones sancionadas con multas de hasta 6000€: conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar u otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

  • ¿Me puede denunciar alguien más a parte de un agente de Policía Local o de la Guardia Civil?

    Así es, cada uno dentro de su zona de actuación, pero reglamentariamente encontramos tres tipos de denunciantes:

    • Agentes de la Autoridad: representantes Guardia Civil o de la Alcaldía correspondiente (Policía Local), los Mossos de Escuadra en Cataluña, y la Ertzaintza en el País Vasco, tienen las competencias de tráfico delegadas y autoridad para sancionarnos.

    • Agentes de la movilidad:En principio no puede sancionar solo dirigir la circulación, pero en la práctica lo hacen en muchos ayuntamientos.

    • Agentes de vigilancia de estacionamiento (la Zona Azul, ORA):actúan como denunciantes voluntarios, por lo tanto no están en la posesión de la presunción de veracidad como en el caso anterior. Lo cual significa, que no debe prevalecer su afirmación frente al denunciado, y que han de ser ellos quienes prueben que las infracciones se cometieron realmente.

    • Ciudadano Particular: de forma voluntaria cualquier ciudadano que observe una infracción puede denunciarla, verbalmente a los agentes de vigilancia del tráfico más próximos al lugar de la infracción, o por escrito dirigido a la Jefatura de Tráfico o a la Alcaldía del mismo lugar. En este caso, correspondería al particular probar los hechos que denuncia; en cambio, al denunciado le bastaría con negar la infracción de la que se le acusa.

  • ¿Un boletín de denuncia es igual a una notificación que llega por correo postal?

    El boletín de denuncia, en caso de que se pare al vehículo y se entregue al conductor, puede servir como notificación. Además, debe contener todos los datos que se detallan a continuación e indicar el importe de la sanción:

    - Identificación del vehículo y del conductor.
    - Descripción del hecho infractor.
    - Lugar, fecha y hora.
    - La negativa del denunciado a firmar, si se da el caso.
    - Identificación del denunciante: número de identificación en el caso de Agentes de la Autoridad y datos personales, en el caso de que le denunciante sea un particular.

    Si la denuncia no se entrega en mano al conductor, no puede considerarse notificación, en ese caso la Jefatura de Tráfico o la Alcaldía correspondiente, deberá intentar hacérnosla llegar por los medios legales permitidos y tener constancia de su recepción.

  • ¿He cometido una infracción, cuánto tiempo puede tardar en llegar la notificación de la multa?

    Desde el instante en que hayamos cometido la infracción, siempre y cuando no nos hayan entregado la multa en mano, la Administración va a disponer de un plazo de tres meses a un año (dependiendo de la infracción) para notificarnos, momento en el cual empezaría el procedimiento para sancionarnos.

    Para las infracciones leves, el plazo será de tres meses; para las infracciones graves y muy graves, de seis meses.

  • ¿A través de qué medios me pueden notificar de una multa?

    Las Administraciones con competencias sancionadoras notificarán de las multas que no se entreguen en el acto en la DEV - Dirección Electrónica Vial. En el caso de que el denunciado no la tuviese activa, la notificación se efectuará en el domicilio indicado para el procedimiento, o en su defecto, en el domicilio que figure en los registros de la DGT.

    Si tampoco fuera posible la entrega en nuestro domicilio, se rechazase la notificación o el interesado fuese desconocido en él (información que constará en el expediente), se dará por cumplido el trámite de notificación, y la sanción se publicará en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), continuando así el procedimiento.

    En el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) se publicarán todas las notificaciones que no puedan efectuarse en la Dirección Electrónica Vial o en el domicilio indicado del conductor. Transcurrido un período de veinte días naturales, desde que la notificación se hubiese publicado en el TESTRA, se entenderá que ésta ha sido practicada, cumpliendo dicho trámite y continuándose con el procedimiento.

    Hay que recordar que los organismos que no utilicen los sistemas de notificación anteriores seguirán utilizando el proceso habitual, esto es mediante notificación por correo certificado. En el caso de no poder realizarse este tipo de notificación, es cuando se publicaría en los Boletines Provinciales.

  • ¿Cuándo empieza el plazo para identificar al conductor infractor de una multa?

    Los plazos vienen indicados en cada sanción, ya que dependen de cada Organismo que emite la multa, por regla general nos encontramos con plazos de 20 días naturales o hábiles.

    En el caso de empresas, el plazo comienza el día que se reciben la sanción a nombre de la empresa, entre 15 ó 20 días naturales o hábiles según el Organismo que emita la multa). De la misma forma, la información relacionada con los plazos la podemos encontrar en cada sanción.

  • ¿Se puede pagar la multa en lugar de identificar al conductor?

    Hay algunas sanciones que ofrecen las dos opciones (pagar o identificar), pero en otros casos es obligatorio identificar porque viene indicado en el texto de la sanción. Nuestra recomendación es siempre identificar para evitar incumplimientos.
  • ¿Qué sanciones se publican en el TESTRA?

    Las sanciones que se publicarán en este Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico son aquellas correspondientes a notificaciones que no puedan efectuarse en la Dirección Electrónica Vial – DEV (O en sus equivalentes del Servei Català de Trànsit y Gobierno Vasco) o en el domicilio indicado del denunciado.
  • ¿Qué organismos me pueden enviar multas por la DEV?

    Pueden notificarnos de una sanción, mediante la DEV, la Dirección General de Tráfico, así como el resto de organismos de diferentes Administraciones competentes en materia de tráfico, es decir, Ayuntamientos y Diputaciones. En este enlace puedes ver el listado de Ayuntamientos y Diputaciones que tiene disponible las notificaciones a través de la DEV.

    Los organismos que no aparezcan en el listado seguirán notificando por correo postal.
  • ¿Qué sanciones se pueden recibir por la DEV?

    Se notificará a conductores, propietarios de vehículos y otros agentes interesados, comunicaciones fehacientes relacionadas con expedientes sancionadores, avisos de caducidad de permisos o de tarjetas de Inspección Técnica de Vehículos, entre otros procedimientos relativos a tráfico y seguridad vial.
  • ¿Quién puede acceder a la DEV?

    Solamente el empleado autorizado por la empresa podrá acceder a la información relacionada con las sanciones publicadas en la DEV. En nuestro caso, únicamente podríamos acceder a dicha información mediante apoderamiento expreso por la empresa. A falta de la creación de una figura de “Apoderado” podemos gestionar estas sanciones con el certificado de firma digital de la empresa.
  • ¿Cuándo se inician los plazos de identificación, pago, alegaciones, etc., en las sanciones que publicadas en la DEV?

    Una vez que se publican la sanción, se cuenta con 10 días naturales para la lectura de la misma. La fecha de acceso o lectura es la que cuenta como fecha de notificación y a partir de la cual empiezan a contar los días de plazo. En el caso de no acceder en este plazo de 10 días, la sanción constará como rechazada y no se podrá tramitar.
  • ¿Qué es el TESTRA?

    TESTRA significa Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico y sustituye a los Boletines Oficiales de la Provincia. Solamente existe en Internet y es una página web donde se publican las notificaciones de multas que no han podido ser entregadas en tu domicilio. De la misma forma, tienes 20 días para gestionarla antes de que vaya a la vía ejecutiva, esto es, desde que la notificación se hubiese publicado en el TESTRA, se entenderá que ésta ha sido practicada, cumpliendo dicho trámite y continuándose con el procedimiento.

  • ¿Cómo puedo utilizar el TESTRA?

    Puedes consultarlo de la siguiente forma:

    1. Entra en la página web de DGT: www.dgt.es
    2. Haz clic en el banner de Sede Electrónica
    3. Elige la opción TESTRA desde “Más Info”
    4. Haz clic en la opción: ¿Cómo se consulta TESTRA? Y allí en la opción “Consultar Tablón Edictal”
    5. Accederás a la búsqueda, introduciendo la matrícula del vehículo, tu DNI o el nº de expediente.
    6. Finalmente, aparecerá un listado con los resultados de tu búsqueda y podrás conocer qué Administración te ha remitido una notificación y así podrás dirigirte a ella.

    Otra forma en la que puedes hacer una búsqueda de multas es utilizando nuestro “Buscador de Multas”, únicamente es necesario el número de la matrícula del vehículo: Buscar multas

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