¿He cometido una infracción, cuánto tiempo puede tardar en llegar la notificación de la multa?

Desde el instante en que hayamos cometido la infracción, siempre y cuando no nos hayan entregado la multa en mano, la Administración va a disponer de un plazo de tres meses a un año (dependiendo de la infracción) para notificarnos, momento en el cual empezaría el procedimiento para sancionarnos. Para las infracciones leves, el plazo será de tres meses; para las infracciones graves y muy graves, de seis meses.

Y recuerda, si quieres saber si tienes alguna multa entra en la página de inicio de Miratusmultas.com, allí dispones de un buscador de multas en el que únicamente debes introducir la matrícula de tu vehículo para saber si tienes alguna multa. Pincha en este enlace para utilizar nuestro Buscador de multas.

333 comentarios en “¿He cometido una infracción, cuánto tiempo puede tardar en llegar la notificación de la multa?

  1. Jordi

    Hola, tengo una empresa y cometimos el error por desconocimiento de pegar fyers en el mobiliario urbano de Barcelona, esto fue a primeros del mes de marzo del año 2013, y ahora nos han llegado las multas por correo certificado a finales del mes de febrero del 2014, 11 meses de retraso, hay alguna posibilidad de reclamar esas multas ?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Jordi:

      Si habéis recibido la multa, en el propio documento que habéis recibido os indicarán que se abre un procedimiento sancionador común, en base a alguna ordenanza o reglamento de la ciudad que hayáis vulnerado por vuestra acción, es decir las razones por la que os multas. De la misma forma que en dicho documento os deben indicar el procedimiento de recurso y los plazos.

      Aunque esta no es una consulta relacionada con multas de tráfico, esperamos haberos ayudado un poco.

      Un saludo.

      Responder
      1. Carla

        Hola. El 23 de noviembre de 2016 me pusieron una multa de 80€ por aparcar en línea amarilla. Hoy 23 de enero de 2017 me ha llegado una carta del ayuntamiento que la multa no era de 80 sino de 200€ y que tenía pagados 40€ y me faltaban 60 por qué me dejaban pagarla reducida. He subido al ayuntamiento y me han dicho que es asi. Que desde que me ponen la multa (aunque yo La Haya pagado) hasta que la miran en el ayuntamiento hay un procedimiento de que eligen si es de 80€ la multa o de 200€. Esto es legal? Es posible que sea así? Estoy flipando un poco la verdad. He mirado las leyes que ellos me han dicho y no pone nada.

        Un saludo.

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Carla:

          En contestación a tu consulta, debemos indicarte que, en base a la legislación actual Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la instrucción del procedimiento sancionador en materia de Tráfico puede aplicar el siguiente precepto:

          Artículo 109 Revocación de actos y rectificación de errores

          1. Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

          2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

          Puede ser este hecho una de las causas que, a consideración de la instrucción, en la calificación de la infracción impuesta, prevaleciera otro hecho infractor de mayor gravedad.

          No obstante, al respecto te indicaremos, que la sanción impuesta en primer lugar debe hacer alusión al precepto 171 del Reglamento General de Circulación “No respetar la indicación de una marca vial amarilla”, la cual está sancionada con la cuantía aludida de 80 euros.

          A nuestro criterio profesional, para la imposición de la sanción por estacionamiento grave, el mismo debe estar amparado en algunas de las causas que establece el precepto 91.2 del Reglamento General de Circulación, el cual deberá ser fundamentado en este caso por la Instrucción.

          Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda, en caso de cualquier actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento Legal en Miratusmultas.com

          Un saludo.

          Responder
        2. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Carla:

          En respuesta a tu consulta, debemos indicarte que, en base a la legislación actual Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la instrucción del procedimiento sancionador en materia de Tráfico puede aplicar el siguiente precepto:

          Artículo 109 Revocación de actos y rectificación de errores

          Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

          Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

          Puede ser ésta una de las causas que, a consideración de la instrucción, se ha incrementado la calificación de la infracción impuesta, pues es cierto que esta infracción está sancionada con un importe de 500€, que debió confundir el agente en el momento de realizar el boletín.

          Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

          Un saludo.

          Responder
    2. Francisco

      Buenas, estoy casi seguro que un radar me puso una multa he mirado en un montón de buscadores de multas y me sale que no tengo multas, aún no me ha llegado nada a casa y quiero quitarmela cuanto antes vaya a ser que me llegue dentro de 6 meses y ya no me hagan el descuento. Podría ir a la dgt y pagar allí directamente. El radar me cogió hace 2 semanas solo. Me gustaría que resolviera mis dudas gracias de antemano.

      Responder
      1. MTM - Miratusmultas Autor

        Hola Francisco:

        Has hecho bien en utilizar buscadores para rastrear la supuesta, ya que en ellos aparecerán las notificaciones de multas que no se hayan podido realizar en el domicilio del denunciado, en el que conste en tráfico a efectos de notificaciones relacionado con el vehículo infractor. Pero quizás, dos semanas, sea poco tiempo para que se haya gestionado por parte de la DGT.

        Nuestra recomendación es que, si tu dirección está bien actualizada en tráfico, esperes a que la supuesta multa te sea notificada, ya que sin ella no podrás saber si efectivamente te han multado, por qué motivo y a cuánto asciende la sanción.

        En relación con el plazo de notificación de 6 meses, efectivamente, es el plazo que tiene la administración para notificarte la multas, y una vez que se haya realizado, se te concederá 20 días para que puedas pagarla con descuento. Por lo que no debes preocuparte por el plazo.

        Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

        Un saludo.

        Responder
  2. Joey

    Hola. Vereis, hace unos dias me pusieron una multa de alcoholemia dando 0,57 y me entregaron la receta en el momento sin firmar nada. Creo si no me equivoco que si pago antes de 20 dias me aplican el descuento y se me quedaria en 250 euros y 6 puntos. Lo que os queria preguntar es cuanto tarda en llegar la multa a casa?. La voy a pagar ya, si la pago ya no llega?. Estoy preocupado por si se entera mi novia y tal. Gracias de antemano.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Joey:

      Al entregarte la multa en la mano debes darte por notificado de la sanción, esa es ya la multa. Por lo tanto, puedes pagarla ya y aprovechar el descuento del 50%.

      Ante la pérdida de puntos ya sabes que no se puede hacer nada, pero sí te pueden llegar notificaciones sobre este tema a tu domicilio. Si no quieres que «nadie se entere», puedes enviar un escrito al organismo indicando un cambio de dirección y que te envíen comunicaciones a aquélla.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
      1. Aitor

        Buenas, me han multado por exceso de velocidad y me han quitado 2 puntos y llevo un año y pico con el carne, por lo tanto tengo 8 puntos menos 2 son 6, pero no quiero que se enteren mis padres, me llegará una notificación a casa?
        Gracias.

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Aitor:

          Efectivamente, puede llegarte una notificación a tu domicilio en el que te indiquen que se ha hecho efectiva la detracción de puntos en tu carnet.

          Esperamos haber resuelto tu duda.

          Un saludo.

          Responder
      2. Unai

        Hola buenas:
        Se ha puesto conmigo un supuesto agente mediante wallapop comunicandome que tengo una multa por exceso de velocidad de noviembre 9 meses más tarde además de decirme que existe una queja sobre mi scooter por llevar a dos personas cuando aun no tenía 18 años, ¿puede suceder esto? Que se me comunique la situación 9 meses más tarde. Un saludo y gracias

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Unai:

          No te preocupes porque debe tratarse de alguna broma, ni esta app ni ninguna otra forman parte del conjunto de herramientas disponibles que tiene la Administración para comunicarnos una multa. Así que puedes desentenderte de ese tema y del de la moto.

          Otro de de nuestros artículos, en el que hablamos de cómo saber si nos han multado, te puede servir para otra ocasión: ¿Cómo saber si tengo una multa de tráfico?

          Finalmente, si bien es cierto que te hemos dicho que te despreocupes porque no pueden notificarte una multa por una app, sí te recomendamos que tengas cuidado ya que podría tratarse de una estafa. Sospecha si te exigen algún pago por la supuesta multa y denuncia la situación.

          Esperamos haberte ayudado.

          Un saludo.

          Responder
  3. mike

    Muy buenas,he aparcao el coche en un sitio prohibido y que perjudicaba el trafico aunque levemente al salir la policia municipal estaba tomando la nota a la matricula yo le e intentao convencer de la situacion,pero nada,el policia no me a dao ninguna notificacion por escrita¿he de entender que no me ha multao?teniendo en cuenta que estaban controlando el trafico¿pueden multarme sin notificacion?y si es asi ¿cuanto tardarian en notificarmelo?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Mike:

      Existe obligación, salvo causa justificada, de notificar la infracción en mano. En tu caso es absolutamente obligatorio, ya que no hay justificación posible a no entregar la notificación si incluso se ha mantenido una conversación, siempre y cuando hablemos de agentes de la autoridad.

      Si hablamos de agentes de movilidad, agentes de control de estacionamiento, no pueden entregar la notificación en mano, porque la entrega implica incoación o inicio del procedimiento sancionador, y no tienen potestad para hacerlo, pues sus denuncias tienen la consideración de denuncias voluntarias (como cuando cualquier ciudadano observa la comisión de un delito o una infracción y lo pone en conocimiento de una autoridad). En este caso podríamos hablar de una posible laguna legal recurrible.

      En ambos casos, hasta no recibir una notificación, no lo podemos saber.

      Un saludo.

      Responder
  4. María

    buenas tardes,
    El lunes pasado, pasé por al lado de un coche de la Guardia Civil, era de noche, yo iba a más velocidad de la permitida eso es cierto, pero el coche apenas se veía, lo vi a mi misma altura ya que si lo veo antes hubiese frenado pero no fue así, y bueno me gustaría saber como puedo enterarme si he sido o no multada, ya que no me pararon, ni observé ningún flash ni nada pero tiene toda la pinta que sí y no me gustaría que se me pasara el plazo.
    Un saludo y gracias!!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola María:

      Es imposible saber si te han multado o no hasta que te llegue una notificación al domicilio. En principio si no te pararon, al existir obligación de entregar la infracción en mano, salvo causa que lo justifique, puede que no te hayan multado.

      No obstante, si te llega una notificación, la misma debe reflejar el motivo por el cual no fue entregada en mano; y si es de velocidad, debe de ir acompañada de la correspondiente fotografía de radar.

      Un saludo

      Responder
  5. Joaquin

    Hola muy buenas, ami me paso que estaban ellos repostando en una gasolinera y salí con el coche haciendo ruedas, de seguida me salte un stop con el coche de lado , mi primo estaba en la gasolinera y escucho decirle el compañero al otro : ¿le as cogido la matricula? y el otro mirando algo en la maquina que llevan. Eso fue en Enero y aun no me a llegado nada. ¿Sabes si me va a llegar la multa ? o ¿si están en duda al coger la matricula no la ponen?. gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Joaquín:

      El organismo dispone de un plazo de 3 meses en caso de infracciones leves, y de 6 meses, en caso de graves o muy graves, para notificar la infracción, ya que en caso contrario prescribe la acción.

      Si en esos plazos no recibes nada, puedes estar tranquilo (siempre y cuando tu dirección actual sea la misma que existe en el registro de conductores de tráfico).

      Un saludo.

      Responder
      1. Laura

        Hola! Una pregunta, debo esperar 3 meses a que se me notifique una multa de un radar por exceso de velocidad o mirando lo de miratusmultas, al ser notificado por la DGT, puedo ver si me han puesto alguna? Gracias

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Laura:

          Empezaremos aclarando que las multas de velocidad tienen categoría de grave y muy grave, por lo que pueden ser notificadas en un plazo máximo de 6 meses.

          Por otro lado, nuestro buscador de multas, al igual que otros, te permiten saber si tienes multas publicadas en un boletín (BOP, TESTRA o TEU), es decir de aquellas multas que no te han sido notificadas en tu domicilio, por encontrarte ausente o desconocido en la dirección que figura para tráfico, por ejemplo.

          Es decir que no debes tomarla como la fuente principal para saber si tienes una multa, es una vía complementaria. Lo normal es que te la den en mano porque te detiene un agente, o en el caso de las de radar, por ejemplo, que te lleguen posteriormente a tu domicilio.

          Puedes leer más sobre este tema en: ¿Cómo saber si tengo una multa de tráfico?

          Esperamos haberte ayudado.

          Un saludo.

          Responder
  6. Victor

    Hola, hace unos día iba por la M-40 a 120km/h, cuando la vía es de 100,de repente me adelantó un coche de la guardia civil y se puso delante mía y al poco encendió las luces,yo me cambie rápidamente al carril derecho y él también. El vehículo de la guardia civil fue reduciendo la velocidad(con la luces aún encendidas) y yo detrás también hasta bajar a 70km/h durante un recorrido de 2 km mas o menos. Como vi que no me paraban entonces decidí adelantarlos con tranquilidad y me puse delante de ellos y en cuanto me puse delante apagaron las luces inmediatamente.Poco a poco los dejé atrás. Mi pregunta es: ¿pueden sancionarme por hacer caso omiso a las señal luminosa? la verdad que me puse muy nervioso y no supe si las señales iban dirigidas hacia a mi.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Víctor:

      En principio, los agentes tienen la obligación de entregar las notificaciones en mano. Por lo que si no lo hicieron, lo que se deduce es que no te han sancionado.

      Ten en cuenta también que dependiendo de la gravedad de la infracción, el plazo máximo de notificación es de 6 meses, por ejemplo, en el caso de una infracción tipificada como Muy Grave. Es decir que si no recibes nada en este plazo de tiempo, es que probablemente no te han multado y siempre que tengas tu dirección actualizada en Tráfico.

      No obstante, si recibes algún documento relacionado con este asunto, remítenos la consulta nuevamente por este medio.

      Un saludo.

      Responder
  7. Roberto

    Hola el otro iba por una carretera secundaria con mucha distancia de visibilidad en ambos sentidos había un accidente,dos operarios dirigiendo el tráfico en mi sentido y un guarda civil en el otro sentido después de pasar el accidente que estaba por mi carril al ir llegando 500 metro. El operario movía los brazos de arriba abajo yo iba rápido. Empece a frenar y el seguía moviendo los brazos aún quedaba distancia yo iba en segunda creo que iba muy rápido para la situación ahora que lo pienso y el movía cada vez más rápido los brazos me acercaba a el y seguía moviendo los brazos rápido y gesticulando yo me puse nervioso no sabía que hacer. Puse el intermitente y los pase así llegar al guarda me diio el alto y me dijo que respetará las indicaciones o las normas yo estaba muy nervioso y le dije al policia que no podía ir más despacio. Me dijo que circulará cuando me iba lo vi tomando la matrícula

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Roberto:

      La infracción que nos comentas, si se cometió, debería haber sido entregada en mano. Pero eso no quiere decir que si no se hizo en ese momento no te vaya a llegar nada, ya que con la nueva reforma de la Ley de Tráfico se ha añadido una circunstancia a los motivos para no entregar en mano la notificación:

      Artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial

      d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

      Este motivo añadido es una especie de cajón de sastre en la ley, para evitar lo recursos por falta de notificación en mano, y por lo que nos indicas, puede que en su caso se vaya a utilizar. No obstante, si recibes una notificación, la misma deberá indicar un motivo por el cual no se entregó en mano.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
      1. Roberto

        Gracias, pero quería saber si es un delito por conducción temeraria o una multa grave por ignorar las señales de los operarios. Muchas gracias

        Responder
  8. Merche

    Hola! Tengo una pregunta.
    Hacia mucho que no cogia mi coche, lo cogi unos días antes para pasar la ITV y luego para hacer un viaje.
    El caso es que hace unos días lo volví a coger y el velocímetro no va bien. Hasta el punto por ejemplo que hoy no funciona. Y ahora tengo la duda de si el otro día no marcaría bien la velocidad y me han podido poner una multa.
    Si me ponen una multa o varias puedo recurrir por eso? Estoy un poco preocupada. Nunca me han puesto una multa.
    Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Merche:

      Lo primero que debemos hacer es esperar a que llegue la multa, si has infringido el límite de velocidad llegará, si no, no. Ante esto, te recomendamos que compruebes que los datos de tu dirección que constan en tráfico están actualizados, si no es así puedes consultar el TESTRA con periodicidad o bien utilizar herramientas de alertas de multas como la nuestra: Buscador y Alerta de Multas (con la matrícula y tu email es suficiente para mantenerte informada de una publicación).

      Si llega o localizamos una infracción, será el momento de analizar el contenido. Recuerda que es obligación del titular el mantenimiento del estado del vehículo; no obstante, es relativamente sencillo que un profesional acredite un mal funcionamiento del velocímetro, inclinándonos más por indicar que «funciona incorrectamente» más que decir que «no funciona».

      Lo normal es que si alega un motivo de esta tipología el organismo lo desestime, ya que una infracción por velocidad nace de una prueba muy contundente, una medición con cinemómetro (radar). Sin embargo, puede ser un motivo de oposición válido a nivel judicial. Dependiendo de la cuantía, pérdida o no de puntos de la infracción, si se produce la notificación, podría ser interesante plantearse la vía judicial.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  9. paco

    hola
    cuanto tiempo tardan en descontar los puntos de una multa de trafico por alcoholemia,
    me multaron el dia 11/05/2014
    y en trafico sigo teniendo los 15 puntos y en un buscador de multas segun mi matricula no tengo multas pendientes
    un saludo.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Paco:

      Mientras la denuncia no sea firme no se descuentan los puntos. Al tratarse de una infracción grave con pérdida de puntos se tramita por el procedimiento ordinario, por lo que se alarga más en el tiempo hasta que se notifica la resolución sancionadora.

      El organismo dispone de un año para notificar la resolución, desde el día que se cometió la infracción. Una vez que es firme, el plazo depende de cada jefatura, pero es rápido.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  10. Carlos

    Hola,
    hace unos días invadí el sentido contrario unos 10 metros para girar a la izquierda en la calle siguiente, ya que delante mía había mucho tráfico y tenía prisa. La mala suerte es que cuando iba en dirección contraria apareció delante un coche con cámara, el llamado ‘denunciator’, e hice el giro a la izquierda delante de él. Tengo entendido que ese coche sólo pone multas a los vehículos mal estacionados pero estoy preocupado por si me han grabado y me van a enviar alguna notificación.
    Gracias de antemano.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Carlos:

      No puedes saber si has sido denunciado hasta que te sea notificado en tu domicilio (o notificado en mano).

      No vemos claro que las circunstancias descritas puedan verse reflejadas en una fotografía. No obstante, el conductor del vehículo debe de ser una agente de la autoridad, por lo que cuenta con presunción de veracidad, y puede incoar o iniciar un procedimiento sancionador con la mera observancia de los hechos. Pero en ese caso, debería haberte parado y entregado el boletín de denuncia o, en su defecto, indicar un motivo de los señalados en la ley para no hacerlo: Notificación de denuncia en el acto.

      Pero todo es adelantar acontecimientos hasta que te notifiquen.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  11. alberto

    Hola buenas.
    El dia 21 me pusieron una multa por llevar un porro encima y queria saber cuanto tarda en enviarme la multa a casa ???
    Muchas gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alberto:

      En este caso se trata de una multa por una infracción de la Ley de Seguridad ciudadana. Por lo que te llegará una sanción emitida desde la Subdelegación de Gobierno en los próximos meses, teniendo en cuenta que prescriben a los tres meses, al año, o a los dos años de haberse cometido, según sean leves, graves o muy graves, respectivamente.

      No podemos ayudarte más Alberto, ya que en Miratusmultas.com estamos especializados en multas de tráfico.

      Un saludo.

      Responder
  12. jonatan1610

    Hace 2 semanas me tras hacerme una foto por exceso de velocidad me hicieron parar mas adelante y me multaron por eso y por el cinturon… me gustaria saber si el descuento del 50% es de 20 dias a partir de q me pararon para entregarme la multa o a partir de q me llegue a casa… yo no firme nada pero me tomaron datos y me dieron la denuncia… gracias x adelantado

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Jonatan:

      El boletín de denuncia que te han entregado tiene valor de notificación, indistintamente de haberlo firmado o no.

      Efectivamente, a partir del día siguiente de esa notificación tienes 20 días naturales para realizar el pago con descuento.

      Un saludo.

      Responder
  13. Alberto

    Hola, el viernes 4 de Julio me pusieron una multa porque adelante a un coche de la secreta pisando unos pocos metros de linea continua, ese coche llevaba un radar oculto y no se si iba más rápido de lo permitido, ¿cómo puedo saber si me ha cazado el radar? al haberme parado, ¿no me tendrían que haber notificado la multa por velocidad también?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alberto:

      De tus palabras entendemos que te han entregado un boletín por pisar la raya continua, pero que te informaron de que te llegará una notificación por exceso de velocidad.

      Si es así, el recurso es posible, ya que deberían haberte hecho entrega de la notificación en ese mismo acto, no habiendo justificación para no hacerlo; por lo que si te notifican de ello finalmente, puedes presentar un recurso.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  14. Miguel

    El otro dia iba conduciendo y vi el elicptero de trafico y saque la mano y los salude se me pusieron delante. Se considera infraccion saludarles?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Miguel:

      Cualquier acción que influya en la conducción puede ser sancionable. Ahora bien, en nuestra opinión en este caso, si no hay prueba que acredite los hechos no lo sería, ya que suponemos que el conductor del helicóptero no es un agente de la ley, por lo que su observancia de los hechos no cuenta con presunción de veracidad. En este caso sería necesario otra prueba (como una fotografía) para verificar y corroborar los hechos, pero hasta que no recibas una notificación (si la recibes), es imposible saberlo.

      Un saludo.

      Responder
  15. FMK

    Me llega notificacion certificada en mano despues de 3 meses y un dia y el concepto infringindo es el reglamento general de vehiculos articulo 10.1 multa de 200 euros con deduccion, en concreto el hecho que se notifica es que se me paso la itv, ( ni me di cuenta porque me suele llegar aviso y no loego, pero fue asi),
    Mi pregunta es si es leve y por tanto se ha pasado de plazo?, por llegarme con 30 y 1 dias el aviso certificado.
    Muchas gracias.

    Responder
  16. Juan Dies

    Multa por ITV de 200€.
    Me ha llegado multa por no tener la ITV pasada (3 meses), pero no me pararon ni me enteré de nada. Fue en la A-49, supongo que foto y comprobación informática no? Si es así, es legal eso? recurrible?
    Y segundo, que estoy buscando información y no encuentro, es que me han tardado 3 meses y 3 dias en notificarme la multa. Según leo si es falta leve solo disponian de 3 meses, y 6 si era grave.
    El articulo 10.1 es leve o grave? Creo que ha cambiado la norma, pero no se si ya ha dejado de ser grave.

    Un saludo, y gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Juan:

      La sanción por no haber pasado la ITV no depende de una fotografía o una parada, es una consulta a una bbdd que hace la propia DGT.

      En relación con la gravedad de la sanción, hablamos de una infracción grave.

      Un saludo.

      Responder
  17. marcelo

    que debo hacer cuando me llega una notificación de una multa por infracción de transito ocurrida en el 2012 y recién ahora me llego el 24 de julio del 2014 después de dos años. ¿ una multa tiene (recargo,intereses) por el tiempo que paso sin pagarse ?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Marcelo:

      Todo depende de qué tipo de notificación hayas recibido, y la fase en la que se encuentre el expediente.

      Para contestarte correctamente nos gustaría que nos indicaras cómo se denominan las notificaciones que has recibido.

      Un saludo.

      Responder
  18. Dario Ramos

    Hola, ayer me ha multado la policia local de mi ciudad por no obedecer una señal de obligación. Buscando he visto que es el artículo 155 pero se puede valorar como grave (5a) o leve (5c). Como valoran esto?
    Por otro lado, en el «papelito rosa» no viene numero de articulo, ni cantidad a pagar, solo en descripción del hecho denunciado lo de la señal. Es motivo para ganar un recurso? Muchas gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Dario:

      No entendemos bien el sentido de la pregunta. Este tipo de infracciones o bien son graves o son muy graves, pero no leves, de acuerdo al cuadro de sanciones de la Ley de Seguridad Vial. Si puedes especifícanos más la señal de obligación no obedecida y las circunstancias concretas del asunto, para así asesorarte correctamente.​

      Un saludo.

      Responder
  19. Antonio

    Hola, ayer estaba realizando un stop en una carretera nacional, en el centro de la misma para girar a la izquierda, y enfrente un coche radar para los que venían en el otro sentido, se produjo una pequeña retención y un coche paro y me dio paso, automáticamente el radar salió detrás de mí unos 700 metros y se paró en una explanada, me podrían haber parado perfectamente y no lo hicieron, crees que me habrán multado¿? Gracias

    Responder
  20. Dani

    Hola buenas, ayes fui multado por dar positivo en un control de aloholemia, con la sancion economica y la consecuente retirada de puntos, me dieron la multa en mano. Si pago la multa antes de los 20 dias me llegaria algun tipo de carta a casa?, y si es asi cuanto tarda en hacerlo? Muchas gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Dani:

      En relación con tu comentario, te indicamos que la notificación de la denuncia realizada, cumple con la legislación vigente, según el Artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial:

      1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.

      2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

      a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
      b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
      c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
      d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

      Por otro lado, puede darse el caso, que el organismo que ha realizado el procedimiento sancionador, como medio de mayor garantía del mismo, lo notifique por correo postal nuevamente.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  21. ANTONIO FELIX MARTINEZ TORRES

    Hola buenas tardes; hace tiempo 21/09/2010 me retiro el vehiculo la grua por estar aparcado en zona de carga y descarga en Valencia, no estubo ni cinco minutos, cuando voy a cogerlo ya vi la pegatina en el suelo y la direccion de donde estaba, pregunte por la direccion en el hotel y fui a racogerlo, lo cual para poder sacarlo tuve que pagar 180 euros, me diero el justificante y les pregunte si habia algo más pendiente a lo que me dijerón que no; el tema es que el otro dia 07/2014 recibo una carta certificada que es la denuncia de la fecha 21/09/2010. Cuando yo pienso que si no hubiese pagado la denuncia y la grua no me hubiesen entregado el vehiculo. ¿Cuanto tiempo tienen para notificar la sanción?
    Gracias un saludo.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Antonio:

      En tu caso debemos tener en cuenta la legislación vigente que regula la prescripción de las infracciones, la cual establece en su Artículo 92 – Ley de Seguridad Vial:

      Artículo 92 Prescripción y caducidad

      1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves.

      El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.

      Dependiendo si ésta es grave o leve la infracción tendrá una cuantía y un tiempo de prescripción diferente.

      También nos gustaría hacerte mención a que son dos cosas distintas las tasas por retirada de vehículo y depósito en el mismo, y por otro lado, la sanción a la que ha derivado la infracción. Por lo que, en este momento, te están reclamando la cuantía de la infracción por estacionamiento.

      Si podemos ayudarte en algo más con esta multa, nos vas comentando.

      Un saludo.

      Responder
  22. Almambrito

    Saludos, el otro dia iba circulando por un poligono cuando al girar a la derecha y entrar en una calle vi un control al final de la calle y debido a los nervios y el susto efectue un cambio de sentido en ese mismo instante cruzando una la linea continua para continuar desde donde venia.
    Mi pregunta es si solo con mi matricula podrian multarme? y tambien si es algo como que he escapado de la justicia o algo asi.

    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Almambrito:

      Consideramos que no te pueden multar, salvo por efectuar un cambio de dirección donde no está permitido, si no lo estabas, ya que no llegaste al control. En todo caso, deberían haberlo notificado en mano y por lo que indicas no lo hicieron. No obstante, con el paso del tiempo se confirmará (3 meses para multas leves y, 6 meses, para graves y muy graves).

      En cuanto a consideraciones penales, en absoluto pueden incoarlas.

      Un saludo.

      Responder
  23. ramon

    Hola buenas quisiera hacerle una pregunta. Bajando dirección Málaga pase un radar que ponía de límite 80 km/h y sin darme cuenta lo pase a 93 o 94 km/h….¿me habrán multado?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Ramón:

      La respuesta es simple, verás. Lo normal para saber si nos han multado, es que nos llegue la multa a casa (siempre que nuestra dirección conste correctamente en Tráfico), o bien, nos lo notifiquen en la Dirección Electrónica Vial si estamos dados de alta.

      Un saludo.

      Responder
  24. jorge

    Hola buenas tardes, me gustaría que me aclararan una cosa si son muy amables, a dia de hoy tengo 10 puntos pero aún me tienen que quitar 4 por una infracción que cometí, mi pregunta es si tengo un par de sanciones que restan puntos del 2009 y 2010 pero no he vuelto a saber nada de ellas es posible que transcurridos 4 años o por ahí me los puedan quitar ahora?? muchisimas gracias y un saludo

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Jorge:

      La pérdida de puntos no deja de ser una parte de la condena que se produce cuando cometemos una infracción y esta adquiere firmeza. Por lo tanto, hay un plazo de tiempo concreto para ejecutar la sanción, en este caso el descuento de los puntos concretos. Para saberlo no es tan importante la fecha en la que se cometió la infracción, como la fecha en la que la misma adquirió firmeza en vía administrativa, es decir, que consta resolución sancionadora y que la misma no ha sido recurrida, y si lo ha sido, el recurso resuelto.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  25. Pedro

    Hola he recibido dos multas de la DGT tipificadas como leves.La cuestión que lo han notificado por correo ordinario. En esta notificación se expresa lugar , causa , y recursos que proceden , así como la posibilidad de hacer el pago en un plazo de 20 días a partir de la notificación. ¿ cuando se supone que empieza el plazo a correr , si no existe constancia de cuando yo la recibo? Gracias , un saludo

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Pedro:

      La DGT actualmente remite la primera notificación sin acuse de recibo en muchos casos, ya que el ahorro en costes es enorme. Si decides pagar no hay forma de saber cuándo empieza a contar el plazo, pero el margen de eso, siempre es superior a los 20 días. Si no pagas y recurres tampoco hay problema de plazo, pero toma como referencia 20 días contando desde el día después de haber recibido la notificación.

      Si no hicieras nada, es cuando recibiría la nueva notificación, esta vez con acuse de recibo.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  26. DAF

    Hola.
    Me ha surgido una duda inquietante después de que hace 20 días me pusieran una multa por estacionar en carga/descarga.La cuestión no es esa,es que en esa fecha me he dado cuenta hoy ¡¡ que el seguro del coche estaba caducado.Desactive unos meses antes la renovación automática del seguro porque quería ver lo que me costaba en otros sitios,pero lo deje un poco de lado y no me di cuenta del día que exactamente me caducaba.
    La cuestión es sencilla; Me colocaron solo la denuncia por estacionamiento en el limpiaparabrisas,pero la inquietud me ha surgido ahora por si comprobaran «ademas» telematicamente , automáticamente o como sea después,si el coche esta asegurado en ese momento y dentro de unos meses me vengan las 2 cosas..
    Gracias por anticipado.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola:

      Si la infracción fue potestad de un Ayuntamiento, podrías estar tranquilo en ese aspecto, ya que dudamos que crucen el dato. Si fuera de la Guardia Civil o Policía Nacional sería otra cosa, pero en este caso no lo creemos.

      No obstante, hasta que no te lleguen las notificaciones no lo sabrás a ciencia cierta.

      Un saludo.

      Responder
  27. jorge

    Gracias por tu respuesta… por lo tanto sería normal que de esas multas que llevan aparejadas la pérdida de puntos del 2009 y 2010 tardaran 4 años en adquirir firmeza sin haber sido recurridas ni nada? o puede que ya no me retiren los puntos por haber pasado ya mucho tiempo? muchas gracias de nuevo

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Jorge:

      Si no se han recurrido adquieren firmeza antes, pero sin indicarnos datos concretos no nos podemos pronunciar.

      El procedimiento administrativo sancionador se alarga en el tiempo más o menos un año hasta que es firme, y esta firmeza es recurrible con efectos suspensivos, pero como hemos dicho antes, nos faltan datos para responder correctamente, como por ejemplo: saber la fecha de infracción, la fecha de resolución, etc…

      Un saludo.

      Responder
  28. Edu

    Hola buenas tardes, quería saber cuanto tiempo suele transcurrir hasta que una multa por exceso de velocidad leve, unos 5 o 10km/h, tarda en aparecer en las listas y ser visible desde esta web.
    Muchas gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Edu:

      En una infracción de este tipo, te notificarán en tu domicilio, y solamente se publica en un boletín y por o tanto serán localizables localizable en la web, en caso de que no se recojas la notificación en tu domicilio o en correos.

      El tiempo que tienen para notificarte es de 3 meses desde la infracción en caso de las leves, siendo imposible saber el tiempo exacto.

      Un saludo.

      Responder
  29. patri

    Si me pusieron 2 multas a la vez,una por alcoholemia y otra por no darme cuenta de las señales de los agentes.llegarían al mismo tiempo o dependería de la gravedad?puedo recurrir la segunda?cuanto tiempo tardan en quitar puntos?las multas en mano me las dieron

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Patri:

      Si te entregaron las multas en mano y tienes pensado recurrir, no debes esperar a que te llegue la notificación, ya que la entrega en mano es incoación del procedimiento y se da por efectuada la notificación, y en el propio documento vendrá un plazo para alegar o pagar con descuento.

      La segunda infracción se puede recurrir, si dispones de una prueba que acredite que sí hiciste caso de las señales de los agentes o que no los viste por algún motivo justificado, pero si te pararon no vemos el sentido de esa infracción, es un poco retorcido. No obstante, si se lo han entregado en mano valora el recurso o el pago con descuento.

      En cuanto a los puntos, se restarán de tu saldo una vez sea firme la infracción, entre 6 meses y un año.

      Un saludo.

      Responder
  30. Alberto

    Hola, adelantado a un camión pisé un poco de línea continua (estaba discontinua y habían pintado encima por lo que no estaba muy claro si era continua o no, era de noche. ..) total que venían una patrulla detrás y me pararon más adelante. Me dijo que me iba a denunciar por pisar línea continua pero que no me lo notificaba porque iban a un accidente. .. (me pidió el carnet y todo) que ya me llegaría. .. por lo que leo por aquí me pregunto si eso es legal, o hay forma de que un posible recurso se gane…
    Muchísimas gracias! !

    Responder
  31. alberto

    Hola, la pasada noche adelantando un camión pisé sin darme cuenta una línea continua (la recta era discontínua y habian pintado encima una contínua, por lo que de noche, no se aprecia bien como estaba), pero bueno, resulta que había una patrulla detrás mía y me pararon más adelante. Me dijeron que iba a ser sancionado por pisar línea continua (me pidieron mi permiso de conducir) y me dijeron que no podían notificarme la multa en el acto pues se dirigían a un accidente, que ya me llegaría.
    Mi duda es, que una vez que me paran me la tendrían que haber notificado no? Si no, para qué me paran si podrían haberme tomado nota de la matrícula y ya me llegaría por el artículo Artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial:

    1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.

    2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

    a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
    b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
    c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
    d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
    Habría algún tipo de recurso al que acogerme para no pagar la multa?
    Muchas gracias!!!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alberto:

      Legal no es y es un motivo claro de nulidad del expediente, por lo que debes de esperar a que te llegue la notificación y ver qué indica el agente en la misma sobre la falta de entrega del documento de denuncia. Lo normal es que el agente obvie el hecho de que te detuvo, e indique circunstancias del tráfico o similar.

      Para una defensa será importante aportar pruebas en contrario, como por ejemplo testigos.

      Un saludo.

      Responder
  32. Alexandra

    Hola! Recibí una multa en mi domicilio por no detenerme en un ceda al paso de una rotonda al 100% cuando no venía absolutamente nadie, además me pararon tres calles más adelante de donde sucedió la supuesta infracción después de que ellos venían una rotonda más atrás y no creo que llegaran a ver nada aunque vieran lo que vieran no hice nada mal. He recurrido la multa y me gustaría saber el plazo que tiene la administración para contestarme y que puedo hacer en el caso de que me denieguen la reclamación. Además en el papelito de la multa que me ha llegado a casa no pone nada de que hubieran coches a los que ceder el paso o bicis ni nada…. solo pone que no me detuve en un ceda el paso al 100%,

    Gracias!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Estimado conductor:

      El plazo para que el expediente sea firme es de un año. Si en ese año no se ha resuelto, lo tienen que anular. El año se cuenta desde el día de la infracción, ya que te notificaron en mano por lo que indicas, no?.

      En cuanto al fondo del asunto, es complicado, ya que si bien no es necesario detener el vehículo en un ceda, de la mera observancia de los hechos por parte del agente nace la presunción de veracidad que le otorga la ley, y si afirma que observó unos hechos constitutivos de infracción, sin una prueba en contrario que destruya dicha presunción, es complicado anular el expediente.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
    2. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alexandra:

      Si no existe riesgo ninguno en un ceda el paso no hay que detenerse, por lo que debe de haber algún matiz más en la infracción.

      De todos modos, como has recurrido, has iniciado un procedimiento que debe de ser firme antes de un año desde la fecha de infracción, en caso contrario caducaría.

      La firmeza la marca la notificación de resolución sancionadora.

      Un saludo.

      Responder
  33. Nuri

    Hola, hoy mismo me ha pillado un radar a 146km/h en una autovia de 120km/h. Una moto de la policia me ha hecho parar a la siguiente salida de la autovia y allí me han entregado la multa en mano de 100€ (No me han sacado ningun punto) y me han indicado que debia pagarla antes de 20 dias si queria el descuento del 50%. Mi pregunta es, llegara alguna carta en mi domicilo? Me entregaron la multa en papel. No quiero que mis padres se enteren.

    Gracias!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Nuri:

      En principio, lo que debes hacer es abonarla antes de los 20 días que te han indicado. Si bien la notificación no va a llegar a tu domicilio, sí es posible que llegue una comunicación informando del pago del expediente, ya que a veces llega. Aunque, como no hay pérdida de puntos, no tiene por qué.

      Un saludo.

      Responder
  34. alfonso

    Hace unos dias me llego una sancion de trafico por sugun consta no obedecer una señal de prohibicion o restriccion R-413 colocada en cabecera de carril en sentido contrario al habitual,el caso es que miro y el R-413 es por no poner las luces cortas esto era agosto a las 6 de la tarde y aparte mi coche siempre lleva las luces encendidas la verdad es que no entiendo nada,que podeis decirme.Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alfonso:

      Simplemente se deben de haber equivocado pero puede ser un motivo de recurso, aunque el error es subsanable.

      En nuestra opinión, se puede alegar la incongruencia indicada, apurando el plazo al máximo para de esa manera intentar que se produzca la prescripción cuando te envíen la nueva notificación.

      Un saludo.

      Responder
  35. ANTONIO

    He recibido una en mi domicilio una denuncia por exceso de velocidad en la N340 por exceso de velocidad realizada por un radar movil (con tripode) el cual lo instala ocasionalmente (cuanto interesa) la guardia urbana del Arboç en la provinvia de Tarragona delante de su oficina, donado por los Mossos de Escuadra o DGT de Cataluña. La velocidad maxima permitida era de 40 km/h (creí que era 50) y me sancionan por ir de 61 a 70km/h sin especificar la velocidad que iba ni foto. La infracción es de 300 euros y 2 puntos . Ya ponen direcamente 150 euros a pagar….
    La he pagado, pero igual me he equivocado, ya que al ser un radar movil (no fijo) deberían haberme parado y entregarme la sanción directamente. Los urbanos están sentados en la oficina, lo instalan y luego mandan los datos a la DGT de Cataluña. a los 3 meses la he recibido.
    Es un lugar que paso 2 veces a la semana y ahora tengo dudas de no recibir mas denuncias.
    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Antonio,

      En cuanto a la pregunta de saber si has hecho bien pagando la multa de velocidad, pensamos que sí, siempre y cuando lo que te importe sea la cuantía y no la pérdida de los dos puntos. Al ser un radar móvil, no hay obligación de avisar de su existencia y por la nueva reforma de Tráfico, tampoco es obligatorio entregar en mano las multas y menos cuando son captadas por imagen. Al ser una multa grave prescribe a los seis meses, con lo cual desde la fecha de infracción, la Administración tiene seis meses para enviártela.

      Esperamos haberte aclarado un poco tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  36. Jorge

    Muy buenas, a fecha 19 de septiembre me pararon por haber saltado un radar en un limite a 70 , yo me encontraba mal y me dirigía al centro medico y se lo comunique al agente.
    El agente me pidió el carnet de conducir, fue al coche copio los datos y me dijo que me fuera, que puso eso en observaciones y que me llegaría la multa a casa, que cuando la recibiera que presentara un justificante y me devolvió mi Carnet de conducir sin haberme dado ni la multa ni notificado nada.
    Antes de irme le pregunte que cuanto era la multa y me dijo verbalmente que eran 50€ con el descuento y sin puntos.
    Estuve esperando a recibir la carta de la dgt para presentar la alegación de que acudia a urgencias con un colico nefritico, pero la carta con la notificación nunca llego.
    Y hoy dia 17 de noviembre, casi dos meses despues recibo una carta de la multa del dia 19 de septiembre, con importe de 300€ por circular a 104 en limite a 70, sin descuento y con aviso de que si no procedo inmediatamente a pagar el importe de la misma van a proceder a remitirla a la AEAT para que proceda a cobrarla con recargo del 20%

    ¿Como puedo recurrir eso? Ellos me estan considerando notificado sin haberme notificado, pues el agente me mando marchar diciendo que como iba a urgencias que lo ponia en observaciones y me la enviarian a casa y ahora ya paso el plazo de recursos y no se como o que hacer.

    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Jorge:

      En base a tu consulta, si en su día te paró el agente, éste debió de haberte entregado el boletín en mano, otra cosa es que en caso de urgencia y circunstancias de necesidad que era nos comentas que te encontrabas, tomó tus datos y simplemente dijo que lo notificarían en tu casa. Lo que te dijo mal era la cuantía, todavía no sabría exactamente a que velocidad ibas, pero si te ha llegado por circular a 104km/h, en una vía limitada a 70KM/h, entonces si se trata de una multa grave de 300 euros de cuantía inicial con descuento 150 euros y pérdida de dos puntos y tienen seis meses para notificarla antes de que prescriba. Por lo que, debes asegurarte de que lo que te ha llegado sea la multa inicial y tienes plazo para pagar 150 euros o alegar. Otra cosa es que pidas copia del expediente en el organismo para verificar que ese boletín, el primero que te impusieron, no tuviese valor de notificación.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
      1. Jorge

        Tras haber ido a pedir el expediente, así era, fue un error suyo, ellos me consideraban notificado cuando en la observación de la multa original pone que no se me entrego copia por acudir a urgencias, quedaron de subsanar el problema y mandarme ahora una carta certificada a casa con la multa para que empiece a contar la fecha de notificación desde el día que la reciba, pudiendo desde ese día pagar con descuento o bien presentar alegaciones.

        ¿Me aconsejais recurrirla presentando el justificante de acudir a urgencias o es poco probable que sirva de algo? Gracias

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Jorge:

          En primer lugar, nos alegramos de que hayas podido tener acceso al expediente y poder comprobar lo ocurrido.

          Sobre el éxito o no del recurso, en este caso en concreto, dependerá del órgano instructor del mismo, en atención a los hechos descritos y que den por justificada la actuación. No obstante, la legislación establece lo siguiente al respecto de casos de urgencia de los Vehículos no prioritarios en servicio de urgencia, que puedes tener en cuenta:

          1. Si, como consecuencia de circunstancias especialmente graves, el conductor de un vehículo no prioritario se viera forzado, sin poder recurrir a otro medio, a efectuar un servicio de los normalmente reservados a los prioritarios, procurará que los demás usuarios adviertan la especial situación en que circula, utilizando para ello el avisador acústico en forma intermitente y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella, o agitando un pañuelo o procedimiento similar.

          2. Los conductores a que se refiere el apartado anterior deberán respetar las normas de circulación, sobre todo en las intersecciones, y los demás usuarios de la vía darán cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69.

          3. En cualquier momento, los agentes de la autoridad podrán exigir la justificación de las circunstancias a que se alude en el apartado 1.

          4. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.

          Esperamos haberte ayudado.

          Un saludo

          Responder
  37. pedro

    Hace más de 3 meses, , me metí con el coche en una Calle de Córdoba que según cita en la multa que me han mandado es uso exclusivo de vehículos especiales y autorizados, la multa me ha llegado después de 3 meses al buzón de mi casa, no está certificada ni tiene sello, simplemente la han dejado en el buzón, quisiera saber si está prescrita y como desmostrarlo.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Pedro:

      Según lo que nos comentas, debemos atender a la legislación vigente que regula la prescripción de las infracciones establece en su articulado 92:

      Artículo 92 Prescripción y caducidad:

      1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves. El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.

      Dependiendo de si la infracción esta es grave o leve tendrá una cuantía y tiempo de prescripción diferente.

      Para tener en cuenta el computo de los plazos hay que tener presente el momento de su notificación al destinatario, regulado por el Artículo 59 – Práctica de la notificación de la Ley 30/92 RJAP.

      1. Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado.

      La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente.

      Por lo tanto, ese tipo de notificación no se consideraría válida, dado que no existe ningún tipo de acreditación de que su destinatario lo haya recibido.

      Esperamos poder haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  38. Ana

    Hola hace unos días iba de copiloto y tenia mucho calor y me quite la cazadora y me desabroche el cinturón de seguridad, me lo puse luego rápidamente, fueron unos segundos, luego al rato me di cuenta que no esta bien hecho eso, debería haber dicho que parasen el coche o bajar la ventanilla ,iba por poblado y no me paro ningún policía o guardia civil, pero soy un poco obsesiva cuando hago algo mal, y pienso y si algún agente lo vio y me multo, le doy muchas vueltas a la cabeza. Que hago para saber si he cometido una infracción, como puedo saberlo para pagarle la multa al dueño del coche?. tantos meses hay que esperar para saberlo?. He mirado en el testra y no aparece nada. Un saludo.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Ana:

      Este tipo de conducta se sanciona y se notifica en el acto para determinar quién es la persona infractora. En ningún momento por la infracción de no llevar abrochado correctamente, o puesto el cinturón de seguridad un acompañante en un turismo, es responsable el conductor del mismo.

      Por lo tanto, puedes permanecer tranquila al respecto, pero debes tener presente para la próxima vez que este tipo de infracciones viene regulada en el Artículo 65 – Cuatro General de Infracción – Punto 4 – letra h, y es considerada como grave, con la consecuente detracción de 3 puntos de su permiso de conducir.

      Esperamos haberte ayudado, y puedes estar tranquila al respecto.

      Un saludo.

      Responder
      1. Ana

        Muchas gracias por responderme, para la próxima vez lo tendré en cuenta y no cometeré ese error. Un saludo.

        Responder
  39. Raúl

    Hola,
    mi jefe ha recibido una notificación de multa por rebasar velocidad permitida, el que conducía era yo y ha dado mis datos, la duda es si el plazo de pago con reducción cuenta desde que ha recibido mi empresa la notificación o ahora deben de notificarme a mi la denuncia.

    Muchas gracias por todo.

    Saludos
    Raúl

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Raúl:

      Cuando te llegue la notificación a tu nombre también tendrás el mismo plazo de 20 días para pagar con descuento o recurrir.

      Gracias a ti por enviarnos tus consultas, seguro que ayudan a otros conductores en la misma situación.

      Un saludo.

      Responder
      1. Raúl

        Se agradece la rapidez y atención que prestáis, no dudaré en recomendaros para cualquier consulta y espero no tener que volver a hacerlas yo jeje..

        De nuevo gracias.
        Saludos
        Raúl

        Responder
  40. luis

    El 4 de marzo me pusieron una multa por exceso de peso, 23% de más aunque el importe es de 1000€ no me cuadra. El tema es
    Que me llego ayer, ósea 9 meses a tardado. tengo entendido que prescribe a los 6 meses.. Que puedo hacer???
    Gracias y saludos

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Luis:

      En cuanto a las multas por exceso de peso, no están reguladas por la Ley de Seguridad Vial, que sí llevas razón prescriben a los seis meses, sino que estas sanciones se regulan por la LOTT – Ley de Ordenación de Transporte Terrestre. En su artículo 146.2 concretamente dice que el procedimiento caduca al año desde la iniciación o incoación del procedimiento, es decir, desde la fecha de denuncia si te paran y te dan boletín en mano, o si no, tiene validez el boletín desde la primera notificación por parte del organismo con número de expediente sancionador. Por lo cual aún no ha prescrito.

      Lo de la cuantía está dentro del baremo de exceso de carga como grave de 1.501 euros a 3.000.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  41. Luisa

    Hola, hoy por la noche iba de el asiento del copiloto y estaba escuchando una canción por el móvil y acerque el móvil cerca del oído a mi novio que estaba conduciendo, en ningún momento toco él el teléfono móvil, pero mi pregunta es, pueden sancionarte por ponerle cerca del oído el móvil a una persona que esta conduciendo, lo puse cerca pero no mucho.
    No me paro ningún agente, mi duda es, esta prohibido lo que hice? fue un segundo, rápido me di cuenta que podía distraerlo y aparte el tlf móvil y de que no estaba bien lo que estaba haciendo.
    No se me explico bien. un saludo.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Luisa:

      Teniendo presente tu consulta, debemos indicarte que dicha actuación no está contemplada como sancionable en sí misma. No obstante, esta conducta, según a vistas de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico pueden encuadrarla en el precepto 18.1 de 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, por la “No diligente atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad”.

      En este caso, la sanción recaería en el conductor, y debe de estar sustentada jurídicamente, dado que no es la primera vez que agentes de la autoridad sancionan a conductores que giran la cabeza cuando han rebasado un radar, por la “No diligente atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad”, por ejemplo.

      Mientras tanto no debes preocuparte, pero si es nuestro deber informarte de lo expuesto.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  42. Luisa

    En ningún caso el conductor giro la cabeza para mirarme, estaba conduciendo con las dos manos al volante y mirando la carretera, nadie nos paro e íbamos despacio, fui yo la que cometió la tontería de hacer ese gesto y distraerlo, la culpa no es de el, el fallo lo cometí yo.
    un saludo y gracias, la próxima vez no haré tonterías en el coche.
    Imagínate que se diera el caso de que un un agente ve estos hechos deberían de pararte o pueden multarte sin parar aunque la carretera este vacía?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Luisa:

      Efectivamente, cuando un agente de la autoridad tiene conocimiento de esos hechos, debe detener el vehículo, y notificar la sanción en el acto. No obstante, la última modificación de la Ley de Seguridad Vial, permite en su Artículo 76 que dicha notificación se realice en un momento posterior siempre y cuando se den las siguientes circunstancias.

      a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.

      b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.

      c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.

      d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

      Un saludo.

      Responder
  43. julià

    Hola,
    Hoy iba a 117 km/h en una carretera de maximo 100. El caso es que he visto un flash, pero no creo (dudo mucho) que haya un radar porque nunca ha habido, ademas no estaba señalizado. Pero me lo pareció. Sabes como puedo consultar si me han multado al momento y quitarme esta espina? he mirado varias webs de consulta de multas y ninguna me aparece infracción alguna, dicen que estoy limpio, puedo creermelo?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Julià:

      La cuestión que nos comentas es planteada con bastante asiduidad por otros lectores de este blog, y te invitamos a leer un artículo especial sobre radares, para que conozcas como queda regulada la obligación de comunicar la localización de radares fijos y móviles: http://miratusmultas.com/blog/preguntas-sobre-multas-trafico/multas-radar/

      En este otro artículo podrás conocer al detalle todas aquellas herramientas de las que dispones para conocer la existencia de una posible sanción impuesta: http://miratusmultas.com/blog/preguntas-sobre-multas-trafico/como-saber-si-tengo-una-multa-de-trafico/

      No obstante, si tras consultar estos artículos, continúas teniendo alguna duda, puedes hacérnosla llegar.

      Un saludo.

      Responder
  44. beisbol

    Hola, me acaban de enviar una carta certificada de hacienda.. hace 10 meses me enviaron una multa de metro que no pague.. que debo hacer buscarla? o dejar que me embarguen la cuenta bancaria? ya que sólo tengo eso..! cuantos años dura el embargo ? 🙁

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola:

      Lamentablemente debemos comunicarte que nuestro servicio está destinado a las sanciones única y exclusivamente de tráfico, desconociendo el proceder de tu consulta.

      Te agradecemos la consulta y sentimos no poder ayudarte.

      Un saludo.

      Responder
  45. Daniela

    Buenas tardes, tengo una duda que el manual de conducir no me lo aclara, cuando estoy en zonas privadas (aparcamientos, garajes, patios, etc.). es obligatorio el uso de cinturón de seguridad en un garaje privado de una comunidad de vecinos? .
    Al bajar la rampa de mi casa ya es una zona privada y mi marido siempre se quita allí el cinturón de seguridad, yo siempre le regaño porque no me gusta que se lo quite hasta que el coche este aparcado en el garaje.Por motivos de seguridad es siempre mejor llevar el cinturón de seguridad en el garaje.
    Mi pregunta es, es obligatorio llevarlo dentro del garaje? y en la rampa que es una zona privada si le viera un policía es motivo de sanción?.
    Un saludo y feliz año!.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Daniela:

      En contestación a tu consulta, será de aplicación la normativa sobre la Ley de Seguridad Vial, regulada en el Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Sobre la aplicación de dicha normativa, en cuanto a la utilización del cinturón de seguridad, en su precepto primero determina que estas normas será de aplicación:

      1. Los preceptos de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los de este reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

      Y, en su punto segundo, se establece: No serán aplicables los preceptos mencionados a los caminos, terrenos, garajes, cocheras u otros locales de similar naturaleza, construidos dentro de fincas privadas, sustraídos al uso público y destinados al uso exclusivo de los propietarios y sus dependientes.

      Ya que un garaje no es considerado un lugar público de Tráfico Indeterminado, se regirá por las normas que adopte la comunidad, no pudiendo ser sancionable, puesto que la autoridad pública no tiene competencia en lugares privados de uso determinado.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  46. Carmen

    Hola el día 5 de enero recibí una multa por correo ordinario con fecha 27/11/2014 donde consta el precepto infingido el art 31 , y el lugar de la vía A-4 Km 33 sentido decreciente, o sea , autovía de cordoba, con tres carriles. el hecho «circular fuera de poblado por un carril distinto del situado más a la derecha, en calzada con más de un carril para el mismo sentido de la marcha, entorpeciendo la circulación de otro vehículo que le sigue. Observada la infracción desde el helicoptero de la guardia civil». Cuando me llegó lo primero que pensé es en recurrirla puesto que no tenía conciencia de haber hecho algo mal, lo más probable es que fuera por el carril central,para facilitar las incorporaciones. pero no estoy segura ¿puedo reclamar alguna foto? si es así pierdo el derecho a la reducción del 50 por ciento, me piden 200 euros…me pueden notificar por correo ordinario? Si circulase por el carril central puedo negar que entorpecía el trafico si está libre el carril izquierdo y circulo a velocidad normal?

    Responder
  47. Rosa

    Hola el día 16 de enero encuentro en el buzón una notificación que pone : notificación informatizada 3º intentó buzón. Se trata de una multa que me pusieron el 18/06/2014, por aparcar en un paso de peatón en la misma calle donde vivo. No me dejaron notificación.. Pone que es de tipo Grave, son 200 euros sin descuento. Pero no he firmado ninguna notificación porque me la dejaron en el buzón .¿ Me puedo acoger a eso para no pagarla, además de haber pasado más de 6 meses desde que me la pusieron..?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Rosa:

      Según el procedimiento sancionador en materia de seguridad vial, la práctica de la notificación se ha de realizar conforme se establece en su precepto 77 debiendo ser notificada ésta en su domicilio o en aquel que conste reflejado en la base de datos de la DGT.

      Todo ello se deberá de realizar de forma que quede constancia de haber realizado dicha notificación o intento de la misma, según establece la Ley 30/92 de Régimen Jurídico del procedimiento administrativo común, en cuyo artículo 59: “Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado”.

      Por lo tanto, la notificación a la que aludes aludes no se ajusta al procedimiento preestablecido al efecto.

      Esperamos haberte ayudado. Para cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

      Un saludo.

      Responder
  48. Nebur

    Hola, ayer por la noche me hicieron un control de alcoholemia y di 0,37 siendo novel. El resultado fue una multa de 500€ (con el descuento) y la retirada de 6 puntos.
    El agente me entregó la multa en mano y me hizo firmar la denuncia y quería saber si pagando la multa antes de los 20 días me va a llegar alguna notificación a casa.

    Tengo entendido también que por la pérdida de puntos la DGT manda una carta notificándotelo, cierto?
    La verdad es que mi idea es apuntarme a un curso de recuperación de puntos ya que no quiero andar solo con 2 puntos durante dos años. Si hiciera este curso esta misma semana, o la que viene, la carta de la DGT sobre la pérdida de puntos ya no tendría que llegar a casa, no? Si tuviera que llegar algo, cómo puedo evitarlo? Más que nada para ahorrar el susto en casa…

    Muchísimas gracias!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Nebur:

      Si realizas el pago dentro de los 20 días naturales de la imposición de la misma, será bonificada ésta con la reducción del 50 % como bien indicas.

      Una vez realizado el abono, dicho procedimiento sancionador se entenderá por concluido.

      Para evitar “el susto en casa”, sería necesario realizar un escrito con el número de expediente sancionador, en el cual indicase que cualquier tipo de notificación y comunicación relacionada con dicho expediente se notificase a un nuevo domicilio, en el que usted tengas interés o puedas recibir las notificaciones. Puesto que el precepto 77 de la Ley de Seguridad Vial, te habilita para ello.

      Por lo tanto, desde ese mismo instante, cualquier comunicación en atención a dicho expediente, y posible detracción de puntos, será comunicada en el domicilio indicado al efecto.

      Esperamos poder haberte ayudado y cualquier tipo de consulta o actuación legal que estime pertinente realizar, no dudes en ponerte en contacto con nuestros servicios de asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
      1. Nebur

        Gracias por la respuesta!

        A propósito, he llamado al pertinente ayuntamiento para pagar la multa y después de 4 días aún no la tienen registrada, en el buscador de multas tampoco me sale… :S

        A qué dirección de correo debo enviar ese escrito notificando un nuevo domicilio? Y, una última pregunta: el número con el expediente sancionador viene en el papel que me entregaron?

        Gracias de antemano.

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Nebur:

          El escrito debe de ir dirigido al órgano sancionador, dependiendo si es impuesta por Policía Local, Ayuntamiento correspondiente, y si es impuesta por la Guardia Civil al Ministerio del Interior, Jefatura Provincial de Tráfico, donde se cometieron los hechos denunciados.

          El número de expediente / nº de boletín, viene reflejado en el anverso superior derecho normalmente.

          Esperamos haberte ayudado.

          Un saludo.

          Responder
  49. Miki

    Hola, hace un par de noches después de haber tomado unas copas pasé un semáforo justo cuando se ponía en rojo y un policía me vio. Me hicieron parar y di positivo en el control de alcoholemia. Me pusieron dos multas, una por el semáforo 200€+4puntos y otra por dar positivo 1000€+6puntos. Leyendo en internet he visto que el máximo de puntos que te pueden quitar por acumulación de infracciones son 8, es eso cierto? Siendo 2 multas diferentes, aún siendo de la misma noche, me van a quitar los puntos a la vez o se resuelven por separado?

    Muchísimas gracias 🙂

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Miki:

      Según el Artículo 60.4. Permisos y licencias de conducción.

      Los conductores no perderán más de 8 puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves del artículo 65, apartado 5, a), b), c), d), e), f), g), h) e i), en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.

      Así que debemos recordar que tu caso encaja con la tipología de infracciones muy graves:

      Art. 65.5. Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas:

      a) No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV.

      b) Circular en un tramo a una velocidad media superior a los límites establecidos reglamentariamente, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV.

      c) Conducir por las vías objeto de esta ley con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas.

      d) Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos, y de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.

      e) La conducción temeraria.

      f) La circulación en sentido contrario al establecido.

      g) Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas.

      h) Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

      i) El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.

      Se producirá la pérdida de puntos, una vez sea firme la sanción. La firmeza de la sanción se producirá al día siguiente de la notificación de la resolución sancionadora. Como son dos multas diferentes a pesar de acumularse en un mismo día se trata de dos procedimientos diferentes y, por tanto, cada uno sigue su curso, con lo que la resolución sancionadora puede llegar en distinta fecha y la detracción de puntos puede producirse en momentos diferentes, depende de lo que tarde en resolver la Administración en cada uno de ellos.

      La Administración deberá informar al interesado, en las distintas fases del procedimiento sancionador (notificación de denuncia, fase de alegaciones, resolución sancionadora), del número de puntos que podrán restarse en el supuesto de llegar a ser firme en vía administrativa la sanción propuesta.

      Esperamos haberte ayudado con nuestra respuesta.

      Un saludo.

      Responder
      1. Miki

        Muchas gracias por tu respuesta 🙂

        Una última consulta,
        Entiendo que según lo que me comentáis me quitarían 10 puntos?. Sumando los 10 puntos que me restarían de las 2 multas, me quedaría sin puntos en el carnet, pero según me han informado, si las multas llegan en días distintos, puedo hacer el curso de recuperación de puntos una vez se haya hecho efectiva la primera. Así pues cuando se hiciera efectiva la segunda, volvería a tener más puntos de los que me restarán.

        La multa de alcoholemia la pagué el mismo día para intentar agilizar el proceso y había pensado en esperar al último día para recurrir la multa del semáforo (por ser la más barata) e intentar que el proceso se ralentizara e intentar que la pérdida de puntos de las dos multas se haga lo más separada posible para así hacer el curso.

        Servirá de algo esto o aún recurriendo la multa el proceso no tiene porqué alargarse y podrían resolverse las multas a la vez? O la recurrida resolverse antes que la pagada?

        Gracias de nuevo

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Miki:

          Con respecto de la multa pagada, desde el momento en que se abona se hace firme, por lo que efectuarán la detracción de la misma inmediatamente. Lo recomendable sería que inicies el curso de recuperación de puntos ya para hacer tiempo suficiente para ir recuperándolos.

          Dicha multa, una vez pagada, es inútil que la recurras puesto que una vez abonada el expediente se archiva y la sanción se hace firme.

          Con respecto a la multa de semáforo, se puede intentar el recurso para poder dilatar en el tiempo la firmeza de la sanción y por tanto, la detracción de puntos. Lo que no te podemos asegurar es que esta separación entre una y otra sea suficiente como para que no te detraigan los 10 puntos, pero sí que cuanto antes empieces a realizar el curso de recuperación podrás ir recuperándolos antes.

          Esperamos que te sirva nuestra respuesta.

          Un saludo.

          Responder
          1. Miki

            Muchísimas gracias! el problema es que al tener 8 puntos no puedo realizar el curso ya que es sólo para aquellos con menos de 8 puntos.

            Saludos

          2. MTM - Miratusmultas Autor

            Hola Miki:

            No es que no se pueda hacer un curso mientras no se tenga menos de ocho puntos, si no que el máximo de puntos que se pueden recuperar en estos cursos es de 6. Porque sólo se pueden recuperar hasta los doce que es el máximo. Por tanto si tuvieras seis puntos recuperaría otros seis hasta los doce.

            Esperamos haberte ayudado un poco más en tu consulta.

            Un saludo.

  50. manuel

    hola, esta mañana recibi una llamada y pare el coche con el motor encendido y con las luces de emergencias en la puerta de un vado y en ese momento paso el vehiculo del «denuciator» estando yo dentro del vehiculo, me acerque a ellos porque se pararon en un semaforo y les exlique lo que me paso , pero la verdad me quede con la duda, me dijeron que no me preocupara, pero fue despues de pedirle que tuviera en cuenta lo sucedido varias veces y me dijeron eso porque el semaforo ya se puso en verde. ¿Puedo alejar algo a mi favor , ya que solo estaba parado y no aparcado ,en el caso de que me llegue la multa?
    si hablas conduciendo te multa, si te paras a recoger una llamda urgente, te multan, ¿a donde vamos a llegar»

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Manuel:

      Teniendo presente los hechos descritos, en un lugar habilitado como VADO está prohibido su estacionamiento pero no la parada, siempre y cuando se esté dentro del vehículo por un periodo no superior a dos minutos, y se indique con la señalización de intermitencia esa circunstancia.

      En el caso de que se te imponga una sanción por este hecho, los agentes de la autoridad deberán acreditarlo por cualquier medio que haga constancia de los hechos denunciados.

      En caso de que en ese momento estuvieses hablando por el teléfono móvil, la conducta no puede ser sancionable puesto que no conducías, como indica el precepto 65.4 g) de la Ley de Seguridad Vial: “Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación, así como utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros”.

      Esperamos haberte ayudado.

      Para cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

      Un saludo.

      Responder
  51. Raúl

    Hola, he recibido una multa por exceso de velocidad, según la multa iba a 79km/h y la permitida son 50km/h, 2 puntos y 300€ o 150€ si pago antes de 20 días, en la información de mi DNI falta la letra, ¿podría recurrir con éxito esta multa por ese error?
    Y otra pregunta, ¿puedo solicitar la foto del radar sin perder la reducción por pronto pago?.

    Un saludo y muchas gracias por vuestro gran trabajo.
    Raúl

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Raúl:

      Gracias por tu comentario.

      Antes de proceder al recurso de una sanción y, para poder dar respuesta a tu caso concreto, sin que ello conlleve un resultado infructuoso, te recomendamos:

      – Que te dirijas a las dependencias del organismo instructor y solicites copia de expediente, dado que de esta forma no perderías la bonificación del 50% y podrías cotejar si existe alguna anomalía en la captación. Siempre y cuando se realice dentro de los 20 días naturales que tienes para pagar con descuento.

      – La ausencia de la sigla el el DNI a la hora de identificarlt, desde la perspectiva jurídica de aplicación al caso concreto, no puede ser considerada un defecto de forma, puesto que para que se determine la anulabilidad del acto tiene que carecer de requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o que este hecho de lugar a la indefensión del conductor, la no incorporación de la letra del DNI no es causa para ello.

      Esperamos haberte ayudado.

      Para cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

      Un saludo.

      Responder
  52. Joan

    hola, el otro dia me multaron por sobrepasar la tasa de alcoholemia permitida. La multa ya esta pagada, con lo cual me reducen el 50%. Pero mi pregunta es si todo y estar pagada me llegara una notificacion a casa. Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Joan:

      Una vez abonada la sanción el procedimiento sancionador se tendrá por concluido. No obstante, dependiendo del organismo que instruya y su protocolo, podrá comunicarte otras cuestiones, por ejemplo, que el expediente ha sido concluido por abono de la sanción, o si tuviese detracción de puntos, se te comunicaría la retirada de los mismos.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Joan:

          Lo suyo es que si recibes cualquier notificación sea de manera fehaciente, es decir, certificada, pero si ya has pagado y es meramente informativa, puede ser que la envíen por correo ordinario.

          Un saludo

          Responder
  53. Daniel

    Hola buenas,

    Hace un mes y medio que pagué una sanción de la guardia urbana de Barcelona por dar positivo en alcoholemia 0,37 en la multa que imprimió el guardia directamente la pague y ponía que me quitaban 4 puntos , el hecho es que no me han descontado los puntos del carnet he ido a dirección general de trafico y me dicen que tengo los 12 que tenia antes lo mismo que por internet.
    Mis preguntas son:
    Cuanto tardan en descontar puntos una vez pagada la multa? hace un mes y medio que pagué
    Puede ser que al ser una tasa baja de 0,37 hallan decidido no quitarme puntos por mi buena conducta y predisposición?
    Muchas gracias,

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Daniel:

      En atención a tu consulta, estimamos que lo más conveniente es que te dirijas personalmente a la jefatura de tráfico más cercana, o a la que corresponda al lugar donde se cometió la infracción y realices la consulta allí de tus puntos. Porque es posible que no hayan actualizado dicha información en la DGT.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
      1. Daniel

        Bueno lo cierto es que fui a jefatura de trafico , a servei catala de transit y llamé al ayuntamiento de Barcelona en los dos primeros sitios me comunicaron que tenia los 12 puntos y en el ayuntamiento de Barcelona me comentaron de muy malas maneras por teléfono 010 una chica muy borde cuando le comente el tema que ellos no tenían nada que ver con los puntos y me remitieron a jefatura esto es muy raro los tres organismos se van pasando la pelota unos a otros y yo quiero hacer el curso de recuperación de puntos y no puedo realizarlo por que no me los han descontado. Hace dos meses que pagué una sanción y un mes otra y no me han descontado los puntos de ninguna de las dos.

        Responder
  54. Antonio

    Hola, estoy en duda, si me pudierais ayudar lo agradecería. el domingo por la mañana avía un control y creo que era de alcoholemia, avía un agente de la gc con un icono de luz y al lado una incorporación a la autovia y nose si las señales que me realizaba era para el alto o para poder incorporarme ya que el control era un poco más atras. yo me incorpore a la autovia sin parar y ahora nose que sanción me podria caer en caso de que fuera para el alto. gracias, si alguien me ayuda un salu2

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Antonio:

      De tu consulta, podemos intuir que las señales que indicó el agente se referían a la minoración de la velocidad, para aquellos vehículos que van a continuar la marcha en esa misma dirección.

      En este caso, al efecto, denotamos que en el mismo lugar donde se encuentra el agente existe la posibilidad de incorporarse a la autovía en un lateral y no tiene por qué entenderse como una no atención a la detención, puesto que los controles de alcoholemia, se establecen en vías y apeaderos habilitados para ello, y que no dan lugar a confusión puesto que están debidamente señalizados. Este tipo de infracción es calificada como grave cuya cuantía asciende a 200€, más la retirada de 4 Puntos.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  55. Alberto

    Hola,

    El otro día aparqué el coche en zona prohibida y me dejaron la receta en el parabrisas.. me dan 20 días de plazo para pagar la reducida, la pregunta es: si no la pago y cuando me llegue a casa me hago el loco diciendo que no vi ningún papelito.. tendré de nuevo un plazo para pagar la reducida?

    Saludos y muchas gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alberto:

      Para contestar a tu pregunta te diremos que depende. Si en el boletín no constan tus datos si no que estás como conductor ausente, en este caso su tratamiento es como boletín sin valor de notificación y en dicho caso, podrías esperar a que llegue la notificación al titular del vehículo, una vez llega dicha notificación al titular se reabre el plazo de 20 días para el pago con descuento o presentar alegaciones.

      Si en el boletín ya constan tus datos como conductor del vehículo, en ese caso, el boletín si tiene valor de notificación y el plazo de 20 días se contaría desde el momento en que nos dejan el boletín. Por lo general, cuando nos dejan un boletín en el parabrisas suele ser de conductor ausente.

      Si no eres el titular del vehículo, le llegará la notificación al titular y es éste quien ha de identificarte como conductor, y una vez llegue la notificación al conductor del vehículo vuelve a reabrirse dicho plazo para el pago con descuento o para presentar alegaciones.

      Espero que con lo expuesto hayamos aclarado tu pregunta.

      Un saludo.

      Responder
      1. Alberto

        Hola de nuevo,

        gracias por la aclaración, esperaré entonces a recibir la notificación ya que en el mismo boletín aparece el concepto: ‘conductor ausente’ así que entiendo que al recibirla se reabrirá el plazo de descuento.

        Un saludo y muchas gracias por tu pronta respuesta, buen sitio web!

        Responder
  56. Tatiana

    Hola, el mismo dia han llegado 2 multas por el mismo concepto: ITV caducada, pero con distintos expedientes abiertos ( el primero con la fecha de noviembre2014 y el segundo con la fechacde diciembre 2014). Hemos ido a preguntar al trafico y en el primer caso ponia que conductor ausente y en el segundo caso el cobductor identificado ( nombre y apellidos), por lo tanto lo hna interpretado quw en el primer caso el vehiculo estaba estancionado y en el segundo caso estaba circulando. La direccion de sancion es la misma en ambos casos. Realmente ha sido que el coche estaba estancionado siempre por una averia. En el segundo caso llamo el agente y ha localizado en domicillo al propieyario para entregarle la notificacion, por rso lo han notificado como conductor. La pregunta es: podemos recurrirla una de las multas teniendo en cuenta que las circunstancias son las mismas, solo cambia el modo de notificacion? Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Tatiana:

      Por lo que nos dices, podemos deducir que lo primero que te notificaron fue un boletín “conductor ausente”, dicho boletín te lo dejarían en el parabrisas, por lo que al tratarse de un boletín de ITV dicha infracción recae sobre el titular del vehículo.

      Es por ell, que dicho boletín no tiene valor de notificación y la Administración tiene el deber de notificárselo al titular en su domicilio, que entendemos es la segunda notificación de la que nos hablas.

      No obstante, si coinciden los datos de las denuncias se trata de la misma sanción. Por lo que si realmente se había pasado la ITV en tiempo y lo puedes demostrar puedes recurrirla, y no es necesario que recurra las dos, solamente la última.

      Eso sí para ello tiene que estar dentro de plazo. En dicha notificación tiene que indicar el plazo tanto para el pago con descuento como para el recurso que suele ser entre 15 o 20 días según el Organismo de que se trate.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
  57. Tatiana

    Buenas tardes, gracias por la respuesta, se trata del mismo caso, lo interpretaron diferente, por lo del conductor ausente y por la segunda multa con la notificacion en mano. El coche lo dimos de baja definitiva por el costoso arreglo al dia siguiente de la segunda multa. Vamos a reccurirla, porque realmente nos multaron por lo mismo 2 veces. Un saludo

    Responder
  58. Pablo

    Hola.
    Me retiraron la moto con la grúa por tener caducado el seguro., cuando vaya a recogerla, me pueden sancionar por la itv también caducada y que no me denunciaron en ese momento.?
    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Pablo:

      Evidentemente también te pueden multar por la ITV caducada. Son dos hechos diferentes. Quizás cuando vayas a retirarla en ese mismo momento no te van a dar la multa físicamente, porque irás a recogerla al Depósito Municipal y lo que te darán en todo caso es el justificante del pago de la tasa de grúa, pero evidentemente pueden darse cuenta de que no tienes la ITV caducada y puede llegarte una notificación de denuncia a tu domicilio posteriormente por este hecho.

      Recomendación: lleva siempre tanto la ITV como el seguro actualizados, dado que hoy día están todos estos datos informatizados y constan en la Dirección General de Tráfico.

      Esperamos haberte servido de ayuda.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
  59. pedro

    hola, tengo una dudilla, soy nobel y madrid es una locura y yo me pongo nervioso por todo… jejje habia una calle con 3 carriles el central y el izquierdo para girar a la izquirda, pues se puso el semaforo en verde y yo me puse delante para girar pero venian coches y no podia y tarde unos segundos, si en ese tiempo el semaforo se pone en ambar o en rojo y yo ya estoy delante esperando a hacer el giro me puede captar la camara y llevarme una multa¿? que recuerde era un semaforo con los 3 colorespero no la tipica luz ambar indicando hacer el giro… gracias!!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Pedro:

      Entiendo que cuando ya has pasado el semáforo para realizar el giro, tu vehículo ya está colocado dando la curva hacia la izquierda, luego el vehículo ha pasado el semáforo antes de que éste cambiara de color. Por lo tanto, no creemos que la cámara haya captado que el semáforo estuviera en rojo o ámbar en ese momento. La cámara ha de captar el momento justo en que se rebasa el semáforo y, si en ese momento estaba en rojo, entonces sí sería motivo de multa pero si en ese momento estaba en verde o ámbar intermitente, no.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  60. mario

    Buenos días,
    me han multado por distintivo de residentes caducado (Madrid), 18 multas, los 18 días que se me olvidó ahí…
    No me ha llegado ninguna notificación en casa, pero había cambiado dirección de residencia a otra comunidad y no está todavía actualizada en tráfico.
    Qué implica todo esto?
    A los 3 meses de no recibir notificaciones puedo considerar el procedimiento caducado?
    Es desde la notificación fehaciente que empiezan los 20 días del pago voluntario o la multa puede estar en periodo voluntario sin yo haberme enterado?
    Gracias,
    mario.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Mario:

      En este caso no se produce caducidad porque no se hayan podido notificar las multas en su domicilio actual, ya que tendrías que haber comunicado el cambio de domicilio en tráfico, dado que la caducidad se produce en el momento en que la administración no hace nada. Pero si se han enviado notificaciones al anterior domicilio, no hay caducidad.

      La Administración está obligada a realizar dos intentos de notificación en el domicilio del que ellos tengan constancia y por último publicación en el TESTRA o en el Boletín Oficial de la Provincia. Esta publicación en le boletín correspondientes se tiene por notificación definitiva, y si no has realizado nada al respecto, el procedimiento sigue su curso, por lo que es probable que las multas existan y que algunas de ellas se encuentren ya en fase incluso de apremio.

      Te recomendamos que te dirijas a la Jefatura de tráfico más cercana y solicites información al respecto, y que actualices los datos de tu domicilio. También puedes consultar el TESTRA y ver si alguna de ellas han sido publicadas: https://sede.dgt.gob.es/es/aplicaciones/testra-sin-certificado.shtml

      Esperamos haberte ayudado.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
  61. mario

    Muchas gracias, la respuesta fue muy útil.
    Fui a buscar en el TESTRA, pero no hay nada publicado al respecto: la multa más antigua es de hace un mes y medio.
    Los 20 días de pago voluntario empiezan desde que se publica en el TESTRA?
    Después de 6 meses y 30 días prescriben de manera definitiva?
    En la antigua dirección no hay nadie que reciba la notificación, aún así se entiende como que se ha notificado?
    En caso de que el procedimiento continúe estas multas (del ayuntamiento) se terminan pagando a través de hacienda o embargo en cuenta?

    Gracias de nuevo por la ayuda.
    Mario

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Mario:

      Te vamos respondiendo a tus preguntas:

      ¿Los 20 días de pago voluntario empiezan desde que se publica en el TESTRA?

      Depende, hay que leer detenidamente la publicación, en estas hay veces que se dispone que hay 20 días a contar desde la publicación y en otras aparece desde que está vigente. En esta misma página aparece el concepto de vigente y no vigente de la publicación. Esto quiere decir que publican y está la notificación vigente durante veinte días, y se cuentan los 20 días desde el momento en que esta deja de estar vigente, es decir, desde el último día en que la notificación está como vigente en dicho tablón edictal. También depende de la interpretación del Organismo. Por lo que lo recomendable es contar el plazo de veinte días desde la fecha de la publicación.

      ¿Después de 6 meses y 30 días prescriben de manera definitiva? No es así. La prescripción no se cuenta por la notificación en un domicilio incorrecto. Normalmente se confunden el concepto de prescripción y caducidad pero hay algo que está presente en ambos casos, mientras el Organismo siga realizando notificaciones ni el procedimiento caduca ni la infracción prescribe.

      “Art. 92. 1 El plazo de prescripción de las infracciones previstas en la Ley de Seguridad Vial será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves.”

      Aquí estamos hablando de la infracción. Es decir, si el Organismo no envía ninguna notificación desde que se produce la infracción, en el caso de las infracciones leves, la prescripción será a los tres meses, y seis meses, para infracciones graves. Y el plazo para contar la prescripción cuenta desde el momento en que se produce la infracción.

      Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar resolución. La caducidad se refiere a la resolución sancionadora, es decir, se produce la infracción y notifican la sanción, y no se produce resolución sancionadora y pasa un año desde la iniciación del procedimiento.

      En la antigua dirección no hay nadie que reciba la notificación. Aún así se entiende como que se ha notificado?
      No es que se entienda que se ha notificado porque la recoja alguien o no, si no que se hacen los dos intentos de notificación y si no la recoge nadie se publica, es la publicación la que hace los efectos de notificación definitiva, porque se entiende que al ser pública puede acceder a dicha información esté o no en el domicilio. Pero recordemos que la publicación no sólo es en TESTRA que puede ser en cualquier Boletín Oficial de la Provincia.

      En caso de que el procedimiento continúe estas multas (del ayuntamiento) se terminan pagando a través de hacienda o embargo en cuenta?
      En caso de que no se paguen, terminarán embargando. Lo más normal es que embarguen en líquido, por lo que primero se dirigen contra cuentas bancarias, en su defecto, alguna devolución de hacienda de IRPF por ejemplo. En ausencia de liquido ya irían contra el patrimonio.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
      1. mario

        He entendido.
        He pedido una cita previa a la jefatura para cambiar la dirección del coche.
        Aprovecharé para preguntarle si tienen constancia de algún procedimiento en curso, o alguna publicación. Yo a parte de consultar el TESTRA no puedo consultar TODOS los boletines de la provincia, no?!
        Mil gracias,
        mario

        Responder
  62. jordi

    Hola buenas, esta mañana he realizado un cambio de sentido indebido y al relizarlo me he topado de frente con un coche radar y habian dos policias locales dentro..no me han parado pero me han visto y he tirado hacia delante … la pregunta es si me han sancionado????

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Jordi:

      Lo normal sería, si te han visto realizar la maniobra prohibida, que te hubieran parado y dado un boletín en mano. Si no te han parado, lo lógico es pensar que no te hayan visto o que te lo hayan dejado pasar.

      No obstante, las últimas reformas de la Ley de Tráfico permiten “No parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo”. Es más, si estabas delante de un control, es posible que tengan la captación fotográfica del vehículo y por la matrícula pueden identificar y enviar la multa al titular del mismo.

      “La presunción de veracidad de los agentes hace legalmente innecesaria la detención del infractor”. Por ello, tendrás que estar atento porque es posible que llegue notificación a tu domicilio, al que tengas más actualizado en tráfico.

      Por otro lado, al tratarse de una infracción considerada grave, según el Art. 79 del Reglamento General de Circulación y conforme al Art. 65.4c) del texto articulado (LSV RDL 339/1990): El plazo de prescripción de la infracción es de seis meses. Si en seis meses no se ha generado notificación alguna, la infracción prescribirá.

      Pero insistimos, tienes que estar muy atento a que en estos seis meses no recibas notificación, esto es, ni notificación en tu domicilio ni publicación en TESTRA. Si no recibe nada es posible que no te la hayan puesto siquiera.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  63. imma

    me acaba de llegar el papel de correos que vaya a buscar una notificacion de la DGT pero soy de Barcelona, puede ser que DGT tambien remita multas y no lo haga el «servei catala de transit»? creo que tenemos recaudacion propia. Estoy super nerviosa hasta que mañana vaya a correos a buscar el papel…..

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Inma:

      Con respecto a tu consulta, debemos indicarte que la Dirección General de Tráfico, tiene competencia en materia de Tráfico en todo el territorio Nacional, excepto en la Comunidad de Cataluña (LO 6/1997 de 15 de Diciembre) y País Vasco (R.D 3258/1982 15 de Octubre), las cuales tienen transferidas estas competencias y son éstas las que gestionan su procedimiento sancionador.

      Por lo que todas aquellas infracciones que se cometan fuera del ámbito competencial de Cataluña y del País Vasco será gestionado por la DGT. Por lo tanto, dicha notificación puede provenir de la posible infracción cometida fuera de Cataluña, donde la DGT tenga competencia sancionadora.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
  64. Oihana

    Buenos dias,
    Llevo unos años residiendo en Francia por lo que mis impuestos y todo los pago aqui.
    Hara un año, conduciendo por Leon con el coche de mi padre, debio de pillarme un radar de la Guardia Civil. No me pararon ni nada.
    A las semanas, a mi padre le llegó la multa, pero alegó que la conductora era yo.
    Desde entonces no se supo nada, ni él, ni yo.
    La semana pasada recibi una carta certificada de Hacienda reclamandome la multa, 300€ + 60€ de intereses!!!
    Yo no fui notificada, y ha pasado un año, es esto legal?
    Cómo puedo recurrir?
    Muchas gracias.
    Un saludo,
    Oihana

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Oihana:

      Según el procedimiento sancionador en materia de seguridad vial, la práctica de la notificación se ha de realizar conforme se establece en su precepto 77, de modo que:

      1. Las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial.

      2. En el caso de que el denunciado no la tuviese, la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento (Dirección que tu padre indicó en el escrito de alegaciones), y en su defecto, en el domicilio que figure en los Registros de la Dirección General de Tráfico.

      Todo ello se deberá de realizar de forma que quede constancia de haber realizado dicha notificación o intento de la misma, según establece la Ley 30/92 de Régimen Jurídico del procedimiento administrativo común, en cuyo artículo 59;

      “Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado”.

      Si finalmente no se consigue notificar en el domicilio del denunciado, esta se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, o en su caso en el TESTRA, cuya denuncia se entenderá por notificada.

      Por lo que, te recomendamos que busques en el Boletín Oficial de tu Provincia, o pidas copia del expediente en el Organismo sancionador para conocer a ciencia cierta lo ocurrido.

      Esperamos haberte ayudado.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
  65. David Rivera

    Hola, hace unos días puede que me sancionara la policía local sin pararme. La verdad, me pudieron parar (me miraron e iban en el coche) y no lo hicieron. El caso es que llamé al ayuntamiento por si tenían constancia de algún tipo de sanción a mi vehículo, les dí el DNI (en este caso el de mi padre, ya que el coche está a su nombre) y me dijeron que no había nada, pero que puede que aun no estuviera actualizado. Mi pregunta es, ¿ suelen tardar mucho en dar constancia de una sanción? Ya pasaron unos 4 días y no hay nada y me dijeron que volviera a llamar mas adelante.
    ¿Puede ser que la multa no se publique en los boletines ni en el TRESTRA hasta que no se notifique en casa?
    La verdad, me urge bastante saber si hay algo o no.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola David:

      Lo normal es que si te han visto cometer una infracción te hubieran parado y dado un boletín en mano. Si no te han parado lo lógico es pensar que no te han multado. No obstante, la nueva Ley permite “no parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo”.

      Tendrás que estar atento porque si efectivamente te han multado, es posible que te llegue la notificación a tu domicilio (recuerda si tienes actualizado el domicilio en tráfico). El tiempo que puede pasar en que llegue dicha notificación es de 3 a 6 meses, dependiendo de la gravedad de la infracción, dependerán también de la rapidez del ayuntamiento en tramitar sus multas, de ahí que al llamar te dijeran que puede que no estuviera actualizado.

      Tienes que estar muy atento durante este tiempo y si no recibes ninguna notificación en tu domicilio, ni te publican nada en el TESTRA, querrá decir que no te multaron.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  66. Fran

    Hola buenas tardes, esta tarde me han puesto una multa y me di cuenta al llegar al garage sino habría echo una foto de donde lo deje. La multa fue por la tarde indicando estacionar en lugar prohibido dificultando el giro de la calle…, aparque y mi rueda no sobrepasaba el mencionado cruce y ahí no hay señal de que no se pueda aparcar que es lo que alegan y en caso de dificultar el giro como dicen lo lógico seria que si ese es el motivo que me multaran por la mañana cuando hay movimiento de vehículos.
    Que me aconsejáis que haga alegaciones o que pague la multa al no hacer foto no puedo demostrar como estaba mi coche. Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Fran:

      En este caso concreto, como bien indicas, al no tener una prueba documental fehaciente es muy complicado que te den la razón a la hora de recurrir este tipo de infracción. El precepto en concreto dice: Artículo 65. Ley de Tráfico y Seguridad Vial Real Decreto Legislativo 339/1990:

      “4. Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:

      d) Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.”

      No es necesario que la rueda del vehículo esté dentro del cruce, sino con que estuviera en la curva ya es motivo de esta infracción, intersecciones (=cruce) o en cualquier otro lugar que obstaculice gravemente la circulación (esto es alternativo) y si ellos consideraban que obstaculizaba tendrías que probar que no era así, ya que es tu palabra contra la del agente, que en este caso tiene presunción de veracidad.

      Por todo esto, lo aconsejable el el pago.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  67. José Luis

    Buenas tardes.
    En Julio de 2.014 me pusieron una multa por alcoholemia. Di positivo, 0,38, pero como no estaba deacuerdo solicité contraste vía sangre y orina. Después de realizar el contraste, volví a soplar y dí 0,24, por lo que no me retuvieron el vehículo. Ha pasado el tiempo y no he recibido ninguna notificación por parte de DGT de los resultados de la prueba de contraste.

    Esta semana recibo notificación del banco que me embargan la cuenta con 600 €., procedente de la agencia tributaria. Averiguo que corresponde al expediente de esa multa.

    A mi en el control, el agente me informó que la sanción que me pusieron, 500 € y 4 puntos no tenía que realizar ningún pago hasta que no me comunicasen los resultados de los análisis de sangre, por lo que me olvidé de la multa.

    Según me informa la Agencia Tributaria, desde la DGT han seguido el curso normal de la sanción, sin tener en cuenta la prueba de contraste.

    Es cierto que al solicitar la prueba de contraste, no estoy obligado a abonar la sanción hasta que me comuniquen los resultados??

    Espero que me podáis ayudar.

    Un saludo y Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola José Luis:

      Para contestar a tu pregunta te diremos que no hay que esperar a los resultados de la prueba. En un principio, una vez que te realizaron las pruebas del test de alcoholemia in situ, el procedimiento es el siguiente en tu caso:

      Se trata de una infracción administrativa muy grave superar en 0,50 gramos de alcohol por litro de sangre o en 0,25 miligramos de alcohol por aire espirado: multa de entre 300 y 600 euros; de 4 a 6 puntos del carné; retirada de un mes del permiso de conducir.

      Existe la posibilidad de que el resultado sea un falso positivo, que se debe, en la mayoría de los casos, al fallo o deficiencia del alcoholímetro. Por este motivo, cualquier conductor tiene derecho a solicitar una segunda prueba. El tiempo mínimo que debe transcurrir entre el primer y el segundo análisis debe ser de diez minutos; si no, la prueba no será valida, como bien hiciste en solicitarla.

      Si la segunda prueba también es positiva, los agentes proceden a emitir la sanción administrativa o, en caso de que la cantidad implique delito, a la detención del conductor. En cualquiera de los dos supuestos se inmoviliza el vehículo. Si en ese momento circulabas con otra persona y ésta se encuentra en plenas facultades y posee el permiso de conducir, se puede hacer cargo del coche. En tu caso si nos dices que no te inmovilizaron el vehículo o es que el nivel de alcohol no superaba estos parámetros y no se considera una infracción grave, o bien, ibas con un acompañante que fue quien se hizo cargo del vehículo.

      Si no estás de acuerdo con el resultado de la prueba, puedes solicitar con total libertad un análisis clínico, ya sea de orina o de sangre, como también hiciste, pero los resultados del mismo no te los dan en el momento. No obstante, si que te tendrían que haber dado el boletín de denuncia para que pudieses recurrirlo a la espera de estos resultados, explicando en el recurso todo lo sucedido y solicitando precisamente que te comuniquen el informe de dichos resultados.

      En tu caso si no te dieron dicho boletín en mano, al menos deberían de haberte llegado notificaciones a tu domicilio. A no ser que no tengas actualizados tus datos en tráfico y sea por ello que no te hayan llegado dichas notificaciones.

      Esa puede ser una de las razones por la que no has tenido posibilidad de recurrir, pero si efectivamente llegaron y no hiciste nada, esperando a que te enviaran los resultados de dicho test, se le han ido pasando los plazos para poder recurrir la infracción.

      Verifica cuando te notificaron el embargo para saber si está en plazo para recurrir, aunque sea ya en vía contencioso-administrativa, dado que en vía administrativa ya no podrías, pues una vez que se ejecuta el embargo consta como que la deuda está pagada. También tendrás que tener en cuenta todo lo expuesto y si hay pruebas suficientes como para acudir a contencioso o no, aparte del plazo.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
  68. Jonathan

    Hola hace 3 días se me fue el pie y en un tramo de 50 iva a 100 en la salida de Barcelona para cojer la c-58 y poco metros antes ay un radar pero no se si izo foto pq no se vio el flax soy novato de carnet me pueden retirar el carnet por esto aun no se si tengo multa o no gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Jonathan:

      No es posible saber si nos han multado, aunque tengamos sospechas, hasta que nos llegue la notificación a nuestro domicilio, o bien, se nos notifique en nuestra Dirección Electrónica Vial si estamos dados de alta.

      Aprovechamos para recordarte la importancia de tener actualizados nuestros datos de contacto en Tráfico para que las multas y notificaciones nos lleguen correctamente, de lo contrario, se publicarían en los boletines oficiales (TESTRA y BOP correspondiente) y allí, si no ves la publicación a tiempo, se te puede escapar la oportunidad de pagar con descuento o recurrir, según sea el caso.

      Finalmente, recuerda que el tiempo que puede pasar en que llegue dicha notificación es de 3 a 6 meses dependiendo de la gravedad de la multa.

      Para ampliar la información sobre este tema, te dejamos el enlace a un artículo específico de ¿Cómo saber si tengo una multa de Tráfico?, seguro que te sirve.

      Un saludo.

      Responder
  69. JUAN IZQUIERDO GUTIERREZ

    He recibido una notificacion de denuncia por correo certificado el dia 21 de abril de 2015 del Ayuntamiento de San Cristobal de La Laguna. La infraccion es no respetar las señales de los agentes que regulan la circulacion (señal de alto), dice que es grave, que ocurrio el dia 10 de octubre de 2014. El importe es 200 euros y perdida de cuatro puntos. Me dan plazo de 20 dias naturales para pagar el 50 % o para hacer alegaciones. Esta es la primera notificacion que recibo de esta denuncia. ¿Êsta notificada en plazo?.
    ¿Si el Ayuntamiento hizo un acto administrativo consistente en registrar esta denuncia antes del dia 10 de abril de 2015 pero no me comunico nada entonces se puede entender que no ha prescrito y que es correcta la notificación?, o por el contrario sigue estando notificada fuera de plazo?.

    Responder
  70. Anton

    Hola, mi pregunta es..
    Cuanto tarda en llegar a casa una multa de la renfe…
    Y, las multas de la renfe siempre són economicas? Gracias

    Responder
  71. JUANRA

    Hola, hace 2 meses circulando de noche y lloviendo por una AP, había un vehículo accidentado o averiado en el arcén, se veía ya que había luces de alguna grúa (naranjas) y de algún vehículo policial (azules), por lo que disminuí la velocidad que llevaba que tampoco era excesiva, al ir llegando a la altura, 2 personas que resultaron ser ertzaintzas, hacían señales luminosas con las moviendo las antorchas, no seguí aminorando la velocidad y ellos seguían moviendo las antorchas, cuando llegue a su altura sin saber exactamente cuales eran sus instrucciones, pare y me mandaron arrimarme al arcén, acto seguido un ertzaintza se acerco por atrás y hablado a la radio que llevaba, indico la matrícula de mi vehículo indicando que me iban a sancionar por desatender las ordenes de los agentes y seguido me mando marchar sin darme nada. Yo le pedí explicaciones del porque, no me las dio y siguió mandándome marchar sin entregarme denuncia, todo de muy mala formas sin ninguna educación y gritando como un poseso, volví a pedir explicaciones y me dijo que si había estado a punto de matarles y que siguiese que ya me llegaría la sanción de no sé cuantos euros y puntos, la verdad es que no lo recuerdo bien.

    Bueno pué me ha llegado la notificación de denuncia más de 2 meses después, creí que se lo habría pensado mejor, ya que realmente no hice nada y pare cuando así me lo indicaron, la sanción indica normativa infringida: Artº 46.1 infracción: Gravé, causa de no notificación: Asistencia a accidente de circulación importe 200 euros con descuento 100 euros.
    Incoación Artº 73 RSLeg 339/1990: Circular con un vehículo sin moderar la velocidad cuando las circunstancias lo exigen.

    No viene por ningún lado que conlleve pérdida de puntos.

    Mis preguntas, 1ª merece la pena recurrir o mejor pagar con descuento y 2ª que no detallen puntos quiere decir que no me los deducirán posteriormente.

    Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Juanra:

      Sobre los hechos descritos, no podemos entrar a valorar cómo se desarrollaron los mismos. Lo que sí se aprecia es que el precepto infringido, manifestado por los Agentes de la Autoridad, sí puede estar encuadrado en lo que has detallado.

      «Artículo 46 Moderación de la velocidad. Casos

      1. Se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los casos siguientes:

      a) Cuando haya peatones en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse racionalmente su irrupción en ella, principalmente si se trata de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas.»

      No obstante, en ese mismo momento los Agentes de la Autoridad debían haber procedido a indicarte la supuesta infracción cometida, y notificarte la misma en el acto pues, según lo manifestado en tu consulta, se procedió a la detención del vehículo, lo cual no imposibilita su notificación: Art 76.2 d) de la Ley de Seguridad Vial.

      Ahora bien, si ante tales hechos decides interponer su recurso o alegaciones pertinentes, debes tener pruebas suficientes de lo acaecido, puesto que la denuncia de los Agentes de la Autoridad gozan de presunción de veracidad. Recuerda que cualquier tipo de alegación o recurso, hará que pierdas la bonificación del 50 % en el pago de la sanción dentro del plazo establecido de los 20 días naturales siguientes a su notificación.

      Este tipo de infracción no lleva aparejada la pérdida de puntos, es por ello que no aparece reflejada la misma.

      Esperamos haberte ayudado con nuestra respuesta. Para cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal de Miratusmultas.

      Un saludo.

      Responder
  72. Claudia

    Buenas tardes,

    Me ha ocurrido lo siguiente: Me pusieron una multa por tener el permiso de conducir caducado y recibí una notificación en la que se me denunciaba por un hecho distinto: tener la ITV caducada, lo cual no era correcto y recurrí. Ahora he recibido la notificación por el primer hecho (permiso de conducir caducado) pero me resulta extraño que ambas notificaciones tienen el mismo número de expediente. ¿Esto es habitual?

    Muchas gracias de antemano.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Claudia:

      Lo más probable es que haya sido un error de la Administración. Tendrías que comprobar qué número de expediente te aparece en el Boletín de denuncia primero al del permiso de conducir caducado. Lo que deducimos es que probablemente cuando llegó el agente con dicho boletín comprobarían también la ITV y pensaron en enviarte ambas multas y por error tomaran el número de expediente del boletín por permiso caducado y te enviaron la de ITV, o bien que se equivocaran en el hecho de la infracción y pusieran el de ITV cuando era el del permiso.

      No obstante, como dispones de la copia puedes acudir a tu jefatura más cercana y exponer lo que ha pasado, dado que no es habitual que aparezca el mismo número de expediente para dos infracciones distintas. Lo normal es un número de expediente por infracción, ya que podría llevar a confusión al administrado que no sabría cual está abonando y cual está recurriendo.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Cualquier tipo de consulta o actuación legal que estime pertinente realizar, no dudes en ponerte en contacto con nuestros servicios de Asesoramiento Jurídico.

      Un saludo.

      Responder
  73. yo

    Hola.El otro día por la noche me salte un semáforo,de frente estaba el furgón de atestados con la luces apagadas por lo que no sabia que eran ellos.Yo seguí y aparque delante de casa y a los dos minutos cuando estaba en el portal de mi casa los vi pasar con las luces puestas.me puede multar sin haberme parado??(era en vía urbana,donde en teoría no tiene competencia) y lo que mas me acojona es que me podrían denunciar por fuga aunque no fuera mi intención. Podría pasar?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola:

      En relación con la consulta que nos planteas, tienes que tener presente que la notificación de la sanciones en el momento de cometerse estas y habiendo sido observadas por los Agentes de Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, han de ser notificadas en el acto. No obstante, la última modificación de la Ley de Seguridad Vial, permite en su Artículo 76 apartado d), que dicha notificación se realice en un momento posterior siempre y cuando se den las siguientes circunstancias que en éste se apuntan:

      d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

      Ahora bien, sobre la imposición de la multa, no podemos arriesgarnos a darte una respuesta concreta, ya que ésta dependerá de la voluntad de los Agentes de la Autoridad si apreciaron o no la supuesta infracción.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  74. Alberto

    Me llego una multa por ir a 80 en un sitio de 60 de 100 euros ( 50 por pronto pago). El caso es que el coche es de la empresa que fue quien dio mis datos. a mi el aviso me llego con 5 meses y 20 días ¿ están en plazo?¿ puedo recurrir?

    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alberto:

      Después de que tu empresa realizara la identificación del conductor , y dado que se trata de una infracción grave, la notificación a tu nombre puede llegar en el plazo de 6 meses máximo. Tal y como nos indicas, está en plazo.

      Otros plazos como los relacionados con el pago o recursos vendrán indicados en la misma notificación, aunque de forma general contamos con 20 días naturales.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  75. Sergi

    Buenas tardes,

    El día 10/04/2013 me denunciaron por ir sin cinturón y me dieron la multa donde ponía que me retiraban 3 puntos y me dijeron que podía pagar con descuento. No pagué la multa y la semana pasada me llegó una «providencia de apremio» que dice que tengo que pagar 214€ (200€ por la multa, 10€ de recargo y 4€ de costas). En el Ayuntamiento me dijeron que la sanción firme es de fecha 1/10/2013 y al preguntar por qué no me la habían notificado me dijeron que la denuncia me la habían notificado ya en mano y me dijeron que faltaba comunicar lo de los puntos y que si no pagaba acabarían embargando. Yo consulté en tráfico y no han comunicado la retirada de puntos. ¿Puedo recurrir porque no me notificaron la sanción? ¿Puede el Ayuntamiento después del tiempo que ha pasado decir que me quiten los puntos? Es que yo creo que se les ha pasado todos los plazos al Ayuntamiento. Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Sergi:

      En respuesta a tu consulta, hemos de confirmar lo que te dijeron en el Ayuntamiento sobre la notificación en mano, ya que cuando un agente de la autoridad tiene conocimiento de los hechos debe detener el vehículo y notificar la sanción en el acto. Como tú mismo comentas, así fue.

      De la misma manera, al hacerse firme la sanción se procede también a la retirada de puntos, como también te comentaron.

      Esperamos haber aclarado tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  76. paco

    Buenos dias,

    He recibido una notificación de una sancion de aparcamiento de estacionar,sin el distintivo que lo autoriza,en ligar habilitado como estacionamiento con limitación horaria,omc art.62.1,leve que me impusieron según pone el 12/11/2014,y que tengo el plazo de 20 días para contestarla.

    Por lo que tengo entendido tienen la obligación de notificármela en un plazo máximo de 3 meses y ya han pasado mas de 6.

    Por otro lado el vehículo sancionado es un vehículo de empresa a la cual ya no pertenezco y no podría saber si ese día llevaba yo dicho vehículo ya que no me costa que me huveisen sancionado por esta tema cuando lo he llevado.

    Por otro lado según tengo entendido los agentes de la hora carecen de potestad o competencia para dichas sanciones ya que tiene que ser emitida por un agente de la policía local,según dispone el art3 del reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico,aprobado por el RD 320/1994,de 25 de febrero,aunque no se si este RD ya no esta en vigor.

    Por este y las otras cuestiones no se que recurso de apelación poner ni cual seria el mas conveniente para retraer dicha sanción,ya que no estoy de acuerdo ni por el tiempo en notificarme,ni con que yo llevase el vehículo ese día,y con las competencias de dicho agente de la hora.

    A si que si me pudiesen asesorar para realizar un recurso de apelación a este expediente sancionador(recaudatorio)con el mas conveniente en su caso y mandarme algún documento ya realizado para poder presentarlo en plazo,les estaría muy agradecido.

    Un saludo y gracias de antemano.

    Paco.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Paco:

      Efectivamente, las infracciones leves prescriben a los tres meses desde la comisión de la supuesta infracción. Pero en este caso en concreto, según nos indicas la sanción es con un vehículo de empresa, por lo que se le requiere al titular del mismo que en el plazo de 20 días naturales identifique al conductor que disponía del vehículo. En este caso puede haber ocurrido que te hayan identificado como el conductor que conducía en el momento de la infracción. De esta manera, se comenzaría a contar el nuevo plazo desde tu identificación hasta la recepción en tu domicilio, no existiendo prescripción alguna en esta fase.

      Teniendo presente que desconoces si disponía del vehículo el día de la presunta infracción, lo más recomendable sería ponerse en contacto con la empresa en la que prestabas servicios y conocer si verdaderamente hacías uso del vehículo el día de la infracción y realizaron la identificación con tus datos.

      En relación con la potestad sancionadora de los Controladores de la Ora, éstos carecen de dicha potestad, ya que no tienen la categoría profesional de Agente de la Autoridad para dotar de valor probatorio sus denuncias; pero ello no impide que cualquier ciudadano de a pie, incluido los controladores, puedan denunciar tales hechos, quienes para sustentar estos, deberán aportar prueba válida del hecho denunciado. Por lo que, si la denuncia ejercida por un controlador de la ORA posteriormente es ratificada y constatada por una Agente de la Autoridad, la sanción gozaría de validez jurídica.

      Nuestra recomendación, antes de iniciar cualquier recurso es que verifiques tu situación sobre esta multa con la empresa en la que trabajabas.

      Posteriormente, para cualquier tipo de consulta o actuación legal que estimes pertinente realizar, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal.

      Un saludo.

      Responder
  77. Carolina

    La GC me ha multado en una autovía, por adelantar al coche de atestados, según ellos a una velocidad muy superior a la permitida (125-130km/h), por lo que me acusan de conducción negligente (200€ sin puntos, 100€ con descuento). Me dieron la denuncia en la mano. No llevaban radar, y cuando les solicité una prueba fehaciente de mi velocidad me animaron a vernos las caras en un juzgado, advirtiéndome de que su palabra valía más que la mía.
    Independientemente del carácter impresentable del agente, ¿va a ser que lleva razón y no me compensa recurrir? Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Carolina:

      En tu caso te puede servir de ayuda otro de nuestros artículos en los que hablamos sobre la presunción de veracidad de un agente de la autoridad: Validez de las multas dependiendo del agente que nos denuncie

      Efectivamente, a pesar de la forma en la que el agente te expuso los detalles de la infracción, su denuncia tiene presunción de veracidad. Sin embargo las posibilidades de recurso no están cerradas siempre que puedas aportar pruebas que contrarresten lo manifestado por el agentes que demuestren que tu vehículo no cometió la infracción descrita.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  78. German Parrado

    La semana pasada di positivo en thc en un control de la guardia civil. El agente me dio la multa detallada en mano y me dijo que ke llegaria una notificación al domicilio del carnet. Sin embargo, en la jefatura de tráfico, cuando fui a pagar me dijeron que al haberme dado la sancion detallada no me enviarian nada. Es esto cierto?

    Otra duda, la multa conlleva antecedentes penales? Del tipo que te prohibe ingresar en el cuerpo de bomberos, policia, et.?

    Un saludo y espero tu respuesta.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Germán:

      En relación con tu caso, el boletín de denuncia del que te hicieron entrega los Agentes de la Guardia Civil goza de valor de notificación. Esto significa, que desde el mismo momento que se pone en tu debido conocimiento los hechos denunciados “Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes, y cualquier otra sustancia de efectos análogos”, dispones de un plazo de 20 días naturales para realizar las alegaciones que estimes pertinentes, proponer prueba en su caso, o abonar la sanción por pronto pago con la consecuente bonificación del 50 % en el importe de la sanción.

      Efectivamente, no te harán entrega de ninguna notificación de denuncia en tu domicilio, puesto que ya has tenido conocimiento de ello por medio del boletín entregado por los agentes, y a su vez al realizar el pago, el procedimiento finaliza, sin necesidad el organismo de dictar resolución expresa.

      Este tipo de hechos al no haber sido cursados como delito, sino como sanción administrativa, no tienen ninguna categoría de antecedentes penales. En todo caso, se podrá anotar dicha infracción, por ser considerada como muy grave, en el Registro de Conductores e Infractores, ya que si en el plazo de un año vuelves a cometer la misma infracción, podrías ser sancionado como reincidente y por una cuantía 1.000 euros, según la última reforma, del Artículo 67.2 a. de la Ley de Seguridad Vial.

      No podríamos terminar tu consulta sin intentar que ante esta infracción, tomes conciencia de la responsabilidad que conlleva conducir bajo la influencias de cualquier tipo de droga, y las graves consecuencias que puede generar este tipo de conducta, tanto para tí como para el resto de usuarios de la vía.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  79. Carlos

    Hola,

    Hace una semana iba por la AP-7 a 200 Km/h, ya se que fue una irresponsabilidad de la cual estoy muy arrepentido, pero, agradecería si me pudieran decir que infracción se me puede imponer, tanto económicamente como en puntos, y si incurre también ante el código penal.

    Muchas gracias,

    Carlos

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Carlos:

      Lo cierto es que como bien dices es una gran imprudencia ir a esa velocidad por la autovía. No obstante, no te alarmes, porque una cosa es lo que marque el velocímetro de tu coche, y otra la velocidad real que haya podido recoger el cinemómetro del radar, que puede que sea inferior. Por lo que antes de nada, debes esperar a que llegue la notificación de denuncia y ver en ella qué calificación jurídica te han dado.

      Para que estés informado, te comentamos las posibilidades:

      1. Podría enmarcarse dentro del artículo: 65.5. de la Ley de Seguridad Vial “Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas:

      «a) No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV».
      En dicho anexo se establece el cuadro de infracciones por exceso de velocidad con los correspondientes puntos y en el último margen podrá ver que por exceder 191 km/h en vías de hasta 120km/h máximo se sanciona con un total de 600 euros y 6 puntos: Ver cuadro de velocidad.

      2. Pueden considerarlo como Conducción temeraria según el artículo 65.5 e) de la misma ley, en la que se considera la infracción como muy grave y conlleva una sanción de 500 euros y una pérdida de 6 puntos.

      3. En el peor de los casos sería aplicable el Artículo 379 del Código Penal.

      «1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.”

      En este último caso, por poner un ejemplo, si la máxima es de 120 km/h e ibas a 200 km/h estás excediendo el límite en 80km/h por lo que sería aplicable este artículo. En este caso sí se considera delito y la sanción tendría que ser la fijada por el juez.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  80. Javiii

    Hola, el otro día la grúa se llevo mi coche en Toledo y tuve que pagarla al instante. El mismo operario de la grua me dio como una notificación de 200 euros por aparcar en un vado. MI pregunta es, si tengo que esperar a que me llegue la multa a domicilio o ya puedo pagar la misma?
    Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Javi:

      Entendemos que la notificación que te ha entregado el operario de la grúa es tu copia de notificación de multa, por lo que ya puedes pagarla.

      En el mismo documento debe venir la información de cómo realizar el pago, no olvides que tienes 20 días desde la fecha en la te la entregaron para pagarla con descuento.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  81. David

    La otra noche buscando aparcamiento en el hospital seguí las señales cuadradas de fondo azul con una «P» blanca. Ahora hay obras por la zona del hospital, y pensé que había cambiado el acceso para ir a la zona de aparcamiento que otras veces he utilizado, por tanto seguí esas señales hasta llegar a una cuesta de nueva construcción que me indicaba que bajase por ahí.

    Cuando termino de bajarla veo que me conduce a la entrada a un aparcamiento subterráneo de pago, en la zona de la entrada del hospital, que debe ser de reciente construcción porque desconocía de su existencia. Cómo yo estaba buscando el aparcamiento exterior gratuito, realicé un par de maniobras para poner el morro mirando a la cuesta y desde arriba mi acompañante me indicó que no venían coches, así que volví a subir la cuesta.

    La cuesta era de sentido único para bajar (había una señal), y en la entrada hay una cámara por lo que mi maniobra habrá quedado grabada. ¿Me pueden multar por ello?

    Entiendo que está mal señalizado, ya que es imposible saber que se trata de un aparcamiento de pago porque ninguna señal indica que así lo sea, y yendo en coche es imposible saberlo puesto que se entra por la calle que hay encima de la cuesta y la barrera de entrada está justo debajo de esta, por lo que es imposible verla hasta que no has bajado ya la cuesta. Esto no creo que sea legal, porque según la Ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos, es obligación del aparcamiento: «Indicar por cualquier medio que posibilite su conocimiento antes de contratar y de manera fácilmente perceptible los precios». Evidentemente si para conocer los precios (y para saber que hay que pagar) hay que bajar la cuesta con el coche (porque aparecen junto al botón de la barrera), entonces no me los están indicando antes de contratar el servicio puesto que en teoría ya no podía darme la vuelta y me hubiese tocado pagar.

    Pongo dos fotos de la cuesta (yo venía desde arriba que es donde conducen las señales): http://subefotos.com/ver/?9e1f6b97165006debbd86b4ad5ca4dbeo.jpg y http://subefotos.com/ver/?0b289a4723e3d0ce8cdcc727bce5b3f6o.jpg
    Una vez subida la cuesta, ya no había problema, porque hay un carril en cada sentido (aunque por la derecha ahora no pueden venir coches porque la parte de la derecha de la cuesta está cortada por obras). Es decir, que lo único que he tomado en dirección contraria ha sido la propia cuesta.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola David:

      Lo primero será esperar a que llegue la notificación de la multa a tu domicilio, en el supuesto de que efectivamente hayas sido multado. Si estás dado de alta en la Dirección Electrónica Vial también podría serte notificada por esta vía.

      El artículo cómo saber si me han puesto una multa de nuestro blog te ayudará a tener en cuenta las vías por las que puede llegarte la multa.

      Esperamos que la respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  82. Fa

    Hola,

    Ayer se me paró la moto en el aeropuerto de Madrid- Barajas, la moto me resulta muy pesada para moverla sin motor, la arrimé al arcén y la dejé fuera de la vía, Me puse a la sombra para llamar por teléfono y pedir ayuda, mientras, llegó la policía municipal y me multó, hablé con ellos y me dijo que ahi no se podía estacionar, que estaba perfectamente señalizado, y supone una retirada de puntos
    Estuve hablando con él pero no me hizo caso, me puso la multa y me dió un papel amarillo, me dijo que hasta que no recibiese la notificación en casa no podía ni pagarla ni recurrirla.
    Puedo recurrirla por
    a- Defecto de forma? dice que estaba ausente, y yo estaba alli, de hecho me dió el papel amarillo en mano. Donde estaba parada la moto, no supone ningún tipo de peligro ni interrupe el tráfico, ya que estaba en el arcén, y sin embargo me retiran puntos.
    b- La moto estaba averíada, yo no puedo con ella para moverla 20 me que es donde está el aparcamiento de motos gratuito.

    La moto tenía un cable suelto, por eso no encendía, conectado ese cable, la moto encendió perfectamente

    Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Fa:

      Teniendo presente los hechos que nos describes, se aprecia una “mala praxis” por parte de los Agentes de la Autoridad, ya que deberían haberte dado, en todo caso, un boletín de denuncia con valor de notificación en el que se le indicase los hechos denunciados, al igual que el ofrecimiento de firmar la recepción de la notificación.

      Posteriormente, por lo ocurrido, contarás con un parte de asistencia en carretera, con el cual podrás acreditar que dicha infracción se debió a una avería de tu vehículo, y por lo tanto, ajena a tu voluntad.

      Cómo te indicó el agente, si vas a recibir otra notificación en tu domicilio, cuando suceda ten en cuenta los plazos marcados en ella para recurrir o pagar con descuento. En el caso de que desees continuar con una actuación legal, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento legal de Miratusmultas.com

      Un saludo.

      Responder
  83. Paula

    Buenas, hace como dos semanas me pusieron una multa por estar aparcada en doble fila. Con la multa que me pusieron fui a pagarla al banco, pero hace dos dias me han mandado una carta certificada del ayuntamiento conel requerimiento del pago. Por que llega despues de haber realizado el pago? Que problemas puede haber? Tengo que hacer algo o por el contrario dejo las cosas asi? No pensaba hacer nada con ella ya que ya esta saldada la multa… Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Paula:

      Ante tales circunstancias lo más recomendable sería comunicar dicha incidencia al Ayuntamiento, ya que desconocemos a ciencia cierta lo que ha podido ocurrir. Lo primero que debes hacer es corroborar que el expediente de requerimiento de pago hace alusión al mismo que abonaste en su momento, ya que éste requerimiento de pago puede ser de otra sanción por el mismo hecho infractor.

      No obstante, para evitar sobresaltos, te recomendamos que acudas o te pongas en contacto con el Ayuntamiento, y consultes tu caso, ten a mano el boletín de denuncia, el justificantes de pago, y el nuevo requerimiento de pago recibido.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  84. jose luis

    Me ha llegado por correo ordinario una multa de radar , circulaba a 89 km/h en una zona de 80 km/h, y no sé si me debo dar por notificado y pagar con el 50% de reducción o no darme por aludido como si no me hubiera llegado. En este caso ¿puedo perder la bonificacion del 50% si luego me la notifican por correo certificado? ¿Qué debería hacer?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola José Luis:

      En aplicación de la ley la notificación debería realizarse de forma que quede constancia de haber realizado la misa o su intento, según establece la Ley 30/92 de Régimen Jurídico del procedimiento administrativo común, en su artículo 59:
      “Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado”.

      Es decir, que dentro de estas opciones para dejar constancia de la recepción se encuentra el envío certificado y la publicación en boletines, lo que en la práctica no sucede en todos los organismos.

      Debes tomar esta multa como ya notificada y continuar con las acciones que estimes pertinentes, y te permita el tipo de notificación recibida: identificar al conductor, recurrir o pagar con descuento. Si no haces nada la multa seguirá su curso de igual forma.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  85. jose

    Hola, me pusieron una multa hace un mes de 200 euros y quería saber cuanto tiempo puede pasar para que la pague y no pase nada,es decir en cuanto tiempo empezaría el embargo de bienes por impago.

    Muchas gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola José:

      La información sobre plazos, tanto de pago como de identificación de conductores o recursos, generalmente aparece reflejado en la información de la notificación. Como regla general también, se cuenta con entre 15 y 20 días naturales para cumplir con estas acciones y en el caso específico del pago, sería el plazo disponible para pagar con descuento.

      Pasado este plazo, la Administración te exigiría el pago del importe completo de la multa. Con el paso del tiempo el proceso administrativo terminaría, el cual depende cada Administración por lo que no podríamos decirte un tiempo exacto, se iniciará la vía de apremio con la posibilidad de exigir el pago de la sanción con recargo y con el embargo de cuentas.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda. Si necesitas información sobre cómo realizar el pago de una multa, te dejamos el enlace a otro de nuestros artículos que trata este tema: Lo que debes saber sobre el pago de multas de tráfico.

      Un saludo.

      Responder
  86. omar

    Hola buenos dias, tenia una duda hoy dia 7 de julio recibi una multa, de un radar movil que estaba ubicado en el arcen, en la foto dicen que iba a 133kms/h en un tramo de 120. la duda que tengo la puedo recurrir al ser la foto del dia 30 de enero de este año.
    Muchas gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Omar:
      La multa aún está plazo de gestionar (identificar al conductor, recurrir o pagar con descuento) ya que hablamos de multa de tipo grave y el plazo que tiene la Administración para notificarla es de 6 meses. Está casi al límite, pero dentro de plazo.
      Esperamos haberte ayudado.
      Un saludo.

      Responder
  87. Luis miguel

    En el 2014 recibo dos sanciones por exceso de velocidad de radar fijo del ayuntamiento en las cuales me obligan a la identificación del conductor al no ser parado por agente de la autoridad bajo amenaza de. Multa si no lo notificó cosa que hago en documentos anexos del ayuntamiento con nombre del conductor n de carnet de conducir y domicilio siendo el mismo que el mío ,entregando la notificaciones en el registro general del ayuntamiento .
    La sorpresa es que hoy ojeando el notificados de multas veo que el expediente sigue siendo a mi nombre sin tener en cuenta la identificación del conductora .también comentar que en ninguna de las dos sanciones incluyen fotografía de la velocidad y vehículo diciendo que el radar está ok genial o en buen funcionamiento etc,etc con nombres técnicos que no entiendo esto es normal
    Agradecería cualquier consejo a ver si me puedo re dirigir esto paso hace más de seis meses
    Muchas gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Luis Miguel:

      Primero, deberías comprobar si la nueva notificación no se trata de otra multa. Verifica el número de expediente para comprobar que no es ninguna de las que identificaste anteriormente.

      La persona a la que identificaste, después de las gestiones que realizaste, debió recibir la notificación a su nombre y con más información sobre la sanción, como por ejemplo una fotografía en la que puede comprobarse la matrícula y los datos de verificación del radar.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  88. Guille

    Buenas tardes;

    Hace más de año y medio, el 15/12/2013, me pusieron una multa. Me dieron el boletín en el acto y en el plazo de los 20 días pagué la cantidad que correspondía, que se quedó en 250 euros. Se suponía que me tendrían que haber quitado 6 puntos, pero no fue así… De hecho, cuando cumplí los 2 años de carné unos meses después me subieron a 12 puntos (cuando me multaron era conductor novel). El caso es que el día 3 de este mes, casi un año y medio después, me llega una carta certificada a casa notificándome de que esa multa no está pagada y van a proceder a embargar. Por supuesto hoy he estado presentando el justificante del banco que acredita que esa multa fue pagada en su momento, y no me han puesto ningún tipo de pega, asumiendo que fue un error administrativo suyo. Pero mi pregunta es si ahora me podrían quitar los 6 puntos que deberían haberme retirado en su día, o al haber pasado más de un año ya no lo pueden hacer. Más que nada porque hace unos meses me quitaron otros 6 por una alcoholemia y 6 son los que me quedan, por tanto me quedaría sin puntos… Estoy bastante preocupado. Muchas gracias de antemano, un saludo!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Guille:

      La ejecución de la retirada de puntos suele tardar varios meses, incluso puede darse el caso en el que en un corto periodo de tiempo coincidan modificaciones se que sean de retirada y de suma de puntos.

      En cualquier caso, una vez que se haga firma la sanción, es decir que se de por pagada la multa se procederá a ejecutar la sanción con la retira de puntos que corresponda.

      Nuestro consejo es que, mientras esto sucede, tienes tiempo para realizar un curso de recuperación parcial de puntos, antes de que los pierdas todos. Comenta tu caso también en la autoescuela en la que vayas a realizar el curso.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  89. jose

    El pasado 25/04/15 me multaron por exceso de peso . El guardia civil me entregó un boletín y me dijo que no hiciera nada hasta que me llegara una notificación a mi casa y me dijo que si no me llegaba nada, pues que no pasaba nada. En el boletín pone información del vehículo, mía, los hechos en cuestion y la cuantía de la multa, pero no me hizo firmar nada. Mi pregunta es la siguiente. ¿ se entiende el boletín como notificación en el acto? ¿Si no es así puedo recurrir la multa alegando que no me notificaron nada teniendo en cuenta que el agente tubo todo el tiempo del mundo para hacerlo? .

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola José:

      Te informamos, en primer lugar, que estas multas por exceso de peso suelen venir de la Consejería de Transportes, se rigen por tanto por la LOTT (Ley de Ordenación de Transportes Terrestres), y en ese caso se tratan de multas de transporte y no de tráfico.

      En la mayoría de las ocasiones, estos boletines entregados en mano suelen reflejar que no tienen valor de notificación, incluso se indica en el mismo que no se realice pliego de descargo.

      Por otro lado, debes saber que este tipo de infracciones recaen sobre el titular del vehículo, dado que la notificación se le enviará a éste, a su nombre y domicilio, y sería quien podría recurrir o proceder al pago de la misma, conforme a lo que señale dicha notificación.

      Comprueba si aparecen en el boletín las indicaciones de no realizar ninguna acción, y si es así, hay que esperar a que el Organismo competente envíe la notificación al titular, ya con un número de expediente (suele empezar por las letras de la ciudad donde se comete la infracción) y la indicación de los plazos para recurrir o pagar con descuento.

      Con respecto a la toma de tus datos, es normal que se recabaran, como conductor del vehículo.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  90. Daniel

    Hola buenas tardes,bueno la cuestion es que hoy e ido a correos a por un paquete y e dejado el coche( como muchos otros) en la parada de carga y descarga de correos, han sido dos minutos ,estando en la puerta de correos e visto como dos agentes urbanos han sacado la PDA y han empezado a anotar cosas,rapidamnete e salido corriendo a retirar el vehiculo pidiendo disculpas, uno de los agentes me a dado la charla de que hay no se puede dejar el coche y de que estaba impidiendo la descarga de un camion de correos, yo pidiendo disculpas me retiro rapidamente. Bueno mi duda es si estos agentes me han podido multar, no me han dado ningun papel de notificacion ni me han dicho nada de que me habian multado.
    ¿Pueden haberme multado sin yo saber nada?
    Gracias y perdon por el tocho,un saludo.

    Responder
  91. Carmen Garcia

    Buenas tardes.
    Cuándo no se está de acuerdo con el resultado de la prueba de drogas, y se pide un contraste de laboratorio. ¿Cuánto tiempo tarda la Guardia Civil en comunicar el resultado?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Carmen:

      Esta semana hemos publicado un artículo relacionado con tu consulta que puede servirte para tener más información: Multas por consumo de alcohol y drogas: límites entre infracción y delito

      En el caso de solicitar una prueba de mayor fiabilidad se tiene que acudir a un laboratorio para realizarla ya que es de sangre, por lo que dependerá de la capacidad del laboratorio, que en ese momento podrá confirmar o no la presencia de drogas, pero al ser una muestra de sangre quizás tarde más días en entregar los resultados finales de las sustancias (tipo y cantidad).

      Este artículo de la Revista de la DGT habla sobre las pruebas en los controles de drogas, aunque no habla de tiempos de forma expresa: Cómo se hace un control de drogas paso a paso

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  92. Marc

    Hola, muy buenas!! hace unos días me paró la GC en un control y me sometieron al test de alcoholemia (en el que di 0.0) y posteriormente me sometieron al test de drogas en el que di positivo en THC en la prueba indiciaria. Seguidamente, me realizaron una segunda prueba, la cual sería enviada a un laboratorio para su posterior análisis.
    Mi pregunta es: ¿cuanto tiempo tarda el laboratorio en emitir un informe acerca del caso a la unidad instructora?
    Por otra parte, si pago la multa con la reducción del 50%, ¿esto supondría el fin del procedimiento?.
    Quisiera saber si llegaría a mi domicilio una notificación acerca del hecho, tanto en el supuesto de que el informe del laboratorio sea positivo o negativo, y en caso de que me llegue dicha notificación, cuanto tiempo tardaría?
    Para finalizar, al tratarse de una sanción administrativa, supondría alguna traba a la hora de poder acceder a una oposición (policía, GC, bomberos,…)

    Gracias por su atención. Un saludo.

    Responder
  93. Marc

    En un positivo por thc, cuanto tardaría en llegar el resultado del laboratorio?
    En caso de beneficiarme de la reducción del 50%, una vez pagada la multa, se entendería como finalizado el procedimiento?
    Me notificarían al domicilio el resultado del laboratorio (tanto si es positivo como negativo) si me acojo a la citada reducción del 50%?
    Supondria no poder optar a realizar una oposicion (infracción administrativa)?
    Ante todo esto, los agentes me dieron el boletín de denuncia in situ, esto supondría que ya estoy notificado sin que me envíen mas notificaciones al domicilio?

    Por favor, ayudenme con estas dudas

    Gracias. Un saludo

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Marc:

      El boletín de denuncia del que te hicieron entrega los Agentes goza de valor de notificación, es decir que ya se ha puesto en tu conocimiento los hechos denunciados, por lo que ya no serás notificado en tu domicilio por ello. Con esta notificación dispones de un plazo de 20 días naturales para realizar las alegaciones que estimes pertinentes, proponer pruebas en el caso de recurrir, o abonar la sanción con la bonificación del 50 % en el importe de la sanción.

      Efectivamente, al realizar el pago, el procedimiento finaliza sin necesidad de que el organismo dicte resolución expresa.

      Al no haberse cursado este hecho como delito, sino como sanción administrativa, no tendría categoría de antecedentes penales, por lo que no afectaría al supuesto de presentarse a unas oposiciones. En todo caso, se podría anotar, por ser considerada como muy grave, en el Registro de Conductores e Infractores, ya que si en el plazo de un año vuelves a cometer la misma infracción, podrías ser sancionado como reincidente con una cuantía 1.000 euros, según la última reforma del Artículo 67.2 a. de la Ley de Seguridad Vial.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  94. Marian

    Llega una multa con acuse de recibo al dueño del coche: limite 80Km/h circula a 113Km/h. Hay que identificar al conductor. Me avisa y envía mi dirección en Francia. La DGT recibe esa información con fecha 22 abril. Me dí cuenta en el momento y el cuenta-kilómetros marcaba 110Km/h exactamente.
    Después de más de 6 meses, hoy 24 de agosto, aparece una carta en el buzón de mi casa en Francia. Alguien la ha traído en mano, porque no ha venido por el correo convencional de España a Francia; ni acuse de recibo ni nada. En la foto aparece 113Km/h y en la denuncia también; 300€ y 2 puntos. Además de pasarse en el plazo de aviso, no he firmado nada indicando que he recibido la carta y tampoco se ha aplicado el porcentaje de error (lo que daría una multa de 100€ y 0 puntos según os he entendido).
    ¿Cuál es la situación y qué pasos debo dar? Gracias.

    Responder
  95. Marian

    Perdón , la fecha está mal puesta. Ha sido un lapsus. Estábamos hablando del 24 y ahí ha ido. Hoy es 19 de agosto a las 23:55

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Marian:

      Según entendemos de lo que nos comentas, la notificación que recibes es por haber sido identificada en una sanción, en ese caso no existe plazo límite para ser notificado.

      Por otro lado, el hecho de que la notificación no esté certificada es habitual, incluso en España, puede haberte sido entregada por otro sistema de envío que le permita al Organismo tener constancia de la entrega, como la utilización de una empresa de envíos.

      En cuanto a la aplicación de márgenes, tenemos otro artículo que te puede ayudar a entender la aplicación de los márgenes de error, ya que la notificación recibida por el conductor ya tiene éstos aplicados: Multas de radar: ¿Por qué y cómo nos multan?

      Haber fotografiado la velocidad marcada por el velocímetro en el momento, cuando nos comentas que te fijaste, habría sido una prueba que sustentara tus alegaciones, pero una vez pasado el hecho se hace imposible probar que se circulaba a menos velocidad y ajustar la sanción.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  96. Fernando

    Hola me gustaria saver si me an multado :
    el dia 6 de agosto me meti por una calle que no estava indicado la direccion de prohibido me paro un policia local y me dijo save que esta circulando en direccion contraria yo le dije que no tenia ni idea que no havia ningua señal de prohibido , cuando me meti . hace mas de un año cambiaron algunas calles de circulacion y hicieron zona peatonal pero yo tengo autorizacion .
    Entonces el policia local le dijo a su compañero que estava a unos 50 metros aproximadamente que le dira el libro de sancion y le contesto que no lo tenia entonces el otro compañero llamo a central para comprocar mis datos de que estava todo correcto .
    Me gustaria saver si me multaran o no y el plazo que tienen que es de 3 a 6 eses si en ese plazo no me dicen nada eso quiere decir que no me multan …?
    Tambien si voy a la policia local y me ago es despistado como que quiero saver si tengo alguna multa me lo podrian decir …?
    Si podeis contestarme a las preguntas os lo agradeceria muchas gracias .

    Responder
  97. Fernando

    Hola me gustaria saver si me an podido multar :
    El dia 6 de agosto sin estar indicado me meti en una calle que no estava la señal de prohivido cuando llego al fin de la calle me encuentro a un policia local y me dice save usted que esta en direccion contraria y le contesto que no lo savia que no ponia nada y por eso me meti que si lo llego a saver no me huviera metido que lo sentia mucho pero que no habia señal de que no se podia pasar .
    En eso que le pide al compañero que estava a unos 50 metros aproximadamente de el el libro de sanciones para multarme , en eso que le contesta el compañero que no lo tenia .
    El agente que me paro llama a central poilicia local para ver si estava todo el orden me pedio la documentacion y me la debuelve y solo veo que se apunta en la mano mi matricula con un boli y se va .
    ¿ Me gustaria saver si hay alguna forma de poder saver si me an multado o tengo que esperar de 3 a 6 meses y si no me dicen nada en 6 meses eso quiere decir que no me an multado ?

    ¿Tambien si voy a la policia local y les pregunto que si tengo alguna multa pendiente se podria saver ?
    Si podeis hacerme el favor de contestarme a esas 2 preguntas os lo agradeceria mucho .
    Muchas gracias y estoy a la espera .

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Fernando:

      En el comentario anterior comentaste que tenías autorización, quizás fue esa la comprobación que se hizo telefónicamente de que estaba todo en regla. Sin embargo, la opción que comentas de acercarte a una dependencia de la policía local es una buena idea para comprobar si se ha procesado alguna multa por este hecho.

      Como también comentas tienes otras opciones para saber si tienes multas, pero te servirían en el caso de no ser notificado en tu domicilio (en caso de no tener bien actualizados los datos en tráfico) o en tu Dirección Electrónica Vial si estás dado de alta. Efectivamente, dependiendo de la gravedad de la sanción, la administración tiene un plazo de 3 a 6 meses para notificárnosla, tras el cual se entenderá que la multa ha prescrito.

      Este artículo que te enlazamos te servirá de ayuda en este tema: ¿Cómo saber si tengo una multa de tráfico?

      Un saludo.

      Responder
  98. victor

    Hola

    Ayer me paro la policía municipal por hablar por el móvil. Me pidieron los papeles del coche y el permiso de conducir pero no me dieron ningún papel.
    Puedo entender que al final no me pusieron la multa?

    gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Víctor:
      Según lo que nos comentas, efectivamente puede ser que no te la pusieran finalmente, pero puede darse el caso de que no te pudieran entregar el boletín por darse además otras irregularidades en el momento de ver la documentación del vehículo y que no fueran imputables a tí como conductor, si no al titular del vehículo.
      Un ejemplo de ello, son las multas por no pasar la ITV. De existir otra infracción que notificar es probable que no te hayan dado el boletín y esperar a notificarte éstas juntas en tu domicilio.
      Entendemos que aunque no te hayan dado el boletín, pero han observado una infracción, deberías estar atento a futuras notificaciones de, al menos, esta multa en tu domicilio.
      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.
      Un saludo.

      Responder
  99. alfred

    hola me pusieron una multa y me ha llegado una carta certificada del ayuntamiento la multa me la pusieron en alicante y no se si es la multa o no alguien me puede decir quien me tiene que mandar la multa a casa el ayuntamiento???? trafico??? suma???

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alfred:
      La notificación de la multa te la enviará el organismo encargado de la gestión de multas de tráfico del sitio en el que se cometió la infracción.
      Esperamos haberte ayudado.
      Un saludo.

      Responder
  100. Nacho

    Bola, el primer fin de semana de junio me hicieron un test de drogas en el que según el agente daba positivo en drogas, hacia mas de 4 días que había consumido, el agente me dijo que se enviaria una segunda prueba a un laboratorio de Barcelona y que la primera era indicativa, la válida seria la del laboratorio. También me entrego una denuncia y un documentó explicando el procedimiento. Me supondría una perdida de 6 puntos y una multa de 1000 €
    A día de hoy no he recibido ninguna notificación de los resultados ( el agente me dijo que en dos meses me llegaría la notificación a casa) y ya no puedo acceder al descuento económico de la multa, consulto mis puntos y los tengo todos.
    Mi pregunta es ¿cuanto tiempo tarda en llegar la notificación del laboratorio?
    En caso de negativo ¿ enviarían algún tipo de notificación para indicarmelo?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Nacho:

      De tu comentario deducimos que la denuncia entregada tenía valor de notificación, por lo que con ella podías realizar las gestiones que creyeses oportunas, recurrir o pagar, incluso acogerte al pago con descuento.

      Desconocemos el tiempo que tarda una prueba de laboratorio en entregarse. Sabemos que en ella confirman el tipo de sustancia y la cantidad a partir de la segunda prueba, en la que tenías que haber dado positivo, porque de no ser así no te hubieran sancionado ni hubiesen enviado las pruebas al laboratorio.

      El hecho de que aún no se hayan detraído puntos en su carnet es que la sanción aún no es firme. Estaría en terreno de la Administración volver a notificarte la multa, ya sin posibilidad de descuento, para que procedas a su abono.

      Hace poco hablamos sobre las multas de alcohol y drogas, te dejamos el enlace porque puede serte útil: Multas por consumo de alcohol y drogas: límites entre infracción y delito

      Un saludo.

      Responder
  101. Luis miguel

    En agosto del 2014 me llega una notificación de multa por exceso de velocidad de un radar fijo al no ser notificada en el acto se me obliga como titular del vehículo a identificar al conductor diciendo que de no ser así podrían poner,e el doble de la muta
    Cosa que hago por registro del ayuntamiento dentro de los plazos establecidos para ello por supuesto con los datos reales del conductor etc pues pertenece a la familia mi sorpresa es que el día 26 de septiembre me notifican providencia de apremio de suma para pagar la multa a mi nombre
    Eso es normal que me obliguen a notificar al conductor bajo amenaza de pagar más y cuando lo hago pasan e todo ? Ya no es la multa monetaria es los 4 puntos que me quitan sin ser el culpable eso es Asi ?
    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Luis Miguel:

      Entendemos que debe de haber habido alguna otra notificación antes del apremio que no le ha llegado En teoría, si se identificó al conductor en tiempo y forma debería de haber sido notificada la multa a la persona identificada. No obstante, pueden haber ocurrido dos cosas:

      1.- Que hayan intentado notificar al conductor en la dirección que se facilitó y que no hayan podido realizarla, haya dado intento fallido (domicilio desconocido) y te hayan generado un incumplimiento a ti. En este caso, se tendría que haber enviado a tu domicilio la notificación de denuncia por incumplimiento, como bien te indicaban en el requerimiento de identificación. Puede ocurrir que dicho incumplimiento no te haya llegado porque no te hayan podido localizar tampoco en tu domicilio, en cuyo caso, la notificación se realizaría dos veces. Tras el segundo intento, si no es posible la entrega, se realizaría la publicación en un boletín oficial, considerándose como notificada; y, lo siguiente que te envían, es la notificación de la providencia de apremio.

      Por lo que para saber si esto ha ocurrido así, deberías ponerte en contacto con el Organismo en cuestión y que te den información sobre el expediente o solicitar por escrito copia del expediente en cuestión, y así poder ver las notificaciones que se han realizado y comprobar si todo esto está en regla o no para poder proceder a recurrir el apremio. Precisamente, ya la única vía de recurso en este caso sería la falta de notificación.

      2.- Que el Organismo por el motivo que sea no tenga constancia de que se realizara la primera identificación. En este caso, deberías de haberla recurrido en el momento en que llegó la notificación de denuncia por incumplimiento del deber de identificar; pero como hemos comentado en el apartado anterior, ocurre que esta notificación pudo no haberte llegado.

      En este caso, la manera de proceder es la misma: pedir copia del expediente para ver las notificaciones y comprobar si éstas han sido correctas, y si no lo han sido, recurrir el apremio en base a la falta de notificación.

      Esperamos haberte ayudado en tu consulta. Si decides continuar con alguna acción legal, no dudes en contactar con nuestros servicios de Asesoramiento Legal de Miratusmultas.com.

      Un saludo.

      Responder
  102. Lucas

    Buenos días. He recibido una notificación por no respetar señales en vía de circulación restringida. Por lo q tengo entendido se trata de una infracción leve por la cuantía, q son 90€. Mi duda es la siguiente: la supuesta infracción se cometió el 10/01 y la notificación me la han enviado el 01/10 y solo me especifica la matricula del coche pero no me viene ninguna foto adjuntada tampoco corroborando q se trata de mi coche. Por lo q he estado leyendo deben notificar la infracción dentro de los 3 meses desde q se cometió, no? Ya q por supuesto, no me acuerdo si lo hice o no, pero aún así no me han dado opción de poder pagarla con la bonificación y es q encima me mandan la notificación con el apremio y recargo. Muchas gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Lucas:

      En tu caso, entendemos que no es la primera notificación sobre la multa que se envía, si no que ha habido una en medio del proceso que no has atendido o que no te ha llegado. El proceso ha continuado y por eso ha llegado la multa en apremio.

      Esta situación puede deberse a que hayan intentado notificarte la multa en otro domicilio (el que consta en Tráfico a efecto de notificaciones), y que en él hayas dado como desconocido, por lo que la multa se publicó en un boletín oficial, BOP, TESTRA o TEU, lo cual tiene valor de notificación y permite que el proceso continúe.

      Te recomendamos ponerte en contacto con el organismo que te impone la sanción original y comprobar las notificaciones realizadas. Seguidamente, actualizar tus datos en tráfico para que no te vuelva a ocurrir. Te recomendamos echar un vistazo a este artículo en el que hablamos del tema de la actualización de nuestros datos: Carné de conducir:¿Por qué debo tener actualizados mis datos en Tráfico?

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo

      Responder
  103. Alejandra

    Hola buenos dias
    Ayer venia sobre marina nacional y venía a exceso de velocidad y alcance a ver el flash de la camara quisiera saber si hay multa y si la hay en cuanto tiempo aparece la multa para poder pagarla antes de que mis papas se enteren! Gracias x su ayuda un saludo!.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alejandra:

      Actualmente, nuestro blog está enfocado a las multas de tráfico en España y Europa, por lo que sentimos no podemos darte una respuesta concreta en tu caso, ya que desconocemos como se actúa en tu lugar de residencia.

      Un saludo.

      Responder
  104. Lourdes

    Hola, pensando que me habían multado, he mirado en la pagina de multas y he visto que tengo una de hace 10 meses de 100 euros, no sé que tengo que hacer, ni dónde la tengo que ir a pagar ya que no me ha llegado ninguna carta. Tengo que cambiar el domicilio porque no tengo bien la dirección. Alomejor por eso no la he recibido.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Lourdes:

      Efectivamente, es muy posible que se haya publicado en el boletín tras tratar de realizar la notificación en el domicilio que no tienes actualizado.

      Nuestra recomendación es que te pongas en contacto con el organismo que emite la notificación, para conocer los detalles de la multa y la fase en la que se encuentra, si es posible pagarla o no, por ejemplo.

      Esperamos que nuestra respuesta te sea útil.

      Un saludo.

      Responder
  105. Adrián

    Hola, en julio de este año conducí el coche de mi madre sin tener el permiso de conducir y dando positivo en la prueba de alcholemia, el caso es que me lo he sacado hace un par de semanas, he mirado los puntos que tengo y los tengo todos cuando me tendrían que haber retirado 6 como ponía en la notificación.
    se efectuara finalmente la retirada de puntos, o por el contrario como en ese momento aun no tenia el carnet no?
    Hace ya 5 meses desde los hechos.
    Gracias un saludo!!!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Adrián:

      En relación con tu consulta, para calcular cuándo se hará efectiva la detracción de puntos debes tomar en consideración la fecha en la que se hizo firme la sanción, esto es, por ejemplo, la fecha en la que se hizo el pago de la multa.

      De la misma manera, es posible que el organismo que te sancionó aún no haya comunicado tu pérdida de puntos, y por lo tanto la DGT no los haya actualizado aún.

      Este es un trámite que se dilata mucho en el tiempo, pero que sí se realiza finalmente.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  106. Christian J Marte

    Hola soy un chaval me e sacado el carnet hace poco y me metí en contramano el otro dia por equivocación el problema q tengo 19 años y no quiero q mis padres se enteren de nada q puedo Aser para q no llege a mi casa esa multa que tiene q llegar no me dijeron nada de puntos ni en la multa q me dieron en mano ponía nada de puntos

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Christian:

      Si te dieron la multa en mano, no llegará ninguna notificación a tu domicilio. Revisa la información de la denuncia que te han entregado para saber si es posible pagarla acogiéndote al plazo con descuento.

      En el caso de enviarte alguna comunicación relacionada con la multa, puede ser una notificación confirmando el pago, o, si tuviera pérdida de puntos, que no es el caso, de cuando se hiciera efectiva la retirada de puntos correspondiente en tu carnet.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  107. Aitor

    El otro día me notificaron que a un compañero de trabajo le a llegado una multa de un radar fijo en una carretera nacional cuando íbamos en una furgoneta de alquiler y el.conductor era yo.
    La multa pone que circulaba a 63km/h por una carretera de 50. El radar en cuestión es el de na N634, un radar que dicen que funciona de manera irregular y que es uno de los más recaudatorios. Si no hubiera foto del vehículo se podría recurrir? Que acción se podría tomar?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Aitor:

      Tenemos un artículo en el que hablamos de las multas de radar que os puede servir de ayuda: Multas de radar: ¿Por qué y cómo nos multan?

      Como podrás leer en el artículo, normalmente envían una o un par de fotografía en la notificación de este tipo de multas, incluso puedes pedir estas fotografías al organismo para tener más información sobre las circunstancias de tu infracción; por lo que utilizarlo como base para un posible recurso no tendría mucho sentido.

      Cuestión de peso para recurrir sería, por ejemplo, una medición errónea del radar. Cuestiones que te recomendamos consultes con un profesional que pueda asesorarte en tu caso. Recuerda que si se elige la opción de recurrir, se pierde la posibilidad de pago con descuento.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  108. Paco

    Buenas tardes:
    Ayer fui multado por exceso de velocidad ( iba a 102 km/h en una autovía de 80 km/h) , pero solo he sido sancionado económicamente, es decir, no me han restado puntos, y me dieron la notificación en mano en ese instante. Me gustaría saber si llega alguna carta de trafico o algo que indique la multa tras haberla pagado, ya que no quiero que mis padres se enteren :S
    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Paco:

      Sobre tu consulta, comentarte que efectivamente podría llegar una comunicación en la que te confirman el pago de la multa, pero no es algo muy habitual.

      Si te tranquiliza un poco, el exceso de velocidad por el que fuiste sancionado no conlleva pérdida de puntos. Lo puedes comprobar en el cuadro de velocidad que compartimos en este artículo: Ley de Tráfico: Cambios en el cuadro de velocidades

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  109. JUAN

    Hola buenas me gustaria saver cuanto tiempo tienen de plazo para notificarme en el domicilio la multa por una direccion prohibido , y si pasado ese plazo ya no pueden reclamarmela …?
    Me pararon llamaron a central para ver si estava todo en orden y cuando me ivan a multar me dijeron que ya me llegara la multa a casa .
    Yo no me entere que me meti por una direcion prohibida y se lo dije al policia local .
    Ya me direis algo gracias

    Responder
  110. JUAN

    y si pasados esos 6 meses si no me la notifican eso quiere decir que me librado ? o me la pueden reclamar tambien pasados esos 6 meses…
    ya me direis algo .

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Juan:

      En ese caso, el plazo que tiene la Administración para notificar la multa habría pasado por lo que ya no podrían exigirte el pago o permitirte recurrir, siempre y cuando hablemos de la primera notificación que, en tu caso, esperas recibir en tu domicilio.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

      Un saludo.

      Responder
  111. Antonio

    Hola muy buenas , este sábado día 20 me multaron en un control por dar positivo thc . sme dieron un boletín con la multa con el 50% a pagar en un plazo de 20 días , osea son 1000euros si lo pago en el plazo son 500€. hoy la he pagado y hace 3 días que me multaron . quería saber si al pagarlo lo antes posible si me llegara alguna carta a mi domicilio o algo? He escuchado que si la pagas en ese plazo es que se supone que eres conciente y admite que es mi culpaa no llega nada a casa. Necesito respued urgente gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Antonio:

      Efectivamente, cuando realizas el pago de una sanción aceptas la infracción cometida y su sanción. En el caso de las comunicaciones posteriores, debes tener en cuenta que algunos organismos si envían una comunicación de confirmación del pago y cierre del expediente, desconocemos si el organismo que te ha sancionado vaya a hacerlo, habitualmente no pasa.

      Un saludo.

      Responder
  112. Beatriz

    Hola, el otro día me encontré una multa en el parabrisas por mal estacionamiento, ahora sé que tengo que esperar a que me llegue la notificación a casa, pero mientras tanto quería mirar a ver si aparece en alguna parte, y en la web de mi mutua, donde puedo consultar las multas que tengo, no aparece qu e tenga ninguna infracción. Es posible que finalmente no me llegue? o simplemente es que aun no esta publicada y ya lo pondrán? Han pasado 3 días desde la multa. Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Beatriz:

      Efectivamente, la multa llegará a tu casa o a la del titular del vehículo, a la dirección que conste en tráfico a efecto de notificaciones.

      Sobre las consultas en buscadores de multas, debes saber que para encontrar multas en ellos, primero debe publicarse la multa en el TEU del BOE, ya que es de este boletín oficial de donde obtienen la información los buscadores (En Miratusmultas.com también tenemos uno, por eso lo sabemos bien).

      ¿Cuándo se publica una multa en el TEU? Es muy sencillo. Esto pasa si la notificación en el domicilio falla, bien porque nuestra dirección en tráfico esté desactualizada y demos como desconocidos en esta dirección, es decir que por algún motivo no pueda entregarse la multa en el domicilio. Una vez publicada, ésta tendrá valor de notificación, empezando a correr el plazo de pago con descuento o recurso.

      Te dejamos el enlace a un par de artículos en los que hablamos de la notificación de multas, seguro que te ayuda: Cómo utilizar correctamente un buscador para saber si tengo multas y ¿Es posible saber si tenemos una multa antes de que sea notificada?

      Un saludo.

      Responder
  113. Mario

    Hola buenas:
    Queria preguntarles una situación :
    Me sancionaron hace casi 3 años con una infracción mui grave.estoi a la espera de recuperar mis 6 puntos despues de 3 años sin realizar una infracción. Hasta ayer dia que me multaron por tener mi vehiculo encima de la acera.100e de multa ya reducida y sin ninguna perdida de puntos.pero dice k es una infracción grave…mi pregunta es la siguiente :esta sanción me afecta para la recuperación de mis puntos ya retirados?también me da la opción la multa de poner otro conductor.al no tener perdida de puntos.con pagarla y poner q mi novia valdra…..jeje pobrecilla.todo esto seria en caso de que me confirmen que si me afectaria en la recuperación de mis puntos ya quitados.un saludo y gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Mario:

      En primer lugar, aclararte que en la recuperación de puntos no se recuperan los puntos perdidos, si no que se van recuperando puntos según el tipo de conductor que seamos (novel o experimentado). Es decir, que si perdemos puntos y somos noveles, recuperaremos hasta los 8 puntos; en caso contrario, hasta los 12 puntos.

      Sobre el tipo de infracciones que afectan para la recuperación de puntos, se tendrán en cuenta solo las que lleven aparejada la pérdida de puntos, por lo que no debería afectarte esta multa de aparcamiento, según lo consultado en la web de la DGT: Recuperación de puntos

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  114. DANIEL

    Hola, el 19/11/2015 me denunciaron por estacionar en doble fila el precepto infringido es el O.M. ART 60
    la notificación me llegó el día 15/04/2016 más de tres meses para denuncias leves. Mi pregunta es obvia, es esta una multa de carácter leve.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Daniel:

      El cálculo que es aplicado no sería correcto ya que este tipo de infracciones son de tipo grave, por lo que el plazo de notificación de la multa es de 6 meses.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

      Un saludo.

      Responder
    2. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Daniel:

      En relación con el tipo de error que nos comentas, recurrir en este sentido sería totalmente infructuoso, dado que se ve claramente que es un mero error de transcripción fácilmente corregible y, por tanto, no se trata de un defecto de forma de la denuncia no subsanable, si no todo lo contrario, y que no daría lugar a invalidar la notificación.

      Espero haber aclarado tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  115. Raquel Rubio Garcia

    Hola buenas, el viernes pasado me multaron por haberme saltado un ceda, no me quitaron puntos pero me gustaria saber si pago la multa ya, si me llegara tambien a casa. Gracias!!

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Raquel:

      En el caso de multas notificadas en el acto al conductor, se puede proceder al pago de la misma, ya que ésta ha sido informada al conductor responsable de la infracción.

      Esperamos haber aclarado tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  116. Angeles

    Hola, esta mañana me ha parado la GC por saltarme un stop. Me han denunciado y he firmado el boletín de denuncia. El Guardia Civil se a alejado hacia su vehículo con mi DNI y el aparatito de la denuncia firmado.
    Al rato ha vuelto y me ha dicho que no había podido transferir la denuncia y que la recibiré en mi domicilio y si tengo suerte a lo mejor no la recibo.
    Es eso posible?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Ángeles:

      No comentas si te entregó el boletín de denuncia, ya que que de haberlo entregado, independientemente de no haber transferido la denuncia, la multa estaría notificada.

      Si no te fue entregado el boletín, si sería posible recibir posteriormente la notificación de esta infracción en tu domicilio, o en el domicilio del titular del vehículo.

      Hace unos días publicamos un artículo en el que hablamos de la gestión de los boletines de denuncia, seguro que te sirve de ayuda: Notificaciones de multas: ¿Cómo debo gestionar un boletín de denuncia?

      Un saludo.

      Responder
  117. Ruben

    Hola,

    A finales de Mayo en un control de velocidad en un tramo a 80 km/h pasé a 92 km/h por lo que me llegó la correspondiente sanción de 100€ sin perdida de puntos y que ya pagué. Pocos días después me llega otra notificación en la que se me indica que en ese control no me paré a recibir la sanción en mano de la Guardia Civil (la verdad que si recuerdo haber visto a un agente pero no me percaté de sus indicaciones) y que identifique al conductor ya que implica la perdida de puntos sin especificar cuantos. Me gustaría saber cuantos puntos me pueden quitar.

    Un saludo y gracias.

    Responder
  118. Paloma

    Hola buenas hace unos días iba conduciendo y la guardia civil se puso detrás de mi y me dio las luces me puse nerviosa y como había bebido acelere me siguieron un poco pero al final los despiste había mucha niebla y casi no se veía nada. Dos días después llame a tráfico para ver sí el coche tenía alguna multa di la matrícula y el DNI del propietario y me dijeron que no constaba nada eso quiere decir que no me cojieron la matrícula o es que aún no les llegó? Muchas gracias.

    Responder
  119. Erlantz

    Buenos días
    Me ha llegado una multa a mi casa por saltarme un semáforo en rojo el 08/07/2016 (1° notificación), la infracción fue el 18/11/2015, por medio el 11/04/2016 le llego a mi empresa una notificación para la identificación del conductor, cuya identificación fue realizada el mismo dia. Desde ese momento entiendo que se paraliza la prescripción durante 1 mes, plazo en el cual dispone el organismo para realizar las gestiones pertinentes para mi identificación y que pasado este plazo se reanuda la prescripción. Por lo que con las fechas que te comento creo que ha prescrito la infracción. Es así? Esa es mi pregunta.
    Gracias y un saludo

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Erlantz:

      En relación con tu caso, te comentaremos que una vez la empresa ha recibido la notificación por la que se solicitaba la identificación del conductor, efectivamente se cumplía el plazo de notificación, pero no no se abre ninguno para que la Administración gestione dicha información, que concluye con la notificación de la multa al conductor identificado, lo cual se ha producido, según lo que nos comentas.

      Por lo tanto, no hay ningún plazo de notificación incumplido. Ahora bien, una vez que como conductor identificado has recibido la notificación, se abre para tí el plazo de 20 días naturales para que puedas pagar con descuento o recurrir.

      Esperamos haber aclarado tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  120. Carlos

    Hola , me pusieron una multa (en el parabrisas) de aparcamiento de policia local el día 18/09/2015. No la pagué y no me han notificado por carta certificada ni nada a dia de hoy, ya casi un año despues. En cambio la multa figura en el TESTRA. ¿puedo librarme de pagarla?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Carlos:

      Si como nos comentas, la multa fue publicada en el TESTRA, esta acción significa que la multa si ha sido notificada fehacientemente.

      La cuestión que debes plantearte es por qué la multa original no fue notificada en tu domicilio, dado que el boletín que tenías no tenía valor de notificación. Habitualmente en estos casos, la notificación en el domicilio del interesado falla por no encontrarse actualizados sus datos en Tráfico.

      Nuestra recomendación es que gestiones la multa notificada en el TESTRA, según como se solicite en ella y dentro de los plazos disponibles.

      Te dejamos un par de artículos que pueden ser de tu interés relacionados con el sistema de notificación:

      Notificaciones de multas: ¿Cómo deben informarme de una infracción?
      ¿Cómo evitar que nos publiquen multas en el TEU?

      Un saludo.

      Responder
  121. Maria

    Hola el otro dia entré en una calle de repente una señal de dirección prohibida exentos autorizados había una calle que podia salirme por hay intenté entra y no entraba se ponen 4 coches en la parte trasera depues de un rato de maniobra y sin poder dejarles pasar la calle es estrecha pues entre clara mente los otros estaba autorizados el mio no tiene camaras pero cuanto sera la multa y recurrir seria para nada claramente si tiene otra cámara pal lado contrario se puede ver que no fue a posta

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola María:

      Para conocer exactamente la infracción por la que se te denuncia tendrías que esperar a que te sea notificada la multa. En ella encontrarás esta información así como imágenes o acceso a ellas para comprobar las circunstancias de la infracción.

      Con esta información y con esta notificación sobre la que podrás realizar cualquier alegación que consideres oportuna para tu defensa.

      Si quieres conocer más acerca del proceso de notificación de multas, te invitamos a consultar este post: Notificaciones de multas: ¿Cómo deben informarme de una infracción?

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  122. MARIA

    Ya claramente llegarae podido saber es una calle que es uso para taxis y coches que viven en ella es la calle de la catedral de Jaén y tanto para entra como para salirse con cámaras que leen matriculas no sera la misma sanción que circula en dirección contrario por que se puede circular pero los autorizados solamente lo peor es que no se podía apartarme para deja pasar a los otro coches y si a eso le sumas la calle de salidada saled que estaba antes y un coche mal aparcado que no medejaba gira

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola María:

      Como te comentamos en la consulta anterior, habría que esperar a que te sea notificada la multa para conocer los detalles de la infracción. En ella encontrarás información como imágenes o acceso a ellas para comprobar sus circunstancias, aunque si bien comentas, las señales dispuestas de prohibición te podrían ayudar a deducir la posible infracción, pero hasta que no te la notifiquen no sabes si realmente ha ocurrido una infracción.

      Puede serte útil este artículo en el que hablamos de las formas de notificación de multas: ¿Es posible saber si tenemos una multa antes de que sea notificada?

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  123. Jose

    Hola,

    El dia 26/08 me multaron por no respetar la señal de seguir al frente, me entregaron la multa en mano, me dijo que era una sanción leve y que no tenia perdida de puntos, pero no me puso cuanto dinero era la multa.
    Han pasado 3 semanas y no me ha llegado ninguna carta ni nada, me tiene que llegar algo?
    También he mirado en la pagina de la dgt para ver si tengo alguna multa y me sale que no tengo nada…

    No se si me tiene que llegar alguna carta a casa, o tengo que ir yo a algun sitio a pagarla… o no se si no me la pusieron al final…

    Agradecería vuestra ayuda

    Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola José:

      Tenemos un artículo en el que hablamos sobre cómo gestionar una multa que nos entregan en mano, te dejamos el enlace porque te puede ser útil: Notificaciones de multas: ¿Cómo debo gestionar un boletín de denuncia?

      Te adelantamos que al haber sido notificado en mano, no llegará ninguna notificación a tu domicilio, ni tampoco podrás encontrar ninguna multa en la DGT, ya que consta como notificada, a la espera de que realices el pago con descuento o recurras en el plazo de 20 días naturales.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

      Un saludo.

      Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola José:

          Gracias a tí por dejar tu comentario en nuestro blog.

          En el mismo boletín debes de tener instrucciones para realizar el pago de tu multa: oficina de correos, entidad bancaria o una página web.

          Un saludo.

          Responder
  124. Agustin

    Hola,

    El día 15 /06/2016 pase por error por una zona en horario de acceso restringido al trafico. Me ha llegado la notificación de la multa hoy: 19/09/2016 por importe de 80 euros (40 con reducción del 50%). La fecha de incoación del expediente pone 07/09/2016.

    Ya que han pasado más de 3 meses (4 días mas) ¿Podría con éxito recurrir la infracción por notificación fuera del plazo legal establecido?.

    Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Agustín:

      Efectivamente, podrías recurrir tu multa. Si se trata de la primera notificación que recibes sobre la infracción, al ser de tipo leve, su plazo de plazo de notificación es de 3 meses, el cual se ha superado tal y como indicas.

      Te recomendamos que para continuar con tu recurso te pongas en manos de un profesional que te asesore. Si estás interesado en nuestro servicio de Asistencia legal, te dejamos el enlace para que contactes con nuestro equipo legal en Miratusmultas.com.

      Un saludo.

      Responder
  125. mariano

    Hola, el dia 14 de septiembre se puso delante de mi un coche camuflado de la guardia civil que me indico parar, con el rotulo que llevan en el cristal trasero.Me dijeron que iba adelantando sin sacar los intermitentes (según ellos), no iba con exceso de velocidad ni nada, me dieron la notificacion en mano 200€ y 100 por pronto pago. fue en la carretera de Andalucia a la altura de Bailen. en la multa me ponen que cambié de dirección cosa imposible en la autopista y además se confundieron bailando varias letras de mi primer apellido, ¿deberia recurrir la multa?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Mariano:

      Te dejamos el enlace a un artículo en el que damos consejos sobre que hay que tener en cuenta para recurrir una multa, seguro que te es de utilidad: ¿Son recurribles todas las multas?

      Debes tener en cuenta que para recurrir, tus alegaciones deben estar sustentadas por pruebas que demuestren que la infracción no se cometió en las circunstancias descritas, en este caso, según lo visto por los agentes.

      En relación con el error al escribir tu apellido, comentarte que no es un error que anule la multa, si no que es un error subsanable por la administración. Hablamos sobre defectos de forma en las multas en este artículo: Recurrir una multa por defecto de forma ¿Qué significa y cómo se aplica? (II)

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  126. Ane

    Hola, el día 1 de Noviembre, la policia municipal, me puso una multa por dar positivo en el test de alcoholemia. Dí 0,59 y la multa reducida es de 500 euros y pérdida de 6 puntos del carnet. En la multa dí mi residencia habitual en estos momentos (estoy recién independizada). Hoy, a día 2, ya he pagado la multa pero mi pregunta es, ¿llegará algún tipo de notificación a casa por pérdida de puntos o constantando que ya la he pagado? y si es así, ¿A que domicilio se enviará, al domicilio de la multa o al de empadronamiento?
    Muchas gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Ane:

      Efectivamente, es posible que se te envíen comunicaciones adicionales relacionadas con esta multa, por haberla pagado, por ejemplo. La dirección que se tomaría para hacerlo es la consta en tu carnet de conducir o la que conste en tráfico a efecto de notificaciones, que puede coincidir, o no, con aquella en la que estés empadronada.

      Esperamos que nuestra respuesta resuelva tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  127. sergi

    Hola, buenas tardes.

    Hace como 2 meses me hicieron la prueva de drogas y di positivo en cannabis, podria saber de algun modo si me va a llegar o no la multa a casa?

    Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Sergi:

      Este tipo de multas se entregan en mano al conductor infractor. Entendemos que con el resultado positivo de la prueba debieron entregarte el boletín de denuncia en mano, con los detalles de la sanción y con el que puedes proceder a pagar la multa.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  128. alberto

    Hola, he pasado por una zona con radar en autovía y he visto el flash, se sabe cuantos días tarda de media en llegar la primera notificación al buzón actualmente desde el CTDA?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Alberto:

      No conocemos con exactitud este tiempo de notificación, lo que sí conocemos es que el plazo máximo para hacernos llegar la multa de este tipo de infracciones de de 6 meses.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  129. Jose Luis Marín

    Me han multado por no pasar la ITV, he pagado la multa y he realizado la revisión de la ITV, pero cual es mi sorpresa que recibo una 2ª sanción, antes de haberme notificado la 1ª, la 1ª la notificaron pro correo el 20/10/2016, la pague y ahora una vez pagada y pasada la ITV, me llega una 2ª que se realiza el día , 19/10/2016,claro yo no he cogido la moto desde q supe me habían multado, pero es que me ponen otra un día antes de notificar la 1ª, voy a poner una reclamación presentando las dos multas y mis alegaciones, creo q he tenido buena intención habiendo pagado la 1ª y realizado la ITV, creen que tendre buena suerte y me quitaran la 2ª sancion…

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola José Luis:

      Debes tener en cuenta que mientras no se solucione la falta de inspección del vehículo puedes ser multado innumerables veces por el mismo motivo, por lo que es muy razonable que te hayan multado dos veces por el mismo hecho y en días diferentes.

      Lo lógico sería que hubiese llegado primero la multa del día 19 y luego la del 20, estando en el mismo caso que expones, pero de cualquier manera en las fechas en la que se te imponen sanciones (19 y 20) tu vehículo permanecía sin pasar la ITV, por lo cual eres susceptible de ser multado.

      Esperamos que nuestra respuesta aclare tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  130. Noelia

    Hola,
    El otro dia olvide poner el tiket en zona verde y cuando llegue me acababan de poner una multa y el señor me explico que debia pagarla en un banco o cuando llegase notificación a casa por correo. Me gustaria saber si al haberla pagado a la mañana siguiente me llegara igualmente la notificación por correo aunque ya este pagada.
    Gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Noelia:

      Efectivamente, dado que la multa no se te pudo entrega en mano, esta será notificada en tu domicilio. Cuando esto ocurra deberás contactar con el organismo y presentar el justificante de haberla abonado.

      Esperamos haberte ayudado.

      Un saludo.

      Responder
  131. francisco

    Hola hace tres meses me multaron por alcoholemia y me dieron la multa en mano y se paso el plazo de 20 dias y no la page y ahora me a llegado una notificacion y me pone que tengo otros 20 dia, es cierto?
    y si lo pago dentro de esos 20 dias llegaria la multa a mi casa?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Francisco:

      No es habitual que después de haber sido entregada la multa en mano, con su correspondiente plazo para pagar con descuento, se vuelva a notificar la multa y se otorgue nuevamente dicho plazo. Nuestra recomendación es contactar con el organismo que impone la multa y verificar la situación, y si, efectivamente, se te vuelve a dar plazo de pago con descuento, sería conveniente aprovecharlo para pagar la multa con reducción.

      Tras el pago de una multa tampoco es habitual que lleguen notificaciones posteriores relacionadas con su pago, aunque sí puede pasar, lo cual dependerá del organismo.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  132. DANIEL

    Buenas, esta mañana me ha llegado una multa del 2014 por el importe de 283 euros con recargo ¿porque tengo que pagar tal importe si ellos han sido los que han tardado 2 años en mandarmela? Gracias

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Daniel:

      Vamos a recomendarte un artículo de nuestro blog que estamos seguros puede servirte de mucha ayuda a entender lo que ha podido suceder en tu caso: ¿Por qué unas notificaciones de multas me llegan a casa y otras no?

      Debes tener en cuenta que esta notificación en realidad no puede no ser la primera que te hayan intentado hacer llegar, pues han podido intentarlo en 2014 o en los meses sucesivos a la infracción en un domicilio anterior o desactualizado, considerando que para las multas de tráfico se utiliza a efecto de notificaciones el que conste en la DGT. Al no poder entregarse, esta multa ha podido publicarse en un boletín (TESTRA o TEU), permitiendo que el proceso continuara, llegando a la fase se apremio en la que ahora está.

      Esperamos que nuestra respuesta y el artículo te sirvan de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  133. Rubén

    Hola,

    El día 17/10/16 al volver a mi vehículo vi que tenía una multa del ayuntamiento de madrid en el parabrisas en el que pone que es de carácter informativo y tengo que esperar a recibir la notificación en mi domicilio. Hoy día 03/02/17 me ha llegado la carta por correo ordinario con la multa y no se si se han incumplido los plazos de notificación o ese papel amarillo que me dejaron ya es la notificación. ¿Se podría recurrir? También dice que dispongo de 20 días naturales desde la práctica notificación para pagar el 50%, pero en la fecha de control pone 06/02/17, ¿Es ese el día máximo para pagarla reducida?

    Muchas gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Rubén:

      Tal y como te indicaba el boletín que dejaron en el parabrisas de tu coche, las multas en las que consta el conductor como ausente, como motivo por el que no se entregó la multa en el acto al conductor, se notificarán de forma posterior al titular del vehículo, tal y como te ha pasado.

      No nos comentas que tipo de infracción es, pero si está catalogada como infracción grave (lo puedes comprobar en tu notificación) el plazo de notificación es de 6 meses, por lo que estaría en plazo para que la Administración nos la comunique. En el caso de infracciones de tipo leve, el plazo que tiene el organismo para notificarla es de 3 meses.

      En cuanto al plazo de pago con descuento, efectivamente la fecha de control es la fecha límite para acogerse al pago con descuento, aunque deberías tener más plazo, ya que tras haberse recibido la notificación se cuenta con 20 días para gestionarla (recurrir o pagar con descuento), quizás la multa ha tardado en notificarse una vez salió del organismo y la fecha de control se ha quedado corta.

      Esperamos haber resuelto tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
      1. Rubén

        Hola,

        Es una infracción catalogada como leve, el problema es que al llegarme por correo ordinario no tengo forma de demostrar que me llegó pasados casi 4 meses, no se si por la fecha de control (06/02/17) si le resto los 20 días, se supone que me habría llegado el 17/01/17 justo el plazo de 3 meses que tienen para notificármela, ¿no? ¿Siendo así se podría recurrir?

        Gracias , un saludo.

        Responder
        1. MTM - Miratusmultas Autor

          Hola Rubén:

          Si tal y como comentas, restas 20 días a la fecha de control, la multa estaría en plazo para notificarse, si es de tipo leve. Aunque lo más recomendable es contactar con el organismo para saber qué fecha de notificación tienen ellos, quizás la multa permaneció mucho tiempo en tu buzón y han podido pasar días sin que pudieras conocerla.

          Otra recomendación que te damos es que tengas en cuenta que si recurres pierdes la posibilidad de pagar con descuento, por lo que no estaría de más que valorarás el importe a pagar con lo que supondría hacer un recurso.

          Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

          Un saludo.

          Responder
  134. macu

    a las afueras de un Instituto había un señor del centro que no era policía paraba coches para dejar salir autocares de otra calle, luego dio paso a los coches de la calle en donde estaba yo cuando pase por su lado según el tenia que pararme yo no entendí bien las señas y pasé de largo, no había ningún autocar en ese momento cruzando no puse en peligro ningún automóvil por eso pasé y no entendí bien lo que me quería decir ese hombre. Hable con el al día siguiente y me dijo que había cogido mi matricula y me había denunciado, que estaba cansado que no le hicieran caso que muchos conductores seguían de largo. Yo le explique que no le entendí sus señas y que por eso pase con el vehículo. Mi pregunta es que puedo hacer? Que culpa tengo yo que este hombre no se aclarase con el trafico. Puedo poner una queja a la policía municipal de ese municipio por no haber una persona considerada como agente de la autoridad en un instituto dirigiendo el trafico en vez de un trabajador del instituto? Puedo recurrirla cuando me llegue?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Macu:

      Son admisibles las denuncias formuladas por un particular, siendo también necesario que éste pruebe las circunstancias en las que se cometió la infracción que denuncia. Puedes leer más sobre este teme en este artículo:

      Por otro lado, cuando te sea notificada la multa en tu domicilio tendrás la oportunidad de recurrir, alegando lo que consideres necesario. Si verdaderamente llega la multa, te recomendamos contactar con un profesional que te asesore personalmente en tu caso si deseas recurrir.

      Esperamos que nuestra respuesta te sirva de ayuda.

      Un saludo.

      Responder
  135. Thierry T.

    Hola,

    la semana pasada recibí una carta certificada del ayuntamiento de Oviedo, indicandome que indentifique al conductor por una infracción por pasarme un semanforo en rojo. El problema es que esta notificación llega 7 meses y 5 días despues de la infracción. La pregunta es; esta carta o notificación no llega fuera de plazo, porque al ser una infracción grave, no deberían haberme pedido esta identificación antes de 6 meses.

    Gracias y saludos.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Thierry:

      Efectivamente, una multa por una infracción de este tipo debe ser notificada por la administración hasta 6 meses después tras la infracción, y tal y como nos cuentas, en este caso, superar dicho plazo haría que la infracción prescribiera.

      Esperamos haber aclarado tus dudas.

      Un saludo.

      Responder
  136. multado

    Hola,
    He recibido una multa por conducción temeraria, participar en una carrera, circular sentido contrario, zig zag.. etç.
    en el motivo de la no notificación en el acto no pone nada, solo hay un .
    Como es posible que reciba una multa de este tipo y no me notificaran en el acto, además no pone ningún motivo por la no notificación.
    La he recibido 3 meses después de los hechos que pone en la multa.
    Realmente vale la pena hacer alegaciones? o me tendré que joder y pagar?
    Me parece muy extraño que sea multado con algo de tanta gravedad en una carretera secundaria de noche, además en la hora que pone la multa yo estaba con el coche parado en un mirador.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Multado:

      Te dejamos el enlace aun artículo que seguro te sirve de ayuda para entender el proceso de notificación de multas: ¿Es obligatorio parar el vehículo para entregar una multa de tráfico?

      Por otro lado, también debes tener en cuenta que las infracciones pueden ser denunciadas por cualquier persona que observe los hechos, así como, que las infracciones también pueden ser recogidas a través de medios telemáticos.

      Finalmente, te comentamos, que dada la gravedad de la infracción, ésta tiene un plazo de notificación de hasta 6 meses, de ahí que la hayas a los tres meses.

      Un saludo.

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  137. Javier

    Buenas! Quería saber cuánto tiempo desde que te pilla un radar tarda en notificarse en los buscadores de multas? Tenía la duda de una multa de hará unas horas… Para que sea 100% seguro cuántos días tengo que dejar que pasen para poder mirar el buscador de multas? Gracias!

    Responder
  138. Fran tabares

    Buenas… Hoy aparqué en un sitio un poco raro en frente de in establecimiento (creo que no se puede aparcar ahí) fueron dos minutos y me volvi al coche. Al meterme en el coche observé que se habia parado en la carretera un coche con el rotulo direccion general de trafico. No me dijeron nada dilo estaban mirando pero me da miedo que hayan hecho una foto y me multen. Que opináis

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Fran:

      Si se ha cometido una infracción con tu estacionamiento y ha sido observada por ellos, es posible que si se notifique una multa de tráfico.

      Para comprobarlo tendrás que esperar a que la multa sea notificada en tu domicilio o en el del titular del vehículo.

      Un saludo.

      Responder
  139. Natalia

    hola, resulta que hace casi un año me llego la multa y ponia que me retiraban 6 puntos. El caso es que el mes que viene hace un año y todavía no me han retirado los puntos. En un mes puedo volver hacer la recuperación de puntos, porque si me quitan los 6 me quedo a 0, crees que me dara tiempo hacer el curso sin perder el carnet?

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    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Natalia:

      Efectivamente, te recomendamos hacer el curso de recuperación de puntos en cuanto te sea posible, ya que de esta forma contarás con saldo de puntos cuando sean sustraídos los puntos pendientes. Ten en cuenta que no necesitas coordinar el tiempo de actualización de los puntos con la realización del curso.

      Un saludo.

      Responder
  140. Pablo

    Buenas, hace 8 meses cometí dos infracciones en las que me restaron 10 puntos y por tanto en teoria me retiraban el carnet. Sigo sin haber recibido ninguna notificación a casa acerca de estas multas y en la web de la DGT me sale que tengo 0 puntos. He seguido conduciendo y me han vuelto a parar en mas de una ocasión y no han encontrado ningún problema en relación a mi carnet de conducir. Que debo hacer?

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Pablo:

      Dado que conoces perfectamente tu saldo de puntos, nuestra recomendación es que te pongas en contacto con un centro en el que se imparta un curso de recuperación total de puntos para evitar que en la próxima ocasión te sancionen por conducir con el carnet sin vigencia.

      Un saludo.

      Responder
  141. OSCAR HERNANDO MORIONES

    Hola buenas,
    Me pusieron una multa de trafico por estacionar en las zonas reservadas el 25-05-2018 de 90 Euros. La pague dos días despues en la caja de banco CAIXA, con la reduccion del 50%, es decir pague 45 euros. Hoy 11-07-2018 me llego a mi docimicilio una notificacion de denuncia por infraccion de circulacion (La misma infraccion con fecha de 25 de Mayo). Si ya la pague, que debo hacer? La pago nuevamente?

    gracias.

    Responder
    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Oscar:

      Te recomendamos contactar con el organismo que emite la denuncia y comentar que ya abonaste la sanción. Entendemos que el organismo te indicará como proceder a la comprobación del pago realizado.

      Un saludo.

      Responder
  142. Ana

    Buenas, hace 3 semanas salté un semaforo en rojo, y no había agentes ni el semaforo tiene cámaras. Hay alguna posibilidad de que me multen?
    Gracias.

    Responder
  143. Mariana

    Hola. La policía local me ha parado y me ha indicado que iba conduciendo sin las luces puestas. No me han pedido documentación y no me han nada y nose si me han multado o no. Había salido del trabajo e iba informada. Pueden pararme decirme la infracción y no darme a firmar algo y luego llegarme a casa?

    Responder
  144. Dalila

    el 22 de agosto me paro un policia del ayuntamiento, y me pidio los papeles del coche me dijo que no era nada, pero me dijo que la ITV Estaba pasada de fecha pero nada de muy buen rollo no me dijo que me multaria ni me informo de nada solo que fuera a pasar la ITV, la verdad es que yo me confundi de fecha y me creia que me tocaba en diciembre.. la cosa es que ahora limpiando el coche me encontre entre los papeles que le di yo al agente, una notita amarilla donde parece que me ha multado.. y la cosa es que puso no firma.. como que no firma? si ni siquiera me aviso que me habia multado y tampoco me dejo ver esta nota ni me pido que la firmara ni nada, la metio dentro de mis papeles y si no es porque limpie la guantera no me entero… la cosa es que viendo esto y que son 200 euros.. he cogido y he intentado pagar en la dgt por internet pero no me sale ninguna multa. ya fui a la ITV y la carta no me va a llegar porque el agente apunto una direccion antigua ay dios! y yo tan tranquila pensando que todo estaba bien con la itv pasada.

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    1. MTM - Miratusmultas Autor

      Hola Dalila:

      A pesar de la confusión con la entrega de la denuncia, debes tener en cuenta que no hace falta que esté firmada por el denunciado para ser válida.

      Por otro lado, si la multa no se puede notificar en el domicilio especificado, esta se publicará en el TEU, por lo que puedes hacer una búsqueda en el TEU del BOE para ver si ya ha sido notificada allí y poder gestionarla.

      Te dejamos un artículo relacionado con tu consulta: Notificaciones de multas: ¿Dónde encontrar las que no llegan a casa?

      Un saludo.

      Responder

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